Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villanueva de la Serena. Área de Fomento. Servicio de Planificación y Seguimiento de Proyectos (Badajoz). (02958/2021)
Aprobación definitiva de la modificación del Reglamento de régimen interno del Centro de Día de personas mayores "Victoria Martos"
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Villanueva de la Serena
Anuncio 2958/2021
d) Se servirá una merienda ligera por la tarde.
e) No está permitido sacar utensilios del comedor, tales como cubiertos, vasos, servilletas, etc.,
ni introducir en el centro alimentos que no sean propios del mismo.
f) Si fuera necesario, el personal auxiliar del centro establecerá el sitio a ocupar en el comedor y
si por cualquier causa se desease cambiar, la petición se efectuará siguiendo los cauces
establecidos.
C.3. DEPENDENCIAS COMUNES.
a) En las zonas comunes, los usuarios repartirán equitativamente el espacio con sus
compañeros, facilitándoles en todo momento la colocación de prendas y utensilios.
b) Se permite la colaboración en la limpieza en aquellas tareas para las que el usuario se
encuentre capacitado.
c) El usuario se abstendrá de utilizar aparatos eléctricos no autorizados.
d) Si el usuario o cualquier otra persona observase alguna anomalía en las instalaciones del
centro (fontanería, electricidad, etc.) deberá comunicarlo al personal responsable.
e) No se permitirá mantener relaciones sexuales en el centro.
f) No se guardarán alimentos susceptibles de descomposición, o que puedan provocar malos
olores, con el fin de evitar intoxicaciones o enfermedades. El usuario deberá utilizar las
dependencias que el centro tiene destinadas a tal fin.
g) Para evitar posibles accidentes, se pondrá especial cuidado en dejar los grifos cerrados y las
luces apagadas al salir de las estancias.
h) No se permite beber alcohol.
i) Durante las horas de descanso, deberán evitarse todas las actividades que puedan molestar
al resto de los usuarios.
j) Los usuarios serán responsables de la limpieza y cuidado de los objetos de su propiedad que
estén colocados en las zonas comunes.
k) Queda totalmente prohibido fumar.
C.4. LAVANDERÍA.
a) La ropa de los usuarios será marcada con un número antes de ingresar en el centro. El
centro no se hará responsable del extravío de las prendas que no estén marcadas.
b) No está permitido entregar para su lavado prendas estropeadas.
c) Se establece como medida higiénica el cambio diario de ropa interior.
d) Cuando el personal del centro observe mala imagen en el/la residente por estar mal vestido
o aseado, con ropa sucia o en mal estado, se le indicará para que lo corrija.
e) La ropa para lavar se depositará en las zonas previamente indicadas al efecto. Asimismo,
deberán respetar los días de entrega de ropa limpia, que serán determinados por el personal
auxiliar del centro.
C.5. SERVICIO DE SUPERVISIÓN Y PROMOCIÓN DE LA SALUD.
a) Se garantizará que todas las personas usuarias reciban supervisión sanitaria y los cuidados
que precisen, siendo dispensados por profesionales debidamente cualificados.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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d) Se servirá una merienda ligera por la tarde.
e) No está permitido sacar utensilios del comedor, tales como cubiertos, vasos, servilletas, etc.,
ni introducir en el centro alimentos que no sean propios del mismo.
f) Si fuera necesario, el personal auxiliar del centro establecerá el sitio a ocupar en el comedor y
si por cualquier causa se desease cambiar, la petición se efectuará siguiendo los cauces
establecidos.
C.3. DEPENDENCIAS COMUNES.
a) En las zonas comunes, los usuarios repartirán equitativamente el espacio con sus
compañeros, facilitándoles en todo momento la colocación de prendas y utensilios.
b) Se permite la colaboración en la limpieza en aquellas tareas para las que el usuario se
encuentre capacitado.
c) El usuario se abstendrá de utilizar aparatos eléctricos no autorizados.
d) Si el usuario o cualquier otra persona observase alguna anomalía en las instalaciones del
centro (fontanería, electricidad, etc.) deberá comunicarlo al personal responsable.
e) No se permitirá mantener relaciones sexuales en el centro.
f) No se guardarán alimentos susceptibles de descomposición, o que puedan provocar malos
olores, con el fin de evitar intoxicaciones o enfermedades. El usuario deberá utilizar las
dependencias que el centro tiene destinadas a tal fin.
g) Para evitar posibles accidentes, se pondrá especial cuidado en dejar los grifos cerrados y las
luces apagadas al salir de las estancias.
h) No se permite beber alcohol.
i) Durante las horas de descanso, deberán evitarse todas las actividades que puedan molestar
al resto de los usuarios.
j) Los usuarios serán responsables de la limpieza y cuidado de los objetos de su propiedad que
estén colocados en las zonas comunes.
k) Queda totalmente prohibido fumar.
C.4. LAVANDERÍA.
a) La ropa de los usuarios será marcada con un número antes de ingresar en el centro. El
centro no se hará responsable del extravío de las prendas que no estén marcadas.
b) No está permitido entregar para su lavado prendas estropeadas.
c) Se establece como medida higiénica el cambio diario de ropa interior.
d) Cuando el personal del centro observe mala imagen en el/la residente por estar mal vestido
o aseado, con ropa sucia o en mal estado, se le indicará para que lo corrija.
e) La ropa para lavar se depositará en las zonas previamente indicadas al efecto. Asimismo,
deberán respetar los días de entrega de ropa limpia, que serán determinados por el personal
auxiliar del centro.
C.5. SERVICIO DE SUPERVISIÓN Y PROMOCIÓN DE LA SALUD.
a) Se garantizará que todas las personas usuarias reciban supervisión sanitaria y los cuidados
que precisen, siendo dispensados por profesionales debidamente cualificados.
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