Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Don Benito. Secretaría General. Servicio de Planeamiento y Gestión (Badajoz). (02723/2021)
Bases para la provisión en propiedad de ocho plazas de Agente de la Policía Local del Ayuntamiento de Don Benito, turno libre, mediante el sistema de oposición
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Ayuntamiento de Don Benito

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de la calificación se adoptará sumando las puntuaciones otorgadas por los distintos miembros del Tribunal y dividiendo el
total por el número de asistentes a aquel, siendo el cociente la calificación definitiva, eliminándose, en todo caso, las
puntuaciones máxima y mínima cuando entre estas exista una diferencia igual o superior a 2 puntos.
Las sumas de las puntuaciones alcanzadas por cada aspirante aprobado en la fase de oposición, determinarán el orden de
la clasificación definitiva.
En caso de que dos o más aspirantes, obtengan la misma puntuación final, los criterios a tener en cuenta, a efectos de
desempate y para aplicar de forma progresiva si el empate persistiese serán:
1. Mayor puntuación en la prueba de conocimiento tipo test.
2. Mayor puntuación en la prueba práctica.
3. Menor número de respuestas incorrectas en la prueba de conocimiento tipo test.
4. Menor número de respuestas no contestadas en la prueba de conocimiento tipo test.
5. Por sorteo público.
Serán seleccionados los aspirantes que hayan obtenido la mayor puntuación sin que puedan superar el número de
aprobados el de las plazas objeto de esta convocatoria.
Relación de aprobados: Terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal publicará un anuncio que contendrá los
aspirantes seleccionados, y elevará, dicha relación, al Sr. Alcalde-Presidente a los efectos de que proceda al nombramiento
como funcionarios en prácticas para que acudan a la Academia de Seguridad Pública de Extremadura para la superación del
curso selectivo.
Presentación de documentos: Los aspirantes propuestos para su nombramiento estarán obligados a presentar en la
Secretaría General del Ayuntamiento, dentro del plazo de veinte días hábiles contados a partir del siguiente al de la
publicación de la lista de aprobados, todos los documentos acreditativos de las condiciones establecidas en la base segunda
de esta convocatoria (los que no tenían obligación de presentarlos con anterioridad).
Quienes dentro del plazo indicado no presentasen la documentación, o no reunieran los requisitos exigidos, salvo causas de
fuerza mayor, no podrán ser nombrados y quedarían anuladas todas las actuaciones sin perjuicio de la responsabilidad en
que hubieren podido incurrir por falsedad en la instancia solicitando tomar parte en la convocatoria. En este supuesto, la
Alcaldía formulará nombramiento a favor del que siguiera en puntuación al propuesto, siempre que el mismo haya
superado todos los ejercicios eliminatorios.
Quienes tuvieran la condición de funcionario público estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y
requisitos ya demostrados para obtener su nombramiento, debiendo en este caso presentar certificación del Ministerio,
Corporación u organismo público de que dependan, acreditando su condición y cuantas circunstancias consten en su hoja
de servicio.
NOVENA.- CURSO SELECTIVO, NOMBRAMIENTO, Y TOMA DE POSESIÓN.
Finalizado el proceso selectivo, el aspirante seleccionado, deberán superar un curso de formación en la Academia de
Seguridad Pública de Extremadura por un periodo de cinco meses, cuatro en la academia y uno de prácticas en Don Benito.
Durante el tiempo en que el aspirante se encuentre realizando el curso de formación tendrá la consideración de Agente en
Prácticas de esta entidad local con los derechos y obligaciones inherentes a tal situación.
Para el nombramiento definitivo como funcionario de carrera será condición indispensable que los aspirantes realicen y
superen este curso, quedando anulado el nombramiento en caso contrario, en cuyo supuesto se procederá formulando
nombramiento como funcionario en prácticas a favor del que, habiendo aprobado todos los ejercicios de la oposición,
siguiera en puntuación al inicialmente propuesto. No obstante, y atendiendo a causas extraordinarias, los aspirantes
declarados no aptos, podrán participar en un curso posterior, oída la Junta de Profesores y siempre que conste el informe
favorable del Director del Centro y la autorización del Director General de Administración Local de la Junta de Extremadura.
La calificación definitiva del proceso de selección vendrá dada por la media aritmética de la suma de las calificaciones
obtenidas en la fase de oposición y en el curso selectivo en la Academia de la seguridad pública de Extremadura.
DÉCIMA.- NOMBRAMIENTO DEFINITIVO Y TOMA DE POSESIÓN.
Concluido el curso selectivo de formación y el periodo de prácticas, el señor Alcalde-Presidente, a la vista de los aspirantes
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
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