Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Esparragosa de Lares. Área de Presidencia y Relaciones Institucionales (Badajoz). (02442/2021)
Bases para la provisión interina del puesto de Secretaría-Intervención
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Ayuntamiento de Esparragosa de Lares

Anuncio 2442/2021

alcancen en el ejercicio la puntuación mínima que se establece en el apartado 5.1.3.
En las pruebas deberá garantizarse, siempre que sea posible, el anonimato de los aspirantes.
Los aspirantes serán convocados para la realización de la prueba selectiva en llamamiento
único, siendo excluidos del proceso selectivo quienes no comparezcan.
5.1.3. Consistirá en la resolución por escrito durante el tiempo que el Tribunal señale (al menos
90 minutos) de uno o más supuestos prácticos, que será propuesto por el Tribunal en el
momento previo a la celebración del examen, relacionados con las materias objeto del puesto
de trabajo y conforme al temario completo que figura en las presentes bases.
Se pueden utilizar los textos legales que el aspirante considere necesario a excepción de
aquellos que estén comentados o contengan formularios.
En la calificación de este ejercicio el Tribunal valorará la capacidad y formación general, la
claridad de ideas, la precisión y rigor en la exposición y la calidad de la expresión escrita y será
calificado por el tribunal de 0 a 10 puntos, quedando eliminados aquellos aspirantes que no
hayan obtenido una puntuación mínima de 5 puntos.
5.1.4. El orden de calificación definitiva de la fase de oposición estará determinado por la
puntuación de los aspirantes en el conjunto de los ejercicios aprobados.
5.2 Fase de concurso.
5.2.1. La fase de concurso no tendrá carácter eliminatorio. El Tribunal valorará los méritos de
los aspirantes que hayan superado la fase oposición, dando publicidad del resultado en la sede
electrónica y tablón de anuncios de la corporación y/o lugar de celebración del ejercicio.
La fecha de referencia para la valoración de los méritos será el de finalización del plazo de
presentación de instancias.
5.2.2. El Tribunal examinará los méritos presentados por los aspirantes y los calificará con
arreglo al siguiente baremo.

Baremo:
1. Por cada mes de servicios prestados por el aspirante con nombramiento interino en
puestos reservados en entidades locales, hasta un máximo de 1 punto.
- Si se trata de puestos reservados a la subescala de Secretaría-Intervención. 0,04 puntos
por mes de servicio.
- Si se trata de puestos reservados a la subescala de Secretaría o de Intervención. 0,02
puntos por mes de servicio.
2. Por haber aprobado alguno de los ejercicios correspondientes a las pruebas selectivas
convocadas por el Ministerio con competencias en Administraciones Públicas o por la
Comunidad Autónoma para el acceso a la subescala de Secretaría-Intervención. 0,5
puntos por ejercicio con un máximo de 1,50 puntos.
3. Por haber aprobado alguna de las pruebas selectivas correspondientes para la
formación de lista de espera para la provisión de puestos de trabajo reservados a
funcionarios con habilitación de carácter nacional, subescala de Secretaría-Intervención,
convocadas por las comunidades autónomas. 0,25 puntos por prueba hasta un máximo
de 0,50 puntos.
(*No serán puntuables los mismos ejercicios aprobados en convocatorias diferentes).
4. Por cada curso, jornadas o seminarios impartidos por centros oficiales o en
colaboración con los mismos, realizados sobre materias directamente relacionadas con el
puesto a cubrir, según la siguiente tabla, hasta un máximo de 1 punto.
- De 20 a 40 horas. 0,10 puntos cada uno.
- De 41 a 100 horas. 0,20 puntos.
- De 101 horas en adelante. 0,30 puntos.
Los que tengan una duración inferior a 20 horas no se valorarán.
5.2.3. Justificación de méritos.
Los méritos que hayan de valorarse en la fase de concurso se acreditarán de la siguiente forma:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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