Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de La Coronada. Secretaría General. Servicio de Planeamiento y Gestión (Badajoz). (02729/2021)
Aprobación definitiva de la Ordenanza municipal reguladora del estacionamiento de vehículos para personas con discapacidad que presenten movilidad reducida
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Ayuntamiento de La Coronada

Anuncio 2729/2021

b) Que muestren en el mejor ojo una agudeza visual igual o inferior al 0,1 con corrección, o un campo visual
reducido a 10 grados o menos, dictaminada por los equipos multiprofesionales de calificación y
reconocimiento del grado de discapacidad.
2. Podrán asimismo obtener la tarjeta de estacionamiento las personas físicas o jurídicas titulares de vehículos destinados
exclusivamente al trasporte colectivo de personas con discapacidad que presenten servicios sociales de promoción de la
autonomía personal y de atención a la dependencia a que se refiere la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de promoción de la
autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia, así como los servicios sociales a los que se
refiera el Texto Refundido de la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social,
aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre.
3. Además de los supuestos previstos en los apartados anteriores, podrán obtener la tarjeta de estacionamiento las
personas físicas o jurídicas que así lo tengan expresamente reconocido en la normativa autonómica o local.
Artículo 4.- Requisitos para la obtención de tarjeta de aparcamiento.
Para la obtención de la tarjeta se presentará solicitud ante el Registro General del Ayuntamiento, o por cualquiera de los
medios previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas , y a la que se debe acompañar la siguiente documentación:
- Fotocopia del DNI, o en caso de ser menor de edad y no disponer de DNI, fotocopia del libro de familia o
autorización a sus efectos.
- Certificado de empadronamiento en el municipio de La Coronada.
- Fotocopia del permiso de conducir donde habrá de constar que el titular presenta minusvalía que afecta a
sus actividades como conductor, para los casos de renovación, si procede.
- Fotocopia del permiso de industria del vehículo donde conste que el mismo está adaptada para su
utilización para una persona minusválida, en caso de que el conductor sea el propio minusválido, si procede.
- Fotocopia del permiso de circulación el vehículo al que se adscribirá la tarjeta, siendo necesario sea
propiedad del solicitante o de pariente en primer grado del mismo, si procede.
- Recibo pago impuesto de vehículo de tracción mecánica del Excmo. Ayuntamiento de La Coronada.
- Documento acreditativo del grado de discapacidad.
- Dos fotografías a color de tamaño carné, originales y actuales.
- Certificado emitido por el equipo de valoración del Centro de Atención a la Discapacidad de Extremadura
(CADEX) de la Consejería con competencias en materia de accesibilidad de la Junta de Extremadura, en el cual
se recoja:
1.º.- Que presenta movilidad reducida, conforme al anexo II del Real Decreto 1971/1999 o que
muestre en el mejor ojo una agudeza visual igual o inferior a 0,1 con corrección, o un campo
visual reducido a 10 grados o menos.
2.º.- Que no se encuentre, por razones de salud u otras causas, imposibilitado para efectuar
desplazamientos fuera del hogar, donde se acredite que la minusvalía que presente el
solicitante afecta gravemente a su aparato locomotor, expedida por cualquier Administración
competente en materia sanitaria, (no se admitirán certificados médicos).

Artículo 5.- Derechos de los titulares y limitaciones de uso.
1. Los titulares de la tarjeta de estacionamiento tendrán los siguientes derechos en todo el territorio nacional siempre y
cuando exhiban de forma visible la tarjeta en el interior del vehículo:
a) Reserva de plaza de aparcamiento, previa la oportuna solicitud a la administración correspondiente y
justificación de la necesidad de acuerdo con las condiciones que establezcan las administraciones
autonómicas o local, en lugar próximo al domicilio o puesto de trabajo. La plaza deberá señalizarse con el
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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