Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Don Benito. Área de Fomento. Servicio de Planificación y Seguimiento de Proyectos (Badajoz). (02783/2021)
Bases de la convocatoria para la provisión interina de puesto de Tesorería, funcionario de habilitación de carácter nacional, clase primera, subescala Intervención-Tesorería, del Ayuntamiento de Don Benito
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Ayuntamiento de Don Benito

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4.5. Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes se expondrá en el tablón de anuncios del
Ayuntamiento, así como en la página web institucional de la corporación local, la lista provisional de personas
admitidas y excluidas, otorgándose un plazo de reclamaciones de 3 días hábiles.
4.6. Una vez transcurrido el plazo de reclamaciones a la lista provisional se expondrá igualmente en el tablón
de anuncios y en la página web del Ayuntamiento, la lista definitiva de personas admitidas y excluidas, así
como la fecha, lugar y hora de celebración de las pruebas, debiendo transcurrir al menos cuarenta y ocho
horas entre dicha publicación y la celebración de las mismas.
5.ª. Procedimiento selectivo y calificación.
5.1. El procedimiento de selección constará de las siguientes fases:
▪ Concurso-oposición:
A) Oposición. Consistirá en la resolución por escrito, durante el tiempo que el Tribunal señale, de uno o más
supuestos prácticos relacionados con las materias objeto del puesto de trabajo, que será propuesto por el
Tribunal en el momento previo a la celebración del examen, conforme al temario de la subescala de
Intervención-Tesorería, categoría de entrada, aprobado por la Orden del Ministerio de Política Territorial y
Función Pública, TFP/373/2019, de 26 de marzo, por la que se convocan pruebas selectivas para el acceso libre
a la subescala de Intervención-Tesorería, categoría de entrada, de la escala de funcionarios de Administración
local con habilitación de carácter nacional (BOE número 78, de 1 de abril 2019). Concretamente, el temario
será el correspondiente a la propuesta de materias elaborada por el órgano autonómico competente en
materia de Administración Local para el acceso a la subescala de Intervención-Tesorería, que figura recogido
en el anexo II.
Se pueden utilizar los textos legales que la persona aspirante considere necesarios a excepción de aquellos
que estén comentados o contengan formularios.
Este ejercicio tendrá carácter obligatorio para quienes sean aspirantes y será calificado por el Tribunal de 0 a
10 puntos, quedando eliminados aquellos que no tengan una puntuación mínima de 5 puntos.
Tras la exposición de la lista provisional, por orden de puntuación se abrirá un plazo de 3 días hábiles para
posibles reclamaciones. Una vez resueltas, se procederá a publicar la lista definitiva de aspirantes que hayan
superado este primer ejercicio.
B) Concurso. La fase de concurso no tendrá carácter eliminatorio y tomará en cuenta la valoración de los
siguientes méritos, asignándose una puntuación máxima de 4 puntos:
B.1. Superación de ejercicios en pruebas selectivas o procesos de selección para la constitución
de relaciones de personas candidatas (máximo 2,5 puntos):
a) La superación de alguno de los ejercicios correspondientes a las pruebas
selectivas de acceso, como personal funcionario de carrera, a la subescala de
Intervención-Tesorería, categoría de entrada, de la escala de personal
funcionario de Administración local con habilitación de carácter nacional,
convocadas por el Ministerio con competencias en Administraciones Públicas o
por las comunidades autónomas. Cada ejercicio superado se valorará con 0,50
puntos por ejercicio, hasta un máximo de 1,50 puntos.
b) La superación de alguno de los ejercicios correspondientes a las pruebas
selectivas de acceso, como personal funcionario de carrera, a las subescalas de
Secretaría o de Secretaría-Intervención, de la escala de personal funcionario de
Administración local con habilitación de carácter nacional, convocadas por el
Ministerio con competencias en Administraciones Públicas o por las
comunidades autónomas. Cada ejercicio superado se valorará con 0,30 puntos
por ejercicio, hasta un máximo de 1 punto.
Los ejercicios superados en pruebas selectivas se acreditarán mediante certificación expedida
por el Tribunal de Selección correspondiente o por el órgano en cuyos archivos se custodie el
expediente administrativo del proceso selectivo de que se trate.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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