Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Mérida. Recursos Humanos (Mérida). Servicio de Planeamiento y Gestión (Badajoz). (02769/2021)
Orden del Concejal Delegado de Recursos Humanos para la provisión de tres plazas de Agentes de la Policía Local de Mérida, dentro de la OPE 2020 en el turno de movilidad
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Recursos Humanos

Anuncio 2769/2021

Locales de Extremadura (DOE número 199, de 15 de octubre).
e. Orden de 14 de septiembre de 2004, por la que se aprueban los programas con los temas a
los que han de ajustarse las bases de las convocatorias realizadas por las entidades locales
para el ingreso, promoción, movilidad en los Cuerpos de Policía Local y Auxiliares de la Policía
Local de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE número 119, de 14 de octubre).
f. Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los
derechos digitales (BOE número 294, de 6 de diciembre).
g. Y demás normativa vigente que resulte de aplicación en el momento de la convocatoria."
1.5. El procedimiento de provisión y por lo tanto selección de las personas aspirantes será mediante
concurso.
SEGUNDA. REQUISITOS DE LAS PERSONAS ASPIRANTES:
2.1. Además de los previstos por la legislación básica para el acceso a la función pública, las personas
aspirantes deben cumplir, los siguientes requisitos:
a) Ser funcionario o funcionaria de carrera en alguno de los Cuerpos o plantillas de Policía Local
de cualquiera de los municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura con categoría de
Agente u Oficial de la Policía Local.
b) Haber permanecido como mínimo tres años en situación de servicio activo en la misma
categoría como funcionario o funcionaria de carrera en el Cuerpo o plantilla de Policía Local del
Ayuntamiento de procedencia.
c) No haber sido separado del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, en virtud
de expediente disciplinario, ni hallarse inhabilitado o inhabilitada para el ejercicio de la función
pública. De producirse la suspensión o inhabilitación con posterioridad a la resolución del
concurso de movilidad por un procedimiento iniciado con anterioridad a la fecha de la
convocatoria del concurso, se entenderán anuladas las actuaciones respecto de la persona
aspirante.
d) Que, a la persona interesada le resten como mínimo tres años para pasar a la situación de
segunda actividad por petición propia.
e) Carecer de antecedentes penales por delitos dolosos, procediendo a su acreditación
mediante certificado.
f) No hallarse en situación administrativa de suspensión de funciones.
g) Estar en posesión de los permisos de circulación A2 y B.
2.2. Todos los requisitos precedentes deberán ser reunidos por el aspirante el día en que finalice el plazo de
presentación de solicitudes para tomar parte en la convocatoria, mantenerse durante todo el proceso
selectivo, hasta el momento de la toma de posesión, y acreditarse, en caso de resultar seleccionado, del modo
indicado en las bases de la convocatoria.
TERCERA. SOLICITUDES Y FECHAS DE PRESENTACIÓN.
Para estas plazas, las solicitudes se presentarán preferentemente a través de la plataforma de ofertas
públicas de empleo del Ayuntamiento https://merida.convoca.online para lo cual, será necesario identificarse
con el correspondiente certificado electrónico, DNI electrónico, Cl@ve o Cl@ve PIN.
3.1. Además, se podrá acceder a esta plataforma de ofertas públicas de empleo del Ayuntamiento de Mérida
desde la sede electrónica y página web del Ayuntamiento:

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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