Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villanueva de la Serena. Área de Fomento. Servicio de Planificación y Seguimiento de Proyectos (Badajoz). (02958/2021)
Aprobación definitiva de la modificación del Reglamento de régimen interno del Centro de Día de personas mayores "Victoria Martos"
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Villanueva de la Serena
Anuncio 2958/2021
c) Está totalmente prohibido entregar propinas al personal del centro.
d) No pueden utilizarse los sillones de las zonas comunes para dormir, ya que se trata de una
zona de usos múltiples.
e) La corriente eléctrica del centro es de 220V, por lo el usuario deberá asegurarse, antes de
utilizar cualquier aparato eléctrico, que el voltaje es el adecuado.
f) El usuario cuidará para que en cada momento solo permanezcan encendidas aquellas luces
que sean necesarias, y colaborará apagando las demás.
g) Durante las horas de limpieza, el usuario deberá facilitar las mismas, estando prohibido
pasar a la zona objeto de dicha actividad durante las horas que dure la misma.
h) Las puertas del centro permanecerán abiertas desde las 8:00 a las 17:00 horas. Si por
cualquier causa el usuario tuviera que llegar más tarde, deberá comunicarlo al personal auxiliar
del centro.
i) Si por cualquier causa el usuario no pudiera asistir, deberá comunicarlo con un día al menos
de antelación al centro. Del mismo modo, deberá comunicar las salidas que tenga que realizar
por diferentes razones (consultas médicas, visitas a familiares, etc.).
j) Tanto el resto de los usuarios como los trabajadores del centro serán merecedores del
debido respeto y consideración, por lo que el trato cuando se dirijan a ellos se hará con
amabilidad.
k) Cuando el usuario tenga algún problema con otro usuario, visitante o trabajador del centro,
se procurará evitar cualquier tipo de enfrentamiento, poniendo dicho incidente en
conocimiento de los órganos de gestión y representación del centro.
I) Está totalmente prohibido fumar en las dependencias del centro, con el fin de evitar posibles
molestias a aquellas personas a las que pueda perjudicar o molestar el humo.
m) Todos los usuarios tendrán un período de prueba de 15 días.
C.1. HORARIO.
El horario establecido es el siguiente:
De 8:30 a 17:00 horas, de lunes a viernes, durante todo el año.
En los sábados, domingos y festivos nacionales, autonómicos o locales, el centro
permanecerá cerrado.
C.2. COMEDOR.
a) El menú es único para todos, salvo los regímenes establecidos por prescripción médica.
b) El menú se fijará semanalmente en el tablón de anuncios. Los horarios deberán cumplirse
con la mayor rigurosidad para evitar trastornos en el servicio. Si por alguna circunstancia el
usuario previese la imposibilidad de hacerlo, deberá comunicarlo con la debida antelación.
c) El horario se establecerá dentro de los siguientes márgenes:
Desayuno: 8:30 a 10:30 horas.
Comida: 13:30 a 14:30 horas.
Merienda: 16:30 horas.
Previa autorización del SEPAD, se podrá efectuar reparto por el servicio de comida a domicilio,
cuyo horario, en su caso, se comunicará al servicio.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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c) Está totalmente prohibido entregar propinas al personal del centro.
d) No pueden utilizarse los sillones de las zonas comunes para dormir, ya que se trata de una
zona de usos múltiples.
e) La corriente eléctrica del centro es de 220V, por lo el usuario deberá asegurarse, antes de
utilizar cualquier aparato eléctrico, que el voltaje es el adecuado.
f) El usuario cuidará para que en cada momento solo permanezcan encendidas aquellas luces
que sean necesarias, y colaborará apagando las demás.
g) Durante las horas de limpieza, el usuario deberá facilitar las mismas, estando prohibido
pasar a la zona objeto de dicha actividad durante las horas que dure la misma.
h) Las puertas del centro permanecerán abiertas desde las 8:00 a las 17:00 horas. Si por
cualquier causa el usuario tuviera que llegar más tarde, deberá comunicarlo al personal auxiliar
del centro.
i) Si por cualquier causa el usuario no pudiera asistir, deberá comunicarlo con un día al menos
de antelación al centro. Del mismo modo, deberá comunicar las salidas que tenga que realizar
por diferentes razones (consultas médicas, visitas a familiares, etc.).
j) Tanto el resto de los usuarios como los trabajadores del centro serán merecedores del
debido respeto y consideración, por lo que el trato cuando se dirijan a ellos se hará con
amabilidad.
k) Cuando el usuario tenga algún problema con otro usuario, visitante o trabajador del centro,
se procurará evitar cualquier tipo de enfrentamiento, poniendo dicho incidente en
conocimiento de los órganos de gestión y representación del centro.
I) Está totalmente prohibido fumar en las dependencias del centro, con el fin de evitar posibles
molestias a aquellas personas a las que pueda perjudicar o molestar el humo.
m) Todos los usuarios tendrán un período de prueba de 15 días.
C.1. HORARIO.
El horario establecido es el siguiente:
De 8:30 a 17:00 horas, de lunes a viernes, durante todo el año.
En los sábados, domingos y festivos nacionales, autonómicos o locales, el centro
permanecerá cerrado.
C.2. COMEDOR.
a) El menú es único para todos, salvo los regímenes establecidos por prescripción médica.
b) El menú se fijará semanalmente en el tablón de anuncios. Los horarios deberán cumplirse
con la mayor rigurosidad para evitar trastornos en el servicio. Si por alguna circunstancia el
usuario previese la imposibilidad de hacerlo, deberá comunicarlo con la debida antelación.
c) El horario se establecerá dentro de los siguientes márgenes:
Desayuno: 8:30 a 10:30 horas.
Comida: 13:30 a 14:30 horas.
Merienda: 16:30 horas.
Previa autorización del SEPAD, se podrá efectuar reparto por el servicio de comida a domicilio,
cuyo horario, en su caso, se comunicará al servicio.
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