Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villanueva de la Serena. Fundación Villanueva XXI (Villanueva de la Serena). (02720/2021)
Bases reguladoras de concesión de ayudas destinadas a paliar el impacto de los daños provocados como consecuencia de la crisis producida por la COVID-19 en actividades comerciales minoristas realizadas en mercados al aire libre
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Fundación Villanueva XXI

Anuncio 2720/2021

La ayuda consistirá en un importe fijo, a fondo perdido, de trescientos (300,00) euros.
Séptima. SOLICITUDES.
7.1. Solicitudes.
Se presentará una única solicitud de ayuda por beneficiario.
Dicha solicitud se formalizará en el modelo habilitado al efecto, que estará disponible en la Oficina de
Atención Ciudadana del Ayuntamiento de Villanueva de la Serena, en la página web municipal
www.villanuevadelaserena.es y en la web www.fundacionvillanueva.es.
7.2. Plazo y lugar de presentación.
La solicitud, debidamente cumplimentada, se podrá presentar en los diez (10) días hábiles siguientes a la
publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.
La solicitud, dirigida a la Fundación Villanueva XXI, podrá ser presentada de forma electrónica, conforme al
artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Villanueva de la Serena, así
como por cualquiera de los medios enumerados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, antes mencionada.
La solicitud podrá ser también presentada de forma presencial, junto a la documentación correspondiente, en
el Palacio Consistorial "La Jabonera", sito en avenida Hernán Cortés, n.º 2, de Villanueva de la Serena.
7.3. Documentación.
La solicitud deberá estar firmada por el interesado o su representante legal y deberá acompañarse obligatoriamente
de:

1. En el caso de personas físicas, DNI o NIE.
2. En el caso de personas jurídicas, CIF de la empresa y escritura de constitución, así como DNI
o NIE del representante legal de la misma.
3. Justificante de estar dado de alta en el Régimen de la Seguridad Social o la Mutua profesional
correspondiente.
4. Declaración responsable, que contendrá el pronunciamiento expreso sobre las siguientes
cuestiones:
- Que el solicitante no está incurso en las prohibiciones para ser beneficiario de
subvenciones establecidas en el apartado 2 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de
17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Que el solicitante se compromete al cumplimiento de las obligaciones
establecidas en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones.
- Que el solicitante se compromete a comunicar las subvenciones recibidas con
anterioridad a la presentación de la solicitud de las presentes ayudas con la
misma finalidad, así como las ayudas obtenidas con posterioridad.
5. Autorización expresa del solicitante a la Fundación Villalnueva XXI para poder solicitar de la
Agencia Estatal de Administración Tributaria, la Administración Tributaria autonómica y el
Organismo Autónomo Provincial de Recaudación, así como de la Tesorería General de la
Seguridad Social, los datos relativos al cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la
Seguridad Social del solicitante.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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