Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villafranca de los Barros. Recursos Humanos (Badajoz). Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (02985/2021)
Bases de la convocatoria del concurso-oposición para la creación de una bolsa de trabajo de Letrado Asesor Jurídico para cubrir necesidades por comisión de servicio de su titular
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Ayuntamiento de Villafranca de los Barros

Anuncio 2985/2021

— En otros ámbitos: Informe de vida laboral y certificado de
empresa o fotocopia del contrato de trabajo que acredite la
categoría profesional.
Los méritos relativos al ejercicio profesional de la abogacía se acreditarán de la
siguiente forma:
— Los de colegiación como Abogado ejerciente deberán
acreditarse mediante certificado de su Colegio de Abogados.
— Los del segundo apartado (litigios) se probarán aportando
copia de las sentencias donde figure el nombre y apellidos del
aspirante como director legal, en el bien entendido de que, aun
cuando dichas resoluciones ostentan la naturaleza de públicas,
aquel podrá tachar todo lo que considere oportuno para
garantizar la confidencialidad de las partes en el proceso.

B) Cursos de formación y perfeccionamiento. Puntuación máxima a obtener: 2 puntos.
Se valorarán los cursos de formación y perfeccionamiento relacionados con el
puesto de trabajo y las materias incluidas en el temario que figura las bases,
siempre que hayan sido impartidos por entidades públicas, o por entidades
privadas cuando exista colaboración, participación o reconocimiento de una
entidad pública acreditada para el curso de que se trate. La puntuación será la
siguiente:

— De 20 a 30 horas de duración

0,05 puntos

— De 31 a 60 horas de duración

0,10 puntos

— Entre 61 y 120 horas de
duración

0,15 puntos

— Entre 121 y 250 horas de
duración

0,20 puntos

— De más de 250 horas de
duración

0,25 puntos

Para acreditar los cursos de formación se deberá aportar copia compulsada del
certificado de asistencia o diploma en el que figure: Número de horas de
duración, programa desarrollado, fecha de celebración y escudo, sello o
anagrama de la entidad pública que lo organiza o, en su caso, colabora en su
realización.
Solo se valorarán aquellos méritos que estén acreditados documentalmente,
mediante certificación expedida por el organismo o entidad en el que se
hubieran prestado servicios y en la que conste el tiempo y el tipo de servicios de
forma expresa. Se incluirán en el sector público las entidades relacionadas en el
artículo 3 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público; el
resto se considerarán empresas privadas.
C) Titulación académica de carácter oficial superior a la exigida. Puntuación máxima a obtener:
1 punto.
Se valorará el estar en posesión de una titulación de postgrado superior a la
exigida para participar en la convocatoria.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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