Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Badajoz. Recursos Humanos (Badajoz). Servicio de Planificación y Seguimiento de Proyectos (Badajoz). (02696/2021)
Bases para la provisión, como personal funcionario de carrera, de cinco plazas de Agente de la Policía Local del Ayuntamiento de Badajoz
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Recursos Humanos

Anuncio 2696/2021

Por parte del Tribunal se podrá determinar la lectura del ejercicio por el aspirante.
El Tribunal Calificador establecerá los criterios objetivos de valoración de cada uno de los
supuestos prácticos.
4. Prueba psicotécnica: Consistirá en la evaluación de la capacidad de los aspirantes para
adecuarse a las exigencias derivadas tanto del período académico como alumno en un centro
de formación, como a su futura adaptación al desempeño profesional. Constará de dos
apartados:
4.1. Aptitudes intelectuales: Se evaluarán mediante la aplicación de test objetivos por escrito
donde quede constancia del resultado sobre inteligencia general y/o escalas específicas que
evalúen la capacidad de aprendizaje, análisis, razonamiento y potencial cognitivo.
La calificación de este apartado será apto o no apto, suponiendo en este segundo supuesto (no
apto) la exclusión del opositor.
4.2. Perfil de personalidad: Se evaluarán mediante test objetivos por escrito, donde quede
constancia del resultado de explorar las características de personalidad, aptitudinales y
motivacionales.
La calificación de este apartado será apto o no apto, suponiendo en este segundo supuesto (no
apto) la exclusión del opositor.
Estas pruebas serán realizadas por un Gabinete Psicológico externo que tendrá que acreditar
documentalmente que no tiene relación profesional o docente con cualquier aspirante o
Academia de Formación.
5. Prueba médica: El reconocimiento médico será calificado como "apto" o "no apto", con
sujeción al cuadro de exclusiones médicas que aparecen recogidas en el Anexo III. Los
aspirantes que no logren la calificación de "apto" quedarán eliminados.
La prueba de reconocimiento médico solo será realizada por los aspirantes que hayan de ser
propuestos para su nombramiento como Agente en prácticas y por los aspirantes
seleccionados del turno de movilidad, al haber superado el resto de las pruebas del proceso
selectivo.
Las pruebas médicas serán realizadas por los Servicios Médicos del Ayuntamiento de Badajoz.
7.2.3. Curso selectivo: Curso selectivo a superar en la Academia de Seguridad Pública de Extremadura, que
incluirá un periodo de prácticas en el Cuerpo de la Policía Local de Badajoz.
Octava. - Calificación de las pruebas.
8.1.- Calificación de la oposición libre y normas para resolver los empates:
Todas las pruebas serán obligatorias y tendrán carácter eliminatorio, siendo necesario para realizar una
prueba haber superado la anterior.
a) Las pruebas físicas serán calificadas por el Tribunal como apto o no apto.
b) La prueba teórica de conocimiento, tipo test de respuestas múltiples, se calificará de
conformidad con la fórmula de aciertos – (errores/3), siendo necesario obtener, como mínimo,
una puntuación directa equivalente al 50% de las preguntas válidas del examen, una vez
aplicada la fórmula, para considerar superada la prueba. Las preguntas no contestadas no
tendrán valoración alguna. La puntuación será expresada con dos decimales.
c) La prueba práctica, compuesta por uno o varios supuestos, será calificada con una
puntuación de 0 a 10 puntos, siendo preciso obtener una puntuación mínima de 5 puntos para
pasar a la siguiente.
Cada supuesto, en caso de existir varios, será calificado de cero a diez puntos por cada
miembro del Tribunal con derecho a voto, obteniéndose la valoración de cada supuesto por la
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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