Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Don Benito. Área de Fomento. Servicio de Planificación y Seguimiento de Proyectos (Badajoz). (02783/2021)
Bases de la convocatoria para la provisión interina de puesto de Tesorería, funcionario de habilitación de carácter nacional, clase primera, subescala Intervención-Tesorería, del Ayuntamiento de Don Benito
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Ayuntamiento de Don Benito

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4.ª. Solicitudes.
4.1. Las instancias solicitando formar parte de este proceso selectivo, en la que quienes sean aspirantes
manifestarán que reúnen todas las condiciones exigidas en la base II, se dirigirán a la Alcaldía-Presidencia y se
presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Don Benito de lunes a viernes de 9:00h a 14:00 h, en
cualquiera de los registros u oficinas a que se refiere el artículo 7.1 del Decreto 257/2009, de 18 de diciembre,
por el que se implanta un sistema de Registro Único y se regulan las funciones administrativas del mismo en
el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, o por cualquiera de las formas
previstas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, según el modelo que figura en el anexo I.
Quienes no presenten directamente su solicitud en el Registro General de Entrada del Ayuntamiento de Don
Benito, y lo hagan en cualquiera de las formas y lugares indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, deberán remitir
además a la Secretaría General del Ayuntamiento de Don Benito copia de la solicitud vía fax al número
siguiente: 924 81 32 29 (fax Ayuntamiento Don Benito) o correo electrónico: secretaria@donbenito.es (correo
electrónico de la Secretaría General del Ayuntamiento de Don Benito).
4.2. El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles contados desde el día siguiente a la
publicación de las presentes bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz (BOP).
4.3. Derechos de examen.- De acuerdo a lo establecido en el artículo 6 de la Ordenanza reguladora de la tasa
por derechos de examen aprobada por este Ayuntamiento (BOP de Badajoz, de 8 de febrero de 2010), se fijan
en la cantidad de 20,00 €, cuyo importe se hará efectivo dentro del plazo de presentación de instancias,
mediante ingreso bancario en cualquiera de las siguientes cuentas: Banca Pueyo número ES84 0078 0006 36
4002000440, Caja Mar número ES44 30586703 41 2732000013, Santander número ES05 0049 2427 53
2314010288, Abanca ES22 2080 3582 81 3040016020, Banco Sabadel ES87 0081 1194 41 0001099410,
Ibercaja (Caja Badajoz) número ES62 2085 4515 73 0330017846, Liberbank (Caja Extremadura) número ES38
2048 1299 80 3400000072, Unicaja Banco (España Duero) número ES79 2103 2606 16 0030002875, Bankia
(Caja Madrid) número ES90 2038 4610 33 6000048773, Caja Rural de Extremadura número ES87 3009 0003 11
1141216125, Cajalmendralejo número ES76 3001 0018 47 1820754401.
En el documento de pago deberá figurar: "Ayuntamiento de Don Benito. Pruebas selectivas a una plaza de
Tesorero, mediante provisión interina, nombre, apellidos y DNI del aspirante."
No obstante, según el artículo 7 de la mencionada Ordenanza se establece "una reducción del 50 % de la
cuota en los siguientes casos:
Aquellos aspirantes que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
Los solicitantes que se encuentren en situación legal de desempleo (quedando excluidos de este
apartado los demandantes de mejora de empleo).
La condición de desempleado se acreditará mediante certificado emitido por el Instituto Nacional de Empleo
o, en su caso, el Servicio Regional de Empleo que corresponda, acompañando a dicho certificado el informe
actualizado de la vida laboral emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social.
Las bonificaciones citadas en los apartados anteriores no serán acumulables.
Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo
demandar su modificación dentro del plazo establecido de presentación de solicitudes, mediante escrito
motivado, transcurrido dicho plazo no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
4.4. Las instancias deberán ir acompañadas de la siguiente documentación:
a) Copia del DNI o del documento acreditativo de la identidad de la persona solicitante.
b) Justificante bancario, en su caso, de haber abonado la tasa legalmente establecida.
c) Copia u original de la titulación exigida.
d) Copias u originales de la documentación acreditativa de los méritos alegados por quienes
sean aspirantes.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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