Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valdelacalzada. Recursos Humanos (Badajoz). (02274/2021)
Bases y convocatoria para la selección en régimen de interinidad por concurso-oposición de un Auxiliar Administrativo
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Ayuntamiento de Valdelacalzada

Anuncio 2274/2021

este Ayuntamiento, se presentarán en el registro electrónico de este Ayuntamiento, en el registro general sito en plaza de
España, n.º 14 de Valdelacalzada o en alguno de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de 10 días hábiles contados a partir
del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.
En cualquier caso, si se remite por cualquier medio distinto al registro general del Ayuntamiento (ya sea físico o electrónico),
el mismo día de remisión deberá remitirse obligatoriamente un correo electrónico a la siguiente dirección:
info@valdelacalzada.es.
Las bases íntegras se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia, y en la sede electrónica de este Ayuntamiento
http://valdelacalzada.sedelectronica.es.
En todo caso, se requerirá su presentación, en tiempo y forma, y deberá ir acompañada de fotocopia de los documentos
acreditativos de reunir los requisitos previstos en la base segunda de la convocatoria.
La solicitud deberá ir en todo caso acompañada por:
— Fotocopia del NIF o, en su caso, pasaporte.
— Documentación acreditativa de la titulación exigida para acceder a la plaza.
— Documentación acreditativa de los méritos que se aleguen, a valorar en la fase de concurso.
En cualquier caso, el aspirante presentará la documentación original antes del nombramiento.
Cuantos actos se deriven del desarrollo de la convocatoria serán objeto de publicación en la sede electrónica
http://valdelacalzada.sedelectronica.es. A efectos de cómputo de plazos, regirá la fecha de publicación del correspondiente
anuncio en la sede electrónica (salvo los anuncios que deban ser publicados en diarios oficiales).
Cuarta. Admisión de aspirantes.
Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la Alcaldía dictará resolución en el plazo máximo de diez días hábiles,
declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. Dicha resolución se publicará en el Boletín Oficial de la
Provincia y en la sede electrónica del Ayuntamiento http://valdelacalzada.sedelectronica.es, junto con la relación de
aspirantes admitidos y excluidos y causas que motivan la exclusión, señalando un plazo de tres días hábiles para
subsanación de defectos y reclamaciones.
Los aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen el defecto que motivó la exclusión o no presenten reclamación
justificando su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos del proceso selectivo.
Asimismo, aquellos aspirantes que hayan detectado errores en la consignación de sus datos deberán manifestarlo en el
mismo plazo.
En todo caso, a fin de evitar errores y, en el supuesto de producirse, posibilitar su subsanación en tiempo y forma, los
aspirantes comprobarán no solo que no figuran en la relación de excluidos objeto de publicación en el BOP, sino también
que sus nombres constan en la correspondiente relación de admitidos.
Transcurrido el plazo de subsanación, por la Alcaldía se aprobará la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, que
se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y en la sede electrónica de este Ayuntamiento [dirección:
http://valdelacalzada.sedelectronica.es]. En la misma publicación se hará constar el día, hora y lugar en que habrá de
realizarse el primer ejercicio. El llamamiento para posteriores ejercicios se hará mediante la publicación en la sede
electrónica de este Ayuntamiento [dirección: http://valdelacalzada.sedelectronica.es]; en este supuesto, los anuncios de la
celebración de las sucesivas pruebas deberán hacerse públicos por el órgano de selección en los locales donde se haya
celebrado la prueba anterior y en la sede electrónica de este Ayuntamiento, con veinticuatro horas, al menos, de antelación
al comienzo de este. Igualmente la misma resolución, se hará constar la designación nominal del Tribunal.
Quinta. Tribunal Calificador.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público
aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, los órganos de selección serán colegiados y su composición
deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros y de paridad entre mujeres y hombres
en el conjunto de las convocatorias de la oferta de empleo público respectiva. Los órganos de selección se constituirán en
cada convocatoria.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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