Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Bodonal de la Sierra. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (02916/2021)
Bases del proceso selectivo para la provisión, mediante interinidad por vacante, de una plaza de Encargado de Obras del Ayuntamiento de Bodonal de la Sierra, por el procedimiento de concurso-oposición libre
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Ayuntamiento de Bodonal de la Sierra

Anuncio 2916/2021

pertenencia será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse esta en representación o por cuenta de
nadie. Asimismo, el Tribunal podrá disponer la incorporación al mismo de asesores especialistas que
colaborarán con aquel en el ejercicio de sus especialidades técnicas, que actuarán con voz y sin voto.
La composición concreta del Tribunal calificador, con la correspondiente designación de cada uno de sus
miembros, se publicará junto con la lista definitiva de los aspirantes admitidos.
5.2.- Constitución y actuación.
Al Tribunal le corresponde el desarrollo y calificación de las pruebas selectivas, estando vinculado en su
actuación a las presentes bases y no pudiendo aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas
un número superior de aspirantes al de plazas convocadas.
El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia, como mínimo, del Presidente o persona que le
sustituya, Secretario o persona que le sustituya y un Vocal titular o suplente. Las decisiones se adoptarán por
mayoría de los presentes resolviéndose los posibles empates con el voto de calidad del Presidente. En caso de
ausencia del Presidente titular o suplente, la presidencia delegará esta en un miembro del Tribunal.
El Tribunal actuará con plena autonomía funcional, velando por la legalidad del procedimiento y siendo
responsable de garantizar su objetividad, teniendo el deber de secreto o confidencialidad en el desarrollo de
las reuniones, así como en todos los contenidos del expediente administrativo cuya difusión pudiera implicar
menoscabo de los principios de igualdad, mérito y capacidad, pudiendo incurrir en responsabilidad
administrativa e incluso penal.
El Tribunal quedará facultado para resolver las dudas que pudieran surgir en la aplicación de las bases y para
decidir respecto a lo no contemplado en las mismas.
Todos los miembros del Tribunal tendrán voz y voto, excepto el Secretario que tendrá voz, pero no voto.
De cada sesión el Secretario extenderá un acta, donde se harán constar las baremaciones realizadas, las
incidencias producidas y las votaciones que se produzcan.
Las actuaciones del Tribunal pueden ser recurridas en alzada ante la Alcaldía, en el plazo de un mes a contar
desde que estas se hicieron públicas, de acuerdo con el artículo 121 y s.s. de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
5.3.- Abstención y recusación.
Los/as miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la autoridad convocante, y
los/as aspirantes podrán recusarlos/as cuando concurran las circunstancias previstas en los artículos 23 y 24
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público o cuando hubiesen realizado tareas
de preparación de aspirantes en los cinco años anteriores a la publicación de la convocatoria.
Base sexta.- Desarrollo del proceso selectivo. Sistema de selección.
La determinación del lugar, fecha y hora de comienzo del proceso selectivo formará parte de la resolución por la que se
apruebe la lista definitiva de admitidos y excluidos, siendo objeto de la publicidad que para la misma se prevé en las
presentes bases.
Desde la publicación de la lista definitiva de admitidos y excluidos y el inicio del proceso selectivo deberá transcurrir un
periodo mínimo de cuarenta y ocho horas.
El sistema de selección constará de dos fases:
Valoración de méritos profesionales (experiencia profesional y formación).
Prueba.
Se acude a este sistema de selección porque al tratarse de plaza por razón de la materia es más adecuado conocer y valorar
no solo los conocimientos sino también la experiencia en trabajos relacionados, al tratarse de una rama en donde son
imprescindibles los conocimientos prácticos y no solo teóricos.
Constará de dos fases:
FASE DE CONCURSO
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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