Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Vivares. Recursos Humanos (Badajoz). Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (02404/2021)
Bases generales para la selección de personal laboral de duración determinada de Auxiliar Administrativo, por concurso-oposición y constitución de bolsa de trabajo del Ayuntamiento de Vivares
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Ayuntamiento de Vivares

Anuncio 2404/2021

9.- PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES.
Por el solo hecho de su participación en el presente proceso selectivo, los aspirantes prestan su consentimiento para que los
datos de carácter personal facilitados por ellos sean incorporados en los ficheros automatizados de Secretaría General y
Gestión de Recursos Humanos y Nóminas, cuya finalidad es la de ser utilizados para la gestión del personal en todos sus
aspectos: formación, selección y promoción interna, retribuciones, estadísticas relativas al mismo, prevención de riesgos
laborales, incompatibilidades y otros extremos, pudiendo ser utilizados asimismo dichos datos para gestionar las listas de
espera que genera la convocatoria (dichas listas de espera se harán públicas), salvo que los aspirantes indiquen
expresamente no querer que dicha información se utilice a tales efectos. El Ayuntamiento de Vivares, como responsable del
fichero mencionado, garantiza el pleno cumplimiento de la normativa de protección de datos de carácter personal, y así, de
acuerdo con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, el aspirante en el presente procedimiento de selección queda
informado y presta su consentimiento para el tratamiento de los datos de carácter personal facilitados.
10.- INCIDENCIAS.
El Tribunal queda autorizado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden
del proceso selectivo en todo lo no previsto en las presentes bases.
Las presentes bases y convocatoria podrán ser impugnadas de conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Asimismo, la Jurisdicción competente para resolver las controversias en relación con los efectos y resolución del contrato
laboral será la Jurisdicción Social.
Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por los interesados recurso de
reposición en el plazo de un mes ante la Alcaldía, previo al contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el
Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, a partir del día siguiente al de publicación de su anuncio en la sede electrónica del
Ayuntamiento http://vivares.sedelectronica.es(artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa).
En lo no previsto en las bases, se regirá por la Ley 13/2015, de 6 de mayo, de Función Pública de Extremadura, el Real
Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del
personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional
de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado; el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se
establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los
funcionarios de Administración Local; el Real Decreto Legislativo 781/1986, de18 de abril, por el que se aprueba el Texto
Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local; la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las
Bases del Régimen Local y el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto
Legislativo 2/2015, de 23 de octubre.
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ANEXO II
Programa:
Tema 1. El programa informático Sicalwin. Operaciones de gastos. Registros de pagos. Propuestas sin contraído previo.
Gastos financiados con fondos finalistas: Sistemática Contable. Desviaciones de financiación. Incorporación de remanentes.
Tema 2. El programa informático Sicalwin. Operaciones de ingresos. Devoluciones de ingresos indebidos.
Tema3. El programa informático de Sicalwin. Operaciones extrapresupuestarias. Movimientos internos de tesorería.
Contabilización del IVA.
Tema 4. El programa informático Sicalwin. Operaciones de cerrados. Rectificación de saldos. Pagos pendientes de aplicación.
Pagos e ingresos de cerrados.
Tema 5. Contabilización de las modificaciones presupuestarias.
Tema 6. Operaciones de cierre del ejercicio: listados de la liquidación y traspaso de saldos.
Tema 7. Operaciones de apertura del ejercicio: asiento de apertura. Borrador del presupuesto para el ejercicio siguiente.
Tema 8. La nueva estructura presupuestaria. Régimen aplicable a presupuestos cerrados y presupuesto prorrogado.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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