Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villanueva de la Serena. Recursos Humanos (Badajoz). Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (02528/2021)
Bases reguladoras de las ayudas destinadas a mujeres víctimas de violencia de género, personas objeto de desahucio de su vivienda habitual, personas sin hogar y otras especialmente vulnerables durante el año 2021
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Villanueva de la Serena
Anuncio 2528/2021
d) Las ayudas individualizadas de transporte y/o comedor escolar en la Comunidad Autónoma
de Extremadura.
2. Las ayudas sólo podrán concederse a uno de los miembros de la unidad de convivencia dentro de cada año
natural.
En caso de fallecimiento o incapacitación del solicitante, con carácter previo a la resolución de la ayuda, o en
caso de fallecimiento o incapacitación de un beneficiario, la ayuda podrá ser solicitada por otro miembro de la
unidad de convivencia.
3. Los requisitos exigidos para obtener la solución habitacional deberán concurrir a la fecha de presentación
de la solicitud y deberán mantenerse durante todo el procedimiento seguido para ser considerada persona
destinataria de la solución habitacional y durante todo el plazo de percepción de la misma.
4. La concesión de estas ayudas será compatible con la percepción de otras prestaciones, subvenciones o
ayudas públicas o privadas que tengan la misma finalidad, siempre que el importe total abonado,
individualmente o en concurrencia con las otras prestaciones, subvenciones o ayudas, no supere el gasto
subvencionable.
Cuarta. Plazo de presentación de las solicitudes.
1. El plazo para la presentación de solicitudes permanecerá abierto desde el día siguiente al de la publicación
del extracto de estas bases en el Boletín Oficial de la Provincia y finalizará el día 1 de diciembre 2021; sin
perjuicio de que dicho plazo pueda ser ampliado por resolución de la Concejalía delegada de Política Social.
2. Todas las solicitudes de ayudas que reúnan los requisitos establecidos en las presentes bases serán
resueltas favorablemente hasta el agotamiento de los fondos destinados a este fin.
Si se agotaran dichos fondos, las solicitudes se denegarán por no existir crédito presupuestario disponible y
suficiente.
Quinta. Documentación a presentar con la solicitud.
1. Junto con la solicitud de ayuda, los interesados deberán presentar el documento de alta de terceros y el
documento de endoso a favor del titular y propietario de la vivienda, alojamiento o dotación residencial,
además de copia de los contratos de arrendamiento.
2. Los interesados deberán aportar, además, copia de los siguientes documentos solo en caso de oponerse
expresamente a que puedan ser consultados o recabados por el Ayuntamiento de Villanueva de la Serena:
a) DNI en vigor, en el caso de ciudadanos españoles mayores de 14 años.
b) Documento de identidad o pasaporte en vigor de su Estado, acompañado del certificado de
inscripción en el Registro de Ciudadanos de la Unión, en el caso de ciudadanos de otro Estado
de la Unión Europea.
c) Tarjeta de residencia en vigor, en el caso de ciudadanos de Estados que no formen parte de
la Unión Europea.
d) Informe de vida laboral actualizado de los miembros de la unidad de convivencia mayores de
16 años.
e) Certificado de empadronamiento colectivo histórico o con fechas.
f) Certificado de pensiones, positivo o negativo, emitido por el INSS o, en el caso de ser
beneficiario de pensión no contributiva o del Régimen de Clases Pasivas, certificado de la
pensión emitido por la Administración correspondiente de los miembros de la unidad de
convivencia mayores de 16 años.
g) En el caso de ser o haber sido perceptor de alguna prestación pública en los tres meses
inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud (maternidad, paternidad, incapacidad
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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d) Las ayudas individualizadas de transporte y/o comedor escolar en la Comunidad Autónoma
de Extremadura.
2. Las ayudas sólo podrán concederse a uno de los miembros de la unidad de convivencia dentro de cada año
natural.
En caso de fallecimiento o incapacitación del solicitante, con carácter previo a la resolución de la ayuda, o en
caso de fallecimiento o incapacitación de un beneficiario, la ayuda podrá ser solicitada por otro miembro de la
unidad de convivencia.
3. Los requisitos exigidos para obtener la solución habitacional deberán concurrir a la fecha de presentación
de la solicitud y deberán mantenerse durante todo el procedimiento seguido para ser considerada persona
destinataria de la solución habitacional y durante todo el plazo de percepción de la misma.
4. La concesión de estas ayudas será compatible con la percepción de otras prestaciones, subvenciones o
ayudas públicas o privadas que tengan la misma finalidad, siempre que el importe total abonado,
individualmente o en concurrencia con las otras prestaciones, subvenciones o ayudas, no supere el gasto
subvencionable.
Cuarta. Plazo de presentación de las solicitudes.
1. El plazo para la presentación de solicitudes permanecerá abierto desde el día siguiente al de la publicación
del extracto de estas bases en el Boletín Oficial de la Provincia y finalizará el día 1 de diciembre 2021; sin
perjuicio de que dicho plazo pueda ser ampliado por resolución de la Concejalía delegada de Política Social.
2. Todas las solicitudes de ayudas que reúnan los requisitos establecidos en las presentes bases serán
resueltas favorablemente hasta el agotamiento de los fondos destinados a este fin.
Si se agotaran dichos fondos, las solicitudes se denegarán por no existir crédito presupuestario disponible y
suficiente.
Quinta. Documentación a presentar con la solicitud.
1. Junto con la solicitud de ayuda, los interesados deberán presentar el documento de alta de terceros y el
documento de endoso a favor del titular y propietario de la vivienda, alojamiento o dotación residencial,
además de copia de los contratos de arrendamiento.
2. Los interesados deberán aportar, además, copia de los siguientes documentos solo en caso de oponerse
expresamente a que puedan ser consultados o recabados por el Ayuntamiento de Villanueva de la Serena:
a) DNI en vigor, en el caso de ciudadanos españoles mayores de 14 años.
b) Documento de identidad o pasaporte en vigor de su Estado, acompañado del certificado de
inscripción en el Registro de Ciudadanos de la Unión, en el caso de ciudadanos de otro Estado
de la Unión Europea.
c) Tarjeta de residencia en vigor, en el caso de ciudadanos de Estados que no formen parte de
la Unión Europea.
d) Informe de vida laboral actualizado de los miembros de la unidad de convivencia mayores de
16 años.
e) Certificado de empadronamiento colectivo histórico o con fechas.
f) Certificado de pensiones, positivo o negativo, emitido por el INSS o, en el caso de ser
beneficiario de pensión no contributiva o del Régimen de Clases Pasivas, certificado de la
pensión emitido por la Administración correspondiente de los miembros de la unidad de
convivencia mayores de 16 años.
g) En el caso de ser o haber sido perceptor de alguna prestación pública en los tres meses
inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud (maternidad, paternidad, incapacidad
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