Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almendralejo. Área de Presidencia y Relaciones Institucionales (Badajoz). (02650/2021)
Bases de la convocatoria para la concesión de becas escolares en régimen de concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Almendralejo para el curso académico 2021-2022
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Ayuntamiento de Almendralejo

Anuncio 2650/2021

- Certificado de empadronamiento.
- Tarjeta de demanda de empleo de aquellos miembros de la unidad de convivencia que se encuentren
desempleados.
- Certificado del SEPE de aquellos miembros de la unidad de convivencia mayores de 16 años que se
encuentren desempleados.
- Certificado de prestaciones de la Seguridad Social de los miembros de la unidad de convivencia mayores de
18 años.
- Documentos acreditativos de los ingresos obtenidos por todos los miembros de la unidad de convivencia
relativos a los tres meses anteriores a la presentación de la solicitud.
- Informe de vida laboral de los miembros mayores de 16 años de la unidad de convivencia.
- Sentencia de divorcio y convenio regulador, en aquellos casos que los progenitores estén divorciados.
- Recibo del pago de la hipoteca y en caso de vivienda de alquiler se debe aportar contrato y recibo del pago
de la misma.
- Cualquier documento que justifique circunstancia especial de carácter social que alegue el solicitante.
Artículo noveno: Presentación de solicitudes, plazo y subsanación.
Las solicitudes de ayuda se dirigirán a la Alcaldía-Presidencia del Excmo. Ayuntamiento de Almendralejo, en la
Oficina de Atención Ciudadana (calle Mérida, 11) de este Excmo. Ayuntamiento, mediante la sede electrónica
disponible en la página web del Ayuntamiento de Almendralejo, por correo postal certificado, o conforme a lo
dispuesto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas. En este último caso los interesados deberán adelantar, dentro del plazo de
presentación de solicitudes, un fax con la copia de la solicitud que se presente a través de estos medios.
El plazo de presentación de solicitudes será de 30 días naturales a contar a partir del día siguiente a la
publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz.
Si la solicitud y/o la documentación presentada no reúne los requisitos que se señalan en la presente
convocatoria, o en su caso, por la legislación específica aplicable, la comisión de valoración requerirá a la
persona interesada para que, en un plazo de diez días contados a partir del día siguiente a aquél en que tenga
lugar la notificación, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no
lo hiciera, se le tendrá por desistida de su petición. La documentación requerida podrá presentarse conforme
a lo dispuesto en el párrafo primero del presente artículo.
Artículo décimo: Ordenación, instrucción y valoración de solicitudes.
La ordenación, instrucción y valoración de las solicitudes corresponde a la Concejalía de Bienestar Social del
Excmo. Ayuntamiento de Almendralejo.
A efectos de la valoración de la solicitudes, el Excmo. Ayuntamiento de Almendralejo constituirá una Comisión
de Valoración que estará integrada por:
Presidente: Concejal de Bienestar Social o persona en la que delegue.
Dos vocales: Dos técnicos adjuntos a la Concejalía de Bienestar Social.
Secretario: Jefa de Servicio del Servicio de Atención Social y Participación Ciudadana.
Dicha Comisión se regirá, en cuanto a su constitución y funcionamiento, por lo dispuesto en la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico de Sector Público y tendrá las siguientes atribuciones:
a) Petición de informes que se estimen necesarios para un mejor conocimiento y valoración de
las solicitudes, dentro de los límites establecidos en el artículo 13 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común.
b) Evaluación de las solicitudes conforme a los criterios establecidos para cada ayuda.
c) El seguimiento de las becas concedidas, comprobando que han sido destinadas a las
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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