Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de La Nava de Santiago. (02582/2021)
Convocatoria para la constitución de bolsa de trabajo para la provisión mediante nombramiento interino, de puestos de Agente de la Policía Local en La Nava de Santiago
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Ayuntamiento de La Nava de Santiago

Anuncio 2582/2021

- Copia de la cartilla de la Seguridad Social o tarjeta sanitaria.
- Datos bancarios.
- Certificado médico oficial que acredite la capacidad funcional para el puesto de trabajo convocado.
- Declaración de no haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio a cualquier
Administración Pública, así como no estar inhabilitado penalmente para el ejercicio de las funciones públicas.
- Declaración de no venir desempeñando ningún puesto o actividad en el sector público delimitado por el
articulo primero de la Ley 53/1984, indicando asimismo que no realiza actividad privada incompatible o sujeta
a reconocimiento de compatibilidad.
III. Comunicación de las ofertas.
La comunicación de las ofertas de trabajo se realizará por cualquier medio que pueda dejar constancia del intento realizado,
y en su caso, del establecimiento efectivo de la comunicación.
Esta se realizará inicialmente en vía telefónica, realizándose tres intentos a lo largo del mismo día. Si no hubiese sido posible
establecer comunicación con la persona seleccionada se remitirá correo electrónico con acuse de recibo y lectura. Todas las
personas integrantes de la bolsa deben comunicar a recursos humanos del Ayuntamiento de La Nava de Santiago uno o
varios números de teléfono y una dirección de e-mail.
Cuando la oferta de empleo se haya realizado vía e-mail, por no haberse conseguido la comunicación verbal vía telefónica, la
persona receptora del email deberá ponerse en contacto con Recursos Humanos en el plazo de 24 horas que se computara
desde el momento en que se envió la comunicación de la oferta. Transcurrido dicho plazo, sin que las personas
seleccionadas se pongan en contacto con el mencionado órgano, se dará paso al siguiente candidato de la lista.
Desde el momento en que la persona seleccionada conozca de manera efectiva la oferta de empleo concreto que se le
realiza, tendrá de plazo hasta las 12:00 horas del día. siguiente para que comunique la aceptación o no de la misma. En el
caso que no se realizase comunicación alguna o se rechazase la oferta, se le excluirá de la bolsa si no concurre ninguna de
las causas fijadas para pasar a situación de baja temporal. En el supuesto de que habiendo solicitado de forma voluntaria el
pase a "situación disponible", rechace un nuevo contrato por la misma causa que originó la situación de "baja temporal"
será excluido de la bolsa.
Aquellas personas integrantes de la bolsa de trabajo con quienes no se hubiera podido establecer contacto en la forma
prevista en el primer párrafo de este punto, se les remitirá una comunicación postal certificada con acuse de recibo,
indicándoles que su situación es el de ilocalizable. Si en el plazo de 10 días naturales desde la comunicación, la persona no
manifestara por escrito dirigido a recursos humanos, su voluntad de subsanar dicha situación, se les excluirá de la bolsa de
trabajo.
IV. Duración del nombramiento.
El nombramiento se realizará atendiendo al orden que los integrantes de la bolsa ocupen en la misma. Se seguirá el
siguiente régimen:
a) Todos aquellos integrantes de la lista que fueren nombrados por su condición de tal, y el nombramiento no
excediere de seis meses, volverán a ser integrados en la lista respetando el orden de prelación que tuvieran
en la misma.
b) En el caso de que el nombramiento tuviera una duración superior a seis meses, producido el cese pasarán
a ocupar el último puesto de la lista de espera.
V. Exclusión de la bolsa del candidato:
Son causas de exclusión:
a) La renuncia voluntaria del candidato al nombramiento como funcionario interino.
b) No prestar en el plazo indicado, 3 días naturales, la documentación acreditativa de la causa que motiva el
pase a la situación de baja temporal.
c) Haber sido condenado por delito doloso, o estar separado mediante expediente disciplinario del servicio de
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