Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Montijo. Recursos Humanos (Mérida). Servicio de Planeamiento y Gestión (Badajoz). (02730/2021)
Aprobación de la convocatoria y bases para la provisión de una plaza de Oficial de la Policía Local, por promoción interna
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Ayuntamiento de Montijo

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2.º.- La designación de los miembros del Tribunal incluirá la de los respectivos suplentes y se hará pública en
el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz.
SEXTA.- ACTUACIÓN DE LOS ASPIRANTES.
La actuación de los aspirantes, en aquellos ejercicios que no puedan realizarse de forma conjunta, se iniciará por orden
alfabético. El Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios escritos sean corregidos y
valorados sin que se conozca la identidad de los aspirantes.
Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, debiendo acudir provistos del Documento
Nacional de Identidad, pudiendo el Tribunal requerirles en cualquier momento para que acrediten su identidad.
La no presentación de un aspirante a cualquiera de los ejercicios en el momento de ser llamado determinará
automáticamente el decaimiento de su derecho a participar en el mismo y en los sucesivos, quedando excluido, en
consecuencia, del procedimiento selectivo.
No obstante, en lo supuesto de caso fortuito o fuerza mayor que hayan impedido la presentación de los aspirantes en el
momento previsto, cuando esté debidamente justificado y así lo aprecie el Tribunal, se podrá examinar a las personas
afectadas por estas circunstancias, siempre que no haya finalizado la prueba correspondiente o, de haber finalizado, que no
se entorpezca el desarrollo de la convocatoria o se cause perjuicio para el interés general o de terceros.
Una vez comenzado el procedimiento de selección, no será obligatoria la publicación de los sucesivos anuncios de
celebración de las restantes pruebas en los Boletines Oficiales. En dicho supuesto, estos anuncios se harán públicos por el
órgano de selección únicamente en los locales donde se hayan celebrado las pruebas anteriores y, en todo caso en el tablón
de anuncios de la Corporación, con veinticuatro horas al menos, de antelación al comienzo de las mismas, si se trata del
mismo ejercicio, o de cuarenta y ocho si se trata de uno nuevo.
La duración del proceso de celebración de las pruebas selectivas no será superior a doce meses. Desde la terminación de
una prueba hasta el comienzo de la siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de 48 horas y un máximo de 15 días.
SÉPTIMA.- PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN.
El procedimiento de selección se realizará mediante el sistema de concurso-oposición, por el turno de promoción interna,
con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que a continuación se especifican, constando de las siguientes fases:
CONCURSO-OPOSICIÓN.
- Curso selectivo a superar en la Academia de Seguridad Pública de Extremadura.
7.1.- Primera fase: Concurso-oposición.
7.1.1.- Fase de concurso:
La fase de concurso, no tendrá carácter eliminatorio, ni podrá tenerse en cuenta
para superar la fase de oposición que precederá siempre al concurso.
Consiste en la comprobación y aplicación de un baremo para calificar los méritos
alegados y debidamente acreditados por el aspirante, en los términos que a
continuación se relacionan y, en ningún caso, la valoración de los méritos podrá
ser superior al 35% de la puntuación total prevista en la fase del concursooposición (artículo 57.2 de las Normas-Marco).
A estos efectos, los aspirantes deberán relacionar en su solicitud los méritos que,
de conformidad con las bases, puedan ser baremados, así como aportar anexa a
la misma, tal y como se indica en la base 3.ª, cuantos documentos consideren
necesarios para acreditar los méritos que invoquen, que deberán ser
certificaciones oficiales o fotocopias de documentos oficiales debidamente
compulsadas. El Tribunal podrá, si lo considera necesario, requerir en cualquier
momento la documentación complementaria que considere necesaria para
comprobar la veracidad del contenido de los méritos alegados.
El Tribunal otorgará la puntuación conforme al siguiente baremo:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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