Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valdelacalzada. Recursos Humanos (Badajoz). (02274/2021)
Bases y convocatoria para la selección en régimen de interinidad por concurso-oposición de un Auxiliar Administrativo
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Ayuntamiento de Valdelacalzada

Anuncio 2274/2021

ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Valdelacalzada
Valdelacalzada (Badajoz)
Anuncio 2274/2021
Bases y convocatoria para la selección en régimen de interinidad por concurso-oposición de un Auxiliar Administrativo

Resolución de Alcaldía n.º 2021/0133, de fecha 10 de mayo de 2021 del Ayuntamiento de Valdelacalzada por la que se
aprueban las bases y la convocatoria para la selección en régimen de interinidad por concurso-oposición de 1 AuxiliarAdministrativo en este Ayuntamiento.
Habiéndose aprobado por resolución de Alcaldía n.º 2021/1033, de fecha 10/05/2021, las bases y la convocatoria para la
selección de funcionario interino para la plaza de Auxiliar-Administrativo en este Ayuntamiento, se abre el plazo de
presentación de solicitudes, que será de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el
Boletín Oficial de la Provincia.
BASES DE LA CONVOCATORIA QUE HAN DE REGIR EL PROCESO DE SELECCIÓN DE 1 AUXILIAR-ADMINISTRATIVO (EN
RÉGIMEN DE INTERINIDAD)
Primera. Objeto de la convocatoria.
Es objeto de las presentes bases la cobertura de la plaza vacante de Auxiliar-Administrativo de esta Corporación, grupo de
clasificación C, subgrupo C2, con carácter de interinidad, dotada con las retribuciones correspondientes a dicho grupo y
subgrupo, hasta que desaparezcan las razones de urgencia que motivaron su cobertura interina mediante nombramiento
de funcionario de carrera.
El sistema selectivo es concurso-oposición.
El nombramiento quedará revocado por la siguiente causa: Por nombramiento de funcionario de carrera.
Segunda. Condiciones de admisión de aspirantes.
Para poder participar en los procesos selectivos será necesario reunir los siguientes requisitos:
a) Tener la nacionalidad española sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del Texto Refundido de la Ley
del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni
hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el
acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el
caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro
Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o
equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleado público.
e) Poseer la titulación exigida (estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria,
Graduado Escolar, Formación Profesional de Grado Medio o titulación equivalente o superior, o en
condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias. En su caso, la
equivalencia deberá ser aportada por el aspirante mediante certificación expedida al efecto por la
Administración competente en cada caso).
En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá hallarse en posesión de las credenciales que acrediten su
homologación oficial; además, se adjuntará al título su traducción jurada.
Tercera. Forma y plazo de presentación de solicitudes.
Las solicitudes (según anexo I) para tomar parte en las correspondientes pruebas de selección, en las que los aspirantes
harán constar que reúnen las condiciones exigidas en las presentes bases generales, se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente de
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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