Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Don Benito. Secretaría General. Servicio de Planeamiento y Gestión (Badajoz). (02723/2021)
Bases para la provisión en propiedad de ocho plazas de Agente de la Policía Local del Ayuntamiento de Don Benito, turno libre, mediante el sistema de oposición
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Ayuntamiento de Don Benito

Anuncio 2723/2021

prácticas en Don Benito.
La fase de oposición consistirá en superar las siguientes pruebas de carácter eliminatorio, a desarrollar por el siguiente
orden:
a) Pruebas físicas: Estarán adecuadas a la capacidad necesaria para las funciones a realizar y tendentes a
comprobar, entre otros aspectos, las condiciones de equilibrio, velocidad, resistencia y coordinación, y
consistirá en la superación de la pruebas que se detallan en el anexo III. Para la realización de las pruebas
físicas, los aspirantes deberán ir provistos y entregar antes del inicio de la prueba el "certificado médico que
acredite la aptitud física, extendido en impreso oficial y firmado por un colegiado en ejercicio, en el que se
haga constar expresamente que el aspirante reúne las condiciones físicas y sanitarias necesarias y suficientes
para la realización de los ejercicios físicos que figuren especificados en la correspondiente fase de oposición"
tal y como se ha hecho constar en la Base Segunda, apartado h), relativa a los Requisitos de los aspirantes.
La no presentación de dicho certificado por el aspirante, supondrá la imposibilidad de realización de dicha
prueba, quedando desde ese momento, excluido del proceso selectivo.
Las aspirantes que no pudieran realizar la prueba o las pruebas físicas por embarazo o parto, debidamente
acreditados, realizarán todas las demás quedando condicionado su ingreso en el Cuerpo de Policía Local a la
superación de aquellas y a que, de acuerdo con su calificación global en la convocatoria, en relación con la de
los demás aspirantes, le corresponda. A tal fin, la interesada podrá realizar las indicadas pruebas físicas en el
momento que se establezca para la siguiente convocatoria. Si en esta fecha tampoco pudiera realizarlas
debido a otro embarazo o parto, debidamente acreditados, podrá presentarse en el mismo momento de una
inmediata segunda convocatoria.
b) Prueba de conocimientos: Consistirá en contestar por escrito, en un tiempo máximo de una hora, un test
de 50 preguntas con cuatro respuestas alternativas de las cuales una sola será la valida y que versará sobre el
contenido del programa incluido en el anexo IV de esta convocatoria. Se añadirán 5 preguntas de reserva, a
efectos de sustitución de las que pudieran contener errores.
c) Prueba práctica, que consistirá en la resolución, en un máximo de noventa minutos, de uno o varios
supuestos prácticos que versarán sobre materias relacionadas con el contenido del programa incluido en el
anexo IV.
d) Prueba psicotécnica dirigida a determinar la aptitud psicológica y adecuación al perfil profesional de estos
puestos de trabajo.
e) Reconocimiento médico, se realizará con sujeción a un cuadro que garantizará la idoneidad física del
opositor para la función policial a desempeñar, según el anexo II.
Para la realización de las pruebas, tanto de conocimiento como práctica de la fase de oposición, se tendrá en
cuenta el temario recogido en el programa de la convocatoria incluido en el citado anexo IV de las presentes
bases, sin perjuicio de las posibles modificaciones que se pudieran producir en mismo.
No obstante, en la totalidad del proceso selectivo, deberá exigirse por el Tribunal y el aspirante deberá
ajustarse a la normativa vigente el día de la publicación de la resolución por la que se aprueba la relación
definitiva de admitidos y excluidos, en la que se fija la fecha de celebración del primer ejercicio.
El Tribunal adoptará las medidas necesarias para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición que
sean escritos, sean corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes.
OCTAVA.- CALIFICACIÓN DE LAS PRUEBAS, RELACIÓN DE APROBADOS, Y PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS.
Calificación de las pruebas: todas las pruebas serán obligatorias para todos los aspirantes y tendrán carácter eliminatorio.
Para la realización de una prueba se precisa haber superado la anterior.
El ejercicio de la prueba de conocimiento, tipo test (b), que se valorará de 0 a 10 puntos, se calificará a razón de 0,20 puntos
por cada respuesta correcta, restándose 0,10 puntos por cada respuesta incorrecta, no puntuándose las preguntas no
contestadas. Será necesario obtener un mínimo de 5 puntos para superarla.
Para la valoración de las pruebas físicas, psicotécnicas, y médicas (a, d y e) se requerirán los servicios de personal
especializado, designados por la Alcaldía. Estas pruebas se calificarán, por el Tribunal, como apto o no apto.
La prueba práctica (c), se valorará de 0 a 10 puntos, necesitando un mínimo de 5 puntos para superarla. La determinación
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
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