Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Vivares. Recursos Humanos (Badajoz). Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (02404/2021)
Bases generales para la selección de personal laboral de duración determinada de Auxiliar Administrativo, por concurso-oposición y constitución de bolsa de trabajo del Ayuntamiento de Vivares
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Ayuntamiento de Vivares

Anuncio 2404/2021

b) Cursos de capacitación profesional relacionados con la plaza a cubrir de informática,
impartidos por centros legalmente autorizados y reconocidos, de acuerdo con el siguiente
baremo:
• Cursos o masters de una duración igual o superior a 100 horas: 1 punto por
curso.
• Cursos o jornadas de una duración igual o superior a 50 horas: 0.50 puntos por
curso.

Los cursos deberán de haber sido organizados por universidades, institutos o escuelas oficiales de formación
de funcionarios u otras entidades homologadas.
La puntuación máxima a obtener en este apartado B será de 5 puntos.
La calificación final será la suma de los puntos obtenidos en la fase de oposición y la obtenida en la fase de
concurso.
PRUEBAS SUPERADAS.
Por haber superado pruebas selectivas convocadas por la Administración Pública, relativas a procedimientos
selectivos para el nombramiento con carácter permanente en plazas de Auxiliar Administrativo o superior, a
razón de 2 puntos por prueba superada dentro de un proceso selectivo, y hasta un máximo de 5 puntos. Solo
se tendrán en cuenta las pruebas superadas que estén acreditadasm mediante certificado administrativo y
siempre que el documento sea original o esté debidamente compulsado.
7.- RELACIÓN DE APROBADOS, PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.
Una vez terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal hará pública la relación de aprobados por orden de
puntuación en el tablón de edictos y en la sede electrónica http://vivares.sedelectronica.esprecisándose que el número de
aprobados no podrá rebasar el número de plazas vacantes convocadas. Dicha relación se elevará al Presidente de la
Corporación para que proceda a la formalización del correspondiente contrato.
Los aspirantes propuestos aportarán ante la Administración, dentro del plazo de cinco días hábiles desde que se publica en
el tablón de edictos del Ayuntamiento, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos
en la convocatoria.
Quienes, dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o de la misma se
dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser contratados, quedando anuladas todas las
actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de
participación.
8.- FUNCIONAMIENTO DE LA BOLSA DE TRABAJO.
Todas las personas que superen el proceso de selección y no resulten contratadas, serán incluidas en una bolsa de trabajo,
con una vigencia máxima de dos años, para las futuras contrataciones que resulten necesarias a fin de cubrir vacantes, bajas
por enfermedad, maternidad, excedencias, etc., ordenadas según la puntuación obtenida.
El integrante de la bolsa que obtenga un contrato de trabajo causará baja en la bolsa, y una vez que finalice su contrato de
trabajo con el Ayuntamiento volverá a causar alta en la bolsa de empleo en el puesto de la misma que le corresponda en
relación con los puntos obtenidos.
La renuncia a un puesto de trabajo ofertado supondrá el pase del aspirante al último lugar de la bolsa de empleo, salvo que
concurra una de las siguientes circunstancias:
— Parto, baja por maternidad o situaciones asimiladas.
— Enfermedad grave que impida la asistencia al trabajo, siempre que se acredite debidamente.
— Ejercicio de cargo público representativo que imposibilite la asistencia al trabajo.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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