Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Higuera de la Serena. Recursos Humanos (Badajoz). Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (02416/2021)
Aprobación definitiva del Reglamento del control interno en su modalidad de fiscalización e intervención previa limitada para municipios con modelo simplificado de contabilidad
21 páginas totales
Página
Ayuntamiento de Higuera de la Serena

Anuncio 2416/2021

puedan dar lugar a la extinción del derecho.
- Que los ingresos se han realizado en las cajas o cuentas corrientes de las entidades de
depósito debidamente autorizadas, dentro de los plazos legalmente establecidos y por la
cuantía debida.
- Que el pagador es el correcto, examinando, en su caso, los supuestos de derivación de
responsabilidad.
- Que todos los derechos y/o operaciones susceptibles de ser contabilizadas lo estén en el
concepto adecuado y por el importe correcto.
Además de los extremos detallados en el párrafo anterior, para los siguientes casos deberá
verificarse igualmente:
Reintegro de pagos indebidos:
- Que los motivos y su procedencia son correctos, detallando operación, motivo, importe e
unidad o área gestora.
Tasas o precios públicos por prestación de servicios o realización de una actividad:
- Que la prestación del servicio o realización de actividad está efectivamente autorizada por el
órgano competente.
- Que las liquidaciones y/o autoliquidaciones se corresponden con los sujetos pasivos que han
realizado de forma efectiva el hecho imponible.
Tasas por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público:
- Que la utilización u aprovechamiento están efectivamente autorizadas por el órgano
competente.
- Que las liquidaciones y/o autoliquidaciones se corresponden con los sujetos pasivos que han
realizado de forma efectiva el hecho imponible.
Fianzas:
- Que se distingan en los diferentes conceptos de fianzas, tanto el tercero como el importe
entregado por los mismos como garantía.
- Que las que se constituyen como garantías definitivas se depositen con anterioridad a la firma
del contrato y que las garantías provisionales se devuelvan simultánea o posteriormente al
depósito de las definitivas o se devuelven en caso de no adjudicación.

2. Dicha verificación se realizará sobre una muestra representativa de los actos, documentos o expedientes de contenido
económico, origen del reconocimiento o liquidación de derechos.
Como norma general, se determinarán los expedientes que se han de examinar mediante la aplicación de los
procedimientos de muestreo o métodos de selección de muestras que se establecen a continuación, de acuerdo con Norma
Internacional de Auditoria 530, Muestreo de Auditoria, NIA-ES 530 (adaptada para su aplicación en España mediante
resolución del Instituto de Contabilidad y Auditoria de Cuentas, de 15 de octubre de 2013).
3. De las comprobaciones efectuadas con posterioridad el órgano interventor deberá emitir informe escrito en el que hará
constar cuantas observaciones y conclusiones se deduzcan de las mismas.
2.3. Sin perjuicio de lo establecido en los apartados anteriores, la sustitución de la fiscalización previa de los derechos e
ingresos de la Tesorería por el control inherente a la toma de razón en contabilidad y el control posterior no alcanzará a la
fiscalización de:
Los actos de ordenación y pago material derivados de devoluciones de ingresos indebidos.
- Consecuentemente, en estos supuestos, la función interventora en materia de devolución de ingresos
indebidos solo alcanza a la fase de pago de dicho procedimiento, la ordenación del pago y pago material, que
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 8 de 21