Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Delegación de Concertación y Participación Territorial (Badajoz). (02108/2021)
Bases específicas con convocatoria reguladoras de subvenciones destinadas a ayuntamientos y entidades locales menores de la provincia de Badajoz para la realización de actividades dirigidas a apoyar a los sectores afectados por el COVID-19 durante 2021
23 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Delegación de Concertación y Participación Territorial

Anuncio 2108/2021

Se autoriza expresamente la subcontratación de las actuaciones subvencionadas de acuerdo con el artículo 29 de la Ley
General de Subvenciones, quedando autorizada que la ejecución total o parcial de las actuaciones que constituyen el objeto
de la subvención sea realizada tanto con medios propios como con contratos con terceros. En ningún caso podrán
subcontratarse actividades que aumentando el coste de la actividad subvencionada, no aporten valor añadido al contenido
de la misma ni realizarse con personas que incurran en la prohibición del artículo 29.7 de la LGS.
BASE 6. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN.
Los proyectos subvencionados serán aquellos que, reuniendo los requisitos establecidos en la base número 3, hayan
obtenido una mayor valoración en la aplicación de los criterios que se exponen a continuación, y siempre teniendo como
límite la cuantía total del crédito presupuestario asignado en la convocatoria y el individual por proyecto.
Las propuestas se evaluarán individualmente hasta un máximo de 100 puntos distribuidos sobre la base de los criterios
siguientes:
CRITERIOS DE VALORACIÓN – VALORACIÓN MÁXIMA 100 PUNTOS.
A. Número de habitantes del municipio solicitante. Se valorará hasta un máximo de 15 puntos.
A.1. Municipios hasta 5.000 habitantes: 5 puntos.
A.2. Municipios de 5.001 a 10.000 habitantes: 10 puntos.
A.4. Municipios de 10.001 a 19.999 habitantes: 15 puntos.
B. Calidad del proyecto presentado. Se valorará hasta un máximo de 40 puntos.
Se valorarán los siguientes aspectos del proyecto:
B.1. Coherencia entre las necesidades detectadas, objetivos fijados, acciones
propuestas y presupuestos reflejados: Hasta 10 puntos.
Identificación de necesidades que justifican la realización del proyecto y
finalidad del mismo: 4 puntos.
Determinación de objetivos generales y específicos: 3 puntos.
Descripción de los principales hitos del proyecto, cronograma de
actividades, resultados esperados y presupuesto detallado: 3 puntos.
B.2. Inclusión de dinámicas participativas en el proyecto a desarrollar (mesas
redondas, espacios abiertos, talleres de reflexión, foros,…). 2 puntos por cada
dinámica participativa, hasta un máximo de 10 puntos.
B.3. Impacto esperado del proyecto subvencionado. 2 puntos por cada sector
beneficiario de las acciones propuestas. Hasta un máximo de 10 puntos.
B.4. Plan de comunicación. Se valorará las medidas de difusión previstas para
conseguir una mayor participación de los sectores o colectivos implicados
(Página web, documentación audiovisual, prensa escrita, radio o televisión,
presentaciones públicas, notas de prensa, noticias en Internet y redes sociales). 2
puntos por cada medida de difusión prevista hasta un máximo de 10 puntos.

C. Enfoque colaborativo del proyecto. Hasta un máximo de 40 puntos.
Se valorará lo siguiente:
C.1. Compromiso de participación de asociaciones y otros colectivos del
municipio: 5 puntos por cada asociación participante hasta un máximo de 20
puntos.
C.2. Compromiso de participación o colaboración de otros municipios: 5 puntos
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 7 de 23