Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almendralejo. Área de Presidencia y Relaciones Institucionales (Badajoz). (02650/2021)
Bases de la convocatoria para la concesión de becas escolares en régimen de concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Almendralejo para el curso académico 2021-2022
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Ayuntamiento de Almendralejo

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b) Para alumnos de educación primaria y secundaria: 50,00 €.

Artículo cuarto: Requisitos generales de los beneficiarios.
Podrán obtener beca aquellos solicitantes que reúnan los siguientes requisitos:
- Estar empadronado en el municipio de Almendralejo con fecha anterior al 1 de julio de 2020.
- Cursar estudios en el curso académico 2021-2022.

Artículo quinto: Requisitos económicos de los beneficiarios.
A) Podrán optar a esta ayuda todas aquellas personas que durante el curso académico 2021-2022 se
encuentren cursando educación infantil, educación primaria o educación secundaria.
B) Se podrán proponer como beneficiarios de estas ayudas al alumnado con una renta familiar mensual
disponible menor o igual a:
Familias de hasta 2 miembros hasta 677,88 €.
Familias de hasta 3 miembros hasta 745,67 €.
Familias de hasta 4 miembros hasta 820,24 €.
Familias de hasta 5 miembros hasta 902,26 €.
Familias de hasta 6 miembros hasta 994,49 €.
Familias de hasta 7 o más miembros hasta 1.093,94 €.
(Cuantía IPREM 2021 incrementado en un 20% para hasta 2 miembros y un 10% por cada miembro que se
incremente)
2.- La renta familiar disponible se obtendrá por suma de rentas mensuales disponibles de cada uno de los
miembros computables de la familia que obtengan ingresos de cualquier naturaleza.
3.- Se consideran miembros computables todas aquellas personas que se encuentren empadronadas en el
domicilio del alumno, independientemente de la relación de parentesco que exista.
4.- Aquellas unidades de convivencia que deban hacer un esfuerzo de vivienda (pago de hipoteca o alquiler) se
les descontará un 25% de los ingresos mensuales.
C) Existiendo crédito presupuestario suficiente, se concederán ayudas a aquellas familias que no excedan en
más de 100,00 euros la renta familiar mensual correspondiente.
Artículo sexto: Gastos subvencionados.
Los gastos subvencionados con la presente convocatoria serán gastos relacionados con material escolar.
Artículo séptimo: Régimen de incompatibilidades.
Las becas son compatibles entre sí e incompatibles con las concedidas por cualquier otra entidad pública o
privada si esta ha superado la cantidad de 650,00 €.
Artículo octavo: Documentación.
- Modelo de solicitud según anexo I de la presente convocatoria.
- DNI de los miembros de la unidad de convivencia.
- Libro de familia.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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