Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almendralejo. Área de Presidencia y Relaciones Institucionales (Badajoz). (02650/2021)
Bases de la convocatoria para la concesión de becas escolares en régimen de concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Almendralejo para el curso académico 2021-2022
9 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Almendralejo
Anuncio 2650/2021
finalidades para las que se otorgaron.
Artículo undécimo: Criterio de selección.
1.- Dentro de los límites presupuestarios de la convocatoria, la ordenación de las solicitudes y propuesta de
concesión se realizará priorizando las solicitudes ordenadas de menor a mayor renta per cápita.
2.- En caso de empate en la renta per cápita, se dará prioridad a las personas solicitantes con mayor número
de hijos en edad escolar, las unidades familiares monoparentales y aquellas que tengan un miembro con
discapacidad y/o en situación de dependencia.
Artículo decimosegundo: Resolución del procedimiento.
Será competente para la resolución de las presentes bases la Junta de Gobierno Local del Excmo.
Ayuntamiento de Almendralejo de acuerdo con el artículo 17 de la Ordenanza reguladora de las bases
generales para concesión de subvenciones. A estos efectos, el informe de la Comisión de Valoración será
vinculante.
La resolución se motivará con fundamento en haberse observado lo dispuesto en las presentes bases
reguladoras.
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento será de tres meses desde la
publicación de las bases. Transcurrido el plazo máximo sin haberse comunicado la resolución de concesión,
se podrá entender desestimada la solicitud.
Artículo decimotercero: Publicación de la adjudicación.
La adjudicación de las becas se hará pública en la página web del Excmo. Ayuntamiento de Almendralejo,
pudiendo presentar reclamaciones los interesados durante el plazo de 10 días a contar desde la publicación
de las adjudicaciones.
Artículo decimocuarto: Abono y justificación de las becas.
Las familias beneficiadas en alguna de las categorías existentes en estas bases recibirán un documento
acreditativo de concesión de la beca que deberán entregar en una de las librerías de la localidad. Dicho
documento será presentado en cualquiera de las librerías locales (anexo II listado de librerías), para poder ser
canjeado por material educativo según la modalidad de beca.
El documento acreditativo de concesión de la beca generará a la librería la cesión del derecho de cobro por
parte de la familia para poder abonarse la beca, es decir, que la librería presentará una vez terminado el plazo
de compra de material el 15 de octubre de 2021, las facturas a nombre de los beneficiarios de las ayudas con
los vales adjuntos al Ayuntamiento, antes del 15 de noviembre de 2021, para que las librería puedan ejercer
su derecho de cobro con respecto a las cantidades presentadas en dicha documentación (factura y vale deben
coincidir en cuantía económica).
Artículo decimoquinto: Recursos.
Contra la presente convocatoria, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponer las personas
interesadas recurso potestativo de reposición ante la Alcaldía-Presidencia del Excmo. Ayuntamiento de
Almendralejo, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín
Oficial de la Provincia. Podrá también interponerse directamente recurso contencioso-administrativo en el
plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
Todo ello, sin perjuicio de que la persona interesada pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime
procedente.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 5 de 9
Anuncio 2650/2021
finalidades para las que se otorgaron.
Artículo undécimo: Criterio de selección.
1.- Dentro de los límites presupuestarios de la convocatoria, la ordenación de las solicitudes y propuesta de
concesión se realizará priorizando las solicitudes ordenadas de menor a mayor renta per cápita.
2.- En caso de empate en la renta per cápita, se dará prioridad a las personas solicitantes con mayor número
de hijos en edad escolar, las unidades familiares monoparentales y aquellas que tengan un miembro con
discapacidad y/o en situación de dependencia.
Artículo decimosegundo: Resolución del procedimiento.
Será competente para la resolución de las presentes bases la Junta de Gobierno Local del Excmo.
Ayuntamiento de Almendralejo de acuerdo con el artículo 17 de la Ordenanza reguladora de las bases
generales para concesión de subvenciones. A estos efectos, el informe de la Comisión de Valoración será
vinculante.
La resolución se motivará con fundamento en haberse observado lo dispuesto en las presentes bases
reguladoras.
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento será de tres meses desde la
publicación de las bases. Transcurrido el plazo máximo sin haberse comunicado la resolución de concesión,
se podrá entender desestimada la solicitud.
Artículo decimotercero: Publicación de la adjudicación.
La adjudicación de las becas se hará pública en la página web del Excmo. Ayuntamiento de Almendralejo,
pudiendo presentar reclamaciones los interesados durante el plazo de 10 días a contar desde la publicación
de las adjudicaciones.
Artículo decimocuarto: Abono y justificación de las becas.
Las familias beneficiadas en alguna de las categorías existentes en estas bases recibirán un documento
acreditativo de concesión de la beca que deberán entregar en una de las librerías de la localidad. Dicho
documento será presentado en cualquiera de las librerías locales (anexo II listado de librerías), para poder ser
canjeado por material educativo según la modalidad de beca.
El documento acreditativo de concesión de la beca generará a la librería la cesión del derecho de cobro por
parte de la familia para poder abonarse la beca, es decir, que la librería presentará una vez terminado el plazo
de compra de material el 15 de octubre de 2021, las facturas a nombre de los beneficiarios de las ayudas con
los vales adjuntos al Ayuntamiento, antes del 15 de noviembre de 2021, para que las librería puedan ejercer
su derecho de cobro con respecto a las cantidades presentadas en dicha documentación (factura y vale deben
coincidir en cuantía económica).
Artículo decimoquinto: Recursos.
Contra la presente convocatoria, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponer las personas
interesadas recurso potestativo de reposición ante la Alcaldía-Presidencia del Excmo. Ayuntamiento de
Almendralejo, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín
Oficial de la Provincia. Podrá también interponerse directamente recurso contencioso-administrativo en el
plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
Todo ello, sin perjuicio de que la persona interesada pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime
procedente.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 5 de 9