Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Delegación de Bienestar Social (Badajoz). (02972/2021)
Bases con convocatoria reguladoras de subvenciones a municipios y entidades locales menores, así como selección de entidades colaboradoras que participarán en la gestión del desarrollo del programa Bono de Emergencia Social y Comercio Local 2021
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Delegación de Bienestar Social
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Común de las Administraciones Públicas, las solicitudes se presentarán a través de medios electrónicos mediante la
presentación de modelos normalizados, e irán acompañadas de la documentación requerida en las presentes bases. La
presentación de solicitudes a través del registro electrónico podrá realizarse durante las veinticuatro horas de todos los días
del plazo establecido.
Las solicitudes se presentarán por vía electrónica mediante su presentación a través del registro electrónico ubicado en la
página principal de Diputación de Badajoz en las direcciones electrónicas que a continuación se describen así como a través
de cualquier otro medio electrónico habilitado: https://sede.dip-badajoz.es/index.php?id=entidades.
Las solicitudes electrónicas mencionadas en el apartado anterior deberán contener la firma electrónica requerida por la
Ordenanza reguladora del procedimiento administrativo electrónico y de registro electrónico de la Diputación de Badajoz y
sus organismos dependientes (BOP n.º 9, de 15 de enero de 2021) y todos los demás requisitos establecidos en el artículo 66
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Los interesados aportarán al expediente los documentos adicionales que sean necesarios conforme a los modelos
normalizados, que debidamente firmados por el órgano competente se digitalizarán e incorporarán junto con la solicitud
electrónica.
La Diputación Provincial de Badajoz podrá en cualquier momento requerir al interesado la exhibición del documento o de la
información original o solicitar del correspondiente archivo, el cotejo del contenido con las copias aportadas. La aportación
de las copias implica la autorización a la Administración para que acceda y trate la información personal contenida en tales
documentos.
En cualquier caso, la presentación de la solicitud para participar en la convocatoria supone la aceptación de la subvención
por parte del solicitante de la misma, así como de las obligaciones que de ella se derivan, en caso de concederse.
Se deberá presentar la siguiente documentación por parte de la entidad local:
Solicitud, mediante el anexo II firmada por el representante legal de la entidad.
Declaración responsable (según anexo III) sobre otras ayudas solicitadas y/o concedidas, así como de cumplir con los
requisitos para obtener la condición de beneficiario previstos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de
Subvenciones, de 17 de noviembre.
Una vez analizadas las solicitudes, y en los supuestos en que la solicitud o documentación presentada no reúna los
requisitos exigidos, se requerirá al interesado para que, en un plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los
documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa
resolución, según dispone el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
A la solicitud de la entidad colaboradora se adjuntará la documentación para acreditar los requisitos establecidos en la base
4:
Documento acreditativo de poder suficiente del representante legal de la entidad.
NIF de la entidad solicitante.
NIF del representante legal.
Estatutos de la entidad.
Certificación de alta en el impuesto de actividades económicas cuando la entidad colaboradora sea una empresa.
Memoria de los medios técnicos y humanos disponibles y breve descripción de los trabajos realizados en los últimos
tres años, que sirva para acreditar la experiencia en la gestión de servicios financieros de la misma naturaleza del
objeto de este programa.
Declaración responsable de cumplir con los requisitos para obtener la condición de entidad colaboradora según el
artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, de 17 de noviembre, según anexo V.
Certificados acreditativos del cumplimiento de las obligaciones de naturaleza tributaria con la Hacienda estatal,
Provincial y con la Seguridad Social, solo en el caso que el interesado deniegue expresamente su consentimiento
para que el órgano gestor recabe los mismos.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Común de las Administraciones Públicas, las solicitudes se presentarán a través de medios electrónicos mediante la
presentación de modelos normalizados, e irán acompañadas de la documentación requerida en las presentes bases. La
presentación de solicitudes a través del registro electrónico podrá realizarse durante las veinticuatro horas de todos los días
del plazo establecido.
Las solicitudes se presentarán por vía electrónica mediante su presentación a través del registro electrónico ubicado en la
página principal de Diputación de Badajoz en las direcciones electrónicas que a continuación se describen así como a través
de cualquier otro medio electrónico habilitado: https://sede.dip-badajoz.es/index.php?id=entidades.
Las solicitudes electrónicas mencionadas en el apartado anterior deberán contener la firma electrónica requerida por la
Ordenanza reguladora del procedimiento administrativo electrónico y de registro electrónico de la Diputación de Badajoz y
sus organismos dependientes (BOP n.º 9, de 15 de enero de 2021) y todos los demás requisitos establecidos en el artículo 66
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Los interesados aportarán al expediente los documentos adicionales que sean necesarios conforme a los modelos
normalizados, que debidamente firmados por el órgano competente se digitalizarán e incorporarán junto con la solicitud
electrónica.
La Diputación Provincial de Badajoz podrá en cualquier momento requerir al interesado la exhibición del documento o de la
información original o solicitar del correspondiente archivo, el cotejo del contenido con las copias aportadas. La aportación
de las copias implica la autorización a la Administración para que acceda y trate la información personal contenida en tales
documentos.
En cualquier caso, la presentación de la solicitud para participar en la convocatoria supone la aceptación de la subvención
por parte del solicitante de la misma, así como de las obligaciones que de ella se derivan, en caso de concederse.
Se deberá presentar la siguiente documentación por parte de la entidad local:
Solicitud, mediante el anexo II firmada por el representante legal de la entidad.
Declaración responsable (según anexo III) sobre otras ayudas solicitadas y/o concedidas, así como de cumplir con los
requisitos para obtener la condición de beneficiario previstos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de
Subvenciones, de 17 de noviembre.
Una vez analizadas las solicitudes, y en los supuestos en que la solicitud o documentación presentada no reúna los
requisitos exigidos, se requerirá al interesado para que, en un plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los
documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa
resolución, según dispone el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
A la solicitud de la entidad colaboradora se adjuntará la documentación para acreditar los requisitos establecidos en la base
4:
Documento acreditativo de poder suficiente del representante legal de la entidad.
NIF de la entidad solicitante.
NIF del representante legal.
Estatutos de la entidad.
Certificación de alta en el impuesto de actividades económicas cuando la entidad colaboradora sea una empresa.
Memoria de los medios técnicos y humanos disponibles y breve descripción de los trabajos realizados en los últimos
tres años, que sirva para acreditar la experiencia en la gestión de servicios financieros de la misma naturaleza del
objeto de este programa.
Declaración responsable de cumplir con los requisitos para obtener la condición de entidad colaboradora según el
artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, de 17 de noviembre, según anexo V.
Certificados acreditativos del cumplimiento de las obligaciones de naturaleza tributaria con la Hacienda estatal,
Provincial y con la Seguridad Social, solo en el caso que el interesado deniegue expresamente su consentimiento
para que el órgano gestor recabe los mismos.
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