Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almendralejo. Área de Presidencia y Relaciones Institucionales (Badajoz). (02445/2021)
Aprobación inicial del Reglamento de creación, organización y funcionamiento del Consejo de Bienestar Social del Ayuntamiento de Almendralejo
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Ayuntamiento de Almendralejo

Anuncio 2445/2021

• Un técnico del Área de Bienestar Social que asistirá con voz pero sin voto.
• Un representante del Colegio Oficial de Trabajadores Sociales de Badajoz.
• Un representante del Colegio Profesional de Educadoras y Educadores Sociales de Extremadura.
• Hasta tres miembros elegidos por el Consejo a propuesta del Presidente, entre personas o entidades que,
por sus conocimientos, prestigio y relevancia, puedan contribuir a la consecución de los objetivos del Consejo
Sectorial de Bienestar Social de Almendralejo.
El Presidente como los vocales tendrán voz y voto manteniendo el primero el voto de calidad en caso de empate en las
votaciones. La Secretaría del Consejo tendrá voz pero sin voto.
La duración de los cargos de los miembros componentes del Pleno será de cuatro años. En caso de cambio de miembros
electos en la Corporación municipal, y que afecte al Presidente por perdida de delegación, se producirá el cese en su cargo al
Presidente y será nombrado el nuevo Concejal/a Delegado/a como Presidente del Pleno, sin modificar el resto de
componentes.
Conforme a lo establecido en el Reglamento de Participación Ciudadana de Almendralejo, los Vocales, una vez designados,
serán nombrados en sesión de Pleno de la Corporación municipal.
El órgano colegiado podrá delegar en comisiones de trabajo específicas a cualquiera de sus miembros.
Cada entidad o institución nombrará como representantes en el consejo a un titular y un suplente.
Una vez constituido el Consejo, la aceptación de nuevos miembros en representación de las organizaciones vinculadas al
ámbito del consejo que no se hubieran incluido inicialmente se realizará previa solicitud a la Presidencia del Consejo,
debiendo aceptarse la propuesta por el Pleno de la Corporación.
Los miembros del Consejo Sectorial de Bienestar Social de Almendralejo cesarán por las siguientes causas:
• Renuncia expresa.
• Cuando cese la corporación por expiración del mandato.
• Por cese acordado a propuesta de las entidades y organizaciones en cuya representación actúen y en su día
los propusieron.
• A propuesta del Consejo Sectorial de Bienestar Social, respecto a un miembro que no haya asistido a cuatro
reuniones seguidas sin que hubiese causa justificada, debiéndose en tal caso, designar al sustituto
correspondiente.
• Aquellos miembros que lo sean en representación de cargo público al ser cesado en el mismo.
• Las vacantes se proveerán en la misma forma establecida para su respectiva designación.
El órgano colegiado podrá delegar en comisiones de trabajo específicas a cualquiera de sus miembros.
Artículo 9. Funciones del Pleno.
El Pleno del Consejo Sectorial de Bienestar Social es el órgano superior de informe, propuesta y participación ciudadana en
materia social en el municipio de Almendralejo.
Son funciones del Pleno:
• Informar y proponer acerca de las líneas generales de actuación del Consejo y, en su caso, sobre las
propuestas que emanen de la Concejalía Delegada.
• Estudiar y emitir informes sobre temas que considere de interés y cuando afecten al Bienestar Social de la
localidad.
• Observar y analizar aquellas situaciones que afecten al Bienestar Social en la localidad, así como conocer
cuantas propuestas ciudadanas en materia social sean formuladas y canalizadas como resultado de un
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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