Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valdelacalzada. Recursos Humanos (Badajoz). (02274/2021)
Bases y convocatoria para la selección en régimen de interinidad por concurso-oposición de un Auxiliar Administrativo
9 páginas totales
Página
Ayuntamiento de Valdelacalzada

Anuncio 2274/2021

En ningún caso pueden formar parte de los órganos de selección el personal de elección o de designación política, personal
funcionario interino o laboral temporal, el personal eventual, ni las personas que en los cinco años anteriores a la
publicación de la convocatoria hubieran realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas o hubieran
colaborado durante ese período con centros de preparación de opositores.
Los tribunales calificadores estarán constituidos por:
— Presidente.
— Secretario.
— Vocales que determine la convocatoria.
El Tribunal estará integrado además por los suplentes respectivos.
El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores si para la prueba se demanda oír la opinión de
técnicos especialistas, que tendrán voz, pero no voto, así como de colaboradores en tareas de vigilancia y control de
desarrollo del ejercicio.
La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse esta en representación o
por cuenta de nadie.
La abstención y recusación de los miembros del Tribunal será de conformidad con los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de
1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Sexta. Sistemas de selección y desarrollo de los procesos.
El procedimiento de selección de los aspirantes se realizará mediante concurso-oposición.
FASE DE OPOSICIÓN:
La fase de oposición será previa a la del concurso.
Consistirá en la realización de pruebas de aptitud eliminatorias y obligatorias para los aspirantes.
Los aspirantes serán convocados en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo
causa de fuerza mayor debidamente acreditada y libremente apreciada por el Tribunal.
En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los opositores para que acrediten su personalidad.
Los candidatos deberán acudir provistos de NIF o, en su defecto, pasaporte o carné de conducir.
Los ejercicios de la oposición constarán de dos ejercicios, cada uno de ellos de carácter obligatorio:
Primer ejercicio: Obligatorio y eliminatorio. Puntuación máxima 10 puntos.
Prueba tipo test que consistirá en responder un cuestionario de 50 preguntas, en la que cada pregunta tendrá cuatro
respuestas alternativas, siendo una sola la correcta, y que versarán sobre los contenidos del programa que se recoge en el
anexo II "temario" de la convocatoria.
Se añadirán 5 preguntas de reserva, a efectos de sustitución de las que pudieran contener errores.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de 60 minutos.
La puntuación máxima de esta prueba se establece en 10 puntos, quedando eliminados aquellos aspirantes que no
obtengan una puntuación mínima de 5 puntos.
Se calificará a razón de 0,20 puntos por cada respuesta correcta, las erróneas se penalizarán con 0,15 y no se puntuarán las
preguntas no contestadas.
El Tribunal, salvo razones que justifiquen lo contrario, adoptará las medidas oportunas para que los ejercicios sean
corregidos sin conocer la identidad del aspirante.
Solo podrán superar la primera prueba las 20 mejores notas obtenidas en el test, salvo en caso de empate, en el que podrán
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 4 de 9