Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Fomento. Servicio de Planificación y Seguimiento de Proyectos (Badajoz). (02941/2021)
Decreto y bases reguladoras de la convocatoria del Plan de infraestructuras eléctricas para la adaptación y mejora de las instalaciones eléctricas y térmicas por los municipios y las entidades locales menores de la provincia de Badajoz
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Área de Fomento

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Cuarto.- Aprobar el gasto por la cuantía total máxima que se fija en la convocatoria (2.000.000,00 euros).
Quinto.- Ordenar la publicación del extracto y el texto íntegro de la misma en el Boletín Oficial de la Provincia
y en la BDNS, para garantizar su divulgación, facilitar su conocimiento y cumplir con la normativa vigente y
aplicable al efecto.
Sexto.- Dar cuenta al Pleno de la presente resolución en la próxima sesión ordinaria que se celebre en
cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 62 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de diciembre, por el que se
aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de las Entidades Locales.
En Badajoz, a 14 de agosto de 2021.- El Secretario General, José María Cumbres Jiménez.- El Diputado delegado del Área de
Fomento (Decreto 05/07/19 – BOP 08/07/19), Francisco Farrona Navas.- La Vicepresidenta Segunda y Diputada Delegada de
Recursos Humanos y Régimen Interior (Decreto 05/07/19 – BOP 08/07/19), Virginia Borrallo Rubio.
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BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DEL PLAN DE INFRAESTRUCTURAS ELÉCTRICAS PARA LA ADAPTACIÓN Y
MEJORA DE LAS INSTALACIONES ELÉCTRICAS Y TÉRMICAS POR LOS MUNICIPIOS Y LAS ENTIDADES LOCALES MENORES DE LA
PROVINCIA DE BADAJOZ
TÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES
Base 1.- Motivación.
Sobre los municipios y entidades locales menores, como titulares de instalaciones y dependencias de uso público, recae la
responsabilidad de su explotación, mantenimiento, así como de disponer aquellos rasgos y acciones que ayuden a prevenir
y limitar los posibles riesgos, con especial inclusión de quienes ocasional o permanentemente se encuentren vinculados con
las mismas, como pueden ser las personas, la flora, la fauna, los bienes y el medio ambiente. Esta responsabilidad
comprende el uso adecuado de los procedimientos y especialmente la adecuada observación de la normativa vigente de
aplicación en cada caso.
Un gran número de las instalaciones y dependencias municipales llevan en servicio un extenso periodo de tiempo lo que
supone, entre otras cuestiones, limitaciones en la identificación y conservación de la documentación acreditativa de su
puesta en servicio y falta de adecuación a las exigencias normativas de seguridad actuales. Al mismo tiempo estas
instalaciones han sufrido modificaciones o ampliaciones que no han completado su regularización o que se han acometido
parcialmente. Estos antecedentes ponen de manifiesto dificultades técnicas en el momento de ampliar o acometer nuevas
actuaciones sobre las mismas y la exigencia de inversiones adicionales para su adecuación o regulación normativa.
Con mayor frecuencia se identifica que la adecuada regularización y actualización normativa de las instalaciones supone un
requisito indispensable para el acceso a ayudas públicas, siendo este un aspecto fundamental para el equilibrio económico
de las arcas municipales.
La Diputación provincial de Badajoz, a través del Plan SmartEnergía, actúa como beneficiario y representante de los
municipios y entidades de la provincia adscritos, en un total de 64 expedientes de solicitud dentro de la convocatoria de
ayudas a entidades locales para proyectos singulares de entidades locales que favorezcan el paso a una economía baja en
carbono en el marco del programa operativo FEDER de crecimiento sostenible 2014-2020, regulado mediante el Real
Decreto 616/2017, de 16 de junio. Así se cuenta en la actualidad con una dotación de más de 21 millones de euros en fondos
resueltos y un compromiso de ejecución de inversiones que se eleva a los 27 millones de euros, en materia de eficiencia
energética y energías renovables.
La adecuada justificación de las actuaciones comprometidas en el mencionado programa exige, según las bases de la
convocatoria y tipología de las instalaciones, los certificados y actas de ejecución necesarios diligenciados ante la Dirección
General de Industria, Energía y Minas de la Junta de Extremadura, como organismo competente de la regularización en la
Comunidad Autónoma.
Los municipios y entidades locales menores como receptores de las actuaciones incluidas en el Plan SmartEnergía, a la vista
de las exigencias del Programa y su responsabilidad como titulares de las instalaciones y dependencias municipales,
deberán disponer de la documentación acreditativa para justificar el cumplimiento de la normativa estatal y autonómica, o
en su defecto acometer las obras necesarias para obtenerla.
Dada la magnitud de las actuaciones comprometidas en términos técnicos y económicos y el beneficio en materia de ahorro
y eficiencia energética para las entidades locales, resulta necesario un compromiso de todos los agentes involucrados en
culminar con éxito la ejecución de esos expedientes de ayudas y evitar la pérdida de fondos. Se pone de manifiesto así que
las actuaciones objeto de subvención resultan completamente necesarias ya que podrían condicionar la legalización de las
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
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