Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almendralejo. Área de Presidencia y Relaciones Institucionales (Badajoz). (02445/2021)
Aprobación inicial del Reglamento de creación, organización y funcionamiento del Consejo de Bienestar Social del Ayuntamiento de Almendralejo
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Ayuntamiento de Almendralejo

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Artículo 1. Creación y adscripción del Consejo.
Se crea el Consejo Sectorial de Bienestar Social de Almendralejo, adscrito al Servicio de Atención Social y Participación
Ciudadana perteneciente a la Concejalía de Bienestar Social y mayores, órgano competente en materia de Bienestar Social.
Artículo 2. Objeto.
El presente Reglamento tiene como objeto la creación y regulación del Consejo Sectorial de Bienestar Social como órgano de
participación ciudadana de carácter consultivo, que promoverá el intercambio, puesta en común y adopción de soluciones
necesarias ante las nuevas necesidades que se plantean en relación a materias de Bienestar Social.
Carecerá de personalidad jurídica propia, así como de la capacidad de obrar necesaria para llevar a cabo cualquier tipo de
negocio jurídico, limitándose su actividad al asesoramiento y, en su caso, a la elevación de propuestas a los órganos de
gobierno municipales respecto al objeto de su materia.
Artículo 3. Naturaleza, fines y régimen jurídico.
El Consejo Sectorial de Bienes Social de Almendralejo es un órgano de asesoramiento y participación cuya finalidad es
contribuir a suscitar la participación de la población y asociaciones legalmente constituidas en los asuntos municipales
relacionados con actividades sociales y en la promoción de las mismas, estableciendo vías de debate entre los implicados,
elevando propuestas a los órganos locales competentes a través de las entidades representativas existentes en el municipio
y canalizando de esta manera la participación de los ciudadanos y sus asociaciones en los asuntos municipales referentes al
ámbito social. El Consejo Sectorial de Bienestar Social tiene, por tanto, naturaleza de órgano colegiado de Participación
Ciudadana del Ayuntamiento de Almendralejo.
Su finalidad es canalizar la participación de los/as ciudadanos/as, a través de las asociaciones sociales del municipio de
Almendralejo. Dicha participación se concreta en la representación del colectivo de entidades sociales, el asesoramiento y
consulta al Servicio de Atención Social y Participación Ciudadana, competente en materia social, y otros órganos
municipales, en su caso, en toda materia relacionada con la promoción del ámbito social.
El Consejo Sectorial de Bienestar Social se regulará por el presente Reglamento y, en lo no previsto, con carácter supletorio
por lo dispuesto en el vigente Reglamento de Participación Ciudadana, o el Reglamento de participación ciudadana que se
encuentre vigente en cada momento.
En cuanto a los órganos colegiados, en lo no estipulado, se aplicará con carácter supletorio lo establecido para otros
órganos colegiados del consistorio de Almendralejo. En última instancia y con carácter supletorio será de aplicación lo
establecido en los artículos 15 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Artículo 4. Funciones del Consejo.
El Consejo Sectorial de Bienestar Social tendrá las funciones que se especifican en el presente Reglamento, así como
cualquier otra que le pudiera atribuir Reglamento de Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Almendralejo.
En concreto, serán funciones del Consejo Sectorial las siguientes:
• Recabar información, previa petición razonada, de los temas de interés para el Consejo.
• Conocer la gestión municipal en materia de política social.
• Asesorar y consultar a los diferentes órganos del Ayuntamiento de Almendralejo en los asuntos de su
competencia.
• Conocer y participar en la elaboración del Plan de Actuación en materia Social del Ayuntamiento de
Almendralejo, mediante la elaboración de propuestas, propias de su ámbito de actuación, que puedan
posteriormente someterse a la decisión del Servicio de Atención Social y Participación Ciudadana competente
en materia social.
• Promocionar la participación de la ciudadanía en la vida social del municipio de Almendralejo, fomentando
el asociacionismo, el voluntariado y la cooperación social.
• Potenciar la coordinación entre las diferentes instituciones o entidades públicas o privadas que actúan en el
ámbito objeto del Consejo.
• Fomentar la aplicación de políticas integrales en caminadas al reconocimiento y la defensa de derechos
subjetivos en materia social.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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