Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad de Tentudía (Monesterio). Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (03070/2021)
Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por recogida de residuos sólidos urbanos
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Mancomunidad de Tentudía

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1. Se consideran infracciones las acciones u omisiones que contravengan lo establecido en la presente
Ordenanza.
2. Las infracciones que a continuación se tipifican serán objeto de sanción que será impuesta por la
Mancomunidad de Tentudía.
3. Las infracciones se clasifican en leves, graves y muy graves, de acuerdo con lo establecido en la legislación
de residuos y en la de Régimen Local.
Art. 32 – INFRACCIONES LEVES
Se considerarán infracciones leves:

- Depositar residuos fuera del contenedor.
- Depositar residuos en bolsas mal cerradas, así como bolsas con residuos líquidos.
- Manipular contenedores o su contenido.
- Vertido de residuos a granel.
- Introducir en los contenedores destinados a la recogida selectiva residuos no indicados en los
mismos.
- Incumplir con los horarios de recogida de residuos.
- Utilizar contenedores para fines distintos a los previstos en la presente Ordenanza.

Art. 33 – INFRACCIONES GRAVES
Se considerarán infracciones graves:

- Dañar los contenedores funcional o estéticamente.
- Evacuar residuos por la red de alcantarillado.
- Impedir las inspecciones y comprobaciones necesarias.
- Mezclar residuos orgánicos con tierras y escombros.
- La extracción, rebusca o recogida de los residuos una vez puestos a disposición de los
servicios de recogida.
- Reincidencia de faltas leves.

Art. 34 – INFRACCIONES MUY GRAVES
Se considerarán infracciones muy graves:

- Depositar residuos fuera de los lugares establecidos propiciando focos de vertido
incontrolado.
- Depositar en los contenedores residuos radioactivos.
- Depositar en los contenedores los residuos excluidos de la recogida domiciliaria enunciados
en el art. 21.
- Reiteración de faltas graves.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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