Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Arroyo de San Serván. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Secretaría General (Badajoz). (02537/2021)
Bases para la provisión, como personal funcionario de carrera, de una plaza de Agente de la Policía Local, vacante en la plantilla de personal funcionario del Ayuntamiento de Arroyo de San Serván
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Ayuntamiento de Arroyo de San Serván

Anuncio 2537/2021

Arroyo de San Serván e igualmente estarán a disposición de los interesados en el tablón
electrónico
de
la
sede
electrónica
del
Ayuntamiento
https://arroyodesanservan.sedelectronica.es/, los aspirantes deberán manifestar en la solicitud
que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos, en los términos que se recogen en la
base segunda, y que se comprometen a prestar juramento o promesa de cumplir fielmente las
obligaciones del cargo con lealtad al Rey, y guardar y hacer guardar la Constitución como
norma fundamental del Estado.
Asimismo, la instancia incluye la declaración del aspirante en la que, de conformidad con lo
establecido por el artículo 69 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en los términos y con los efectos
jurídicos de dicho precepto, manifiesta bajo su responsabilidad, que cumple con los requisitos
establecidos en las bases de la convocatoria , y se compromete a poner a disposición de la
Administración Municipal dicha documentación cuando será requerido al efecto.
b) Copia auténtica del DNI.
c) Copia de permiso de conducir de la clase A2 y B.
d) Justificante de pago de haber abonado en la cuenta que se indica el importe de los derechos
de examen.
Derechos de examen.- De acuerdo a lo establecido en el artículo 5 de la Ordenanza reguladora
de la tasa por derechos de examen aprobada por este Ayuntamiento (BOP número 58, anuncio
1295/2021, de 29 de marzo de 2021), se fijan en la cantidad de 25.00 euros, cuyo importe se
hará efectivo dentro del plazo de presentación de instancias, mediante ingreso bancario en
cualquiera de la siguiente cuenta bancaria: BBVA número ES48 0182 6031 6102 00060114.
En el documento de pago deberá figurar: "Pruebas selectivas Agente de Policía Local, nombre,
apellidos y DNI del aspirante."
Procederá, previa solicitud de la persona interesada, a la devolución de la tasa que se hubiese
satisfecho cuando no se realice su hecho imponible (presentación de la solicitud) o se constate
abono de mayor cuantía a la exigida en las bases específicas. La exclusión definitiva del proceso
selectivo de cualquier aspirante o la no presentación a la realización de alguno de los ejercicios
en que consiste la oposición, no dará lugar a la devolución de los derechos de examen.
3.2. Lugar de presentación de solicitudes: Las instancias, debidamente cumplimentadas y acompañadas de la
documentación relacionada en el apartado anterior, se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente (Ayuntamiento de
Arroyo de San Serván, Avda. Extremadura, 26. 06850-Arroyo de San Serván), y se presentarán en el Registro
Electrónico General de este Ayuntamiento, en horas de oficina, o conforme a lo dispuesto por el artículo 16.4
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
Las instancias presentadas a través de las Oficinas de Correos, de acuerdo con lo previsto en el citado artículo
16.4, deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el funcionario de Correos antes de ser
certificadas, dentro del plazo de presentación de instancias. Solo en este caso se entenderá que las instancias
han tenido entrada en el Registro General de este Ayuntamiento en la fecha en que fueron entregadas en la
mencionada oficina.
3.3. El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles contados a partir del siguiente al de la
publicación del anuncio de la convocatoria en el BOE.
3.4. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán ser subsanados en cualquier momento, de oficio o
a petición de la persona interesada.
3.5. Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo
demandar su modificación mediante escrito motivado dentro del plazo establecido en el apartado 3.3 de la
presente base para la presentación de solicitudes, transcurrido el cual no se admitirá ninguna petición de esta
naturaleza.
Cuarta. Admisión de aspirantes.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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