Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villagarcía de la Torre. Recursos Humanos (Badajoz). (1638/2021)
Aprobación definitiva del Reglamento de régimen interno y de acceso a plazas del centro residencial para personas en situación de dependencia y autónomos (Residencia de Mayores) y Centro de Día
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Ayuntamiento de Villagarcía de la Torre
Anuncio 1638/2021
- Limpieza, cuidado e higiene de las habitaciones.
a) El personal del centro se encargará de efectuar la limpieza de las habitaciones en el horario
que al efecto se determine.
b) Durante la limpieza de las habitaciones podrá limitarse el acceso a las habitaciones a
residentes y familiares.
c) Los alimentos perecederos o cualquier elemento que incida negativamente en la higiene y
limpieza será retirado por el personal dando cuenta al coordinador del área.
d) La dirección del centro podrá acordar que se revisen los armarios de los residentes, siempre
en presencia de los mismos y dando cuenta a los responsables legales y/o solidarios para el
mantenimiento de una buena seguridad e higiene y salubridad de la habitación.
e) La introducción de alimentos al centro deberán ser comunicados al personal para valorar su
suministro y mantener el control en el seguimiento dietético de los residentes.
f) La dirección se reserva el derecho de cerrar con llave los armarios de aquellos residentes que
no tienen autonomía personal propia y/o capacidad para mantenerlos en adecuadas
condiciones de orden e higiene.
g) No estará permitido en las habitaciones lavar prendas y colgarlas en radiadores y/o
ventanas.
- Cuidado e higiene personal, control y protección:
a) El centro aportará los útiles necesarios de aseo personal diario a los residentes (jabones,
champú, gel, colonias y pasta dentífrica). El centro vigilará de manera especial que se garantice
la utilización exclusiva personal por su propietario.
b) Para mantener una máxima higiene personal de cada residente el centro garantizará la
ducha de higiene integral diaria. Salvo que por criterio facultativo se determine otro parecer.
- Seguridad en las habitaciones:
a) Siendo esencial mantener las adecuadas condiciones de seguridad en todo el Centro y,
especialmente en las habitaciones, los residentes se abstendrán, por los riesgos que implican,
de realizar en las mismas las siguientes actividades:
* Cocinar o calentar alimentos.
* Encender velas, inciensos, infiernillos, estufas, planchas o cualquier otro dispositivo que
ocasione riesgo de incendio.
b) Se evitará guardar cualquier tipo de medicamento no prescrito por los sanitarios y no
autorizado en las habitaciones para evitar el riesgo de intoxicación, así como cualquier
sustancia tóxica o inflamable.
c) Los residentes no podrán instalar mecanismos de cierre accesorios análogos a los existentes
en puertas y/o ventanas, ni colocar muebles u objetos que puedan obstaculizar la entrada o
salida de las habitaciones.
d) No se permite tener en las habitaciones objetos punzantes (tijeras, navajas, agujas, etc.) para
la seguridad del residente y del resto de residentes.
e) No está permitido tener bebidas alcohólicas dentro de las instalaciones del centro.
f) El centro utilizará elementos de sujeción terapéutica homologados para tal fin en aquellos
residentes que por conducta violenta, agitación no controlable, amenaza para su integridad
física o situación de riesgo sea necesario dicha sujeción tanto en cama como en silla, previa
prescripción facultativa y del consentimiento informado y firmado por el familiar y/o
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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a) El personal del centro se encargará de efectuar la limpieza de las habitaciones en el horario
que al efecto se determine.
b) Durante la limpieza de las habitaciones podrá limitarse el acceso a las habitaciones a
residentes y familiares.
c) Los alimentos perecederos o cualquier elemento que incida negativamente en la higiene y
limpieza será retirado por el personal dando cuenta al coordinador del área.
d) La dirección del centro podrá acordar que se revisen los armarios de los residentes, siempre
en presencia de los mismos y dando cuenta a los responsables legales y/o solidarios para el
mantenimiento de una buena seguridad e higiene y salubridad de la habitación.
e) La introducción de alimentos al centro deberán ser comunicados al personal para valorar su
suministro y mantener el control en el seguimiento dietético de los residentes.
f) La dirección se reserva el derecho de cerrar con llave los armarios de aquellos residentes que
no tienen autonomía personal propia y/o capacidad para mantenerlos en adecuadas
condiciones de orden e higiene.
g) No estará permitido en las habitaciones lavar prendas y colgarlas en radiadores y/o
ventanas.
- Cuidado e higiene personal, control y protección:
a) El centro aportará los útiles necesarios de aseo personal diario a los residentes (jabones,
champú, gel, colonias y pasta dentífrica). El centro vigilará de manera especial que se garantice
la utilización exclusiva personal por su propietario.
b) Para mantener una máxima higiene personal de cada residente el centro garantizará la
ducha de higiene integral diaria. Salvo que por criterio facultativo se determine otro parecer.
- Seguridad en las habitaciones:
a) Siendo esencial mantener las adecuadas condiciones de seguridad en todo el Centro y,
especialmente en las habitaciones, los residentes se abstendrán, por los riesgos que implican,
de realizar en las mismas las siguientes actividades:
* Cocinar o calentar alimentos.
* Encender velas, inciensos, infiernillos, estufas, planchas o cualquier otro dispositivo que
ocasione riesgo de incendio.
b) Se evitará guardar cualquier tipo de medicamento no prescrito por los sanitarios y no
autorizado en las habitaciones para evitar el riesgo de intoxicación, así como cualquier
sustancia tóxica o inflamable.
c) Los residentes no podrán instalar mecanismos de cierre accesorios análogos a los existentes
en puertas y/o ventanas, ni colocar muebles u objetos que puedan obstaculizar la entrada o
salida de las habitaciones.
d) No se permite tener en las habitaciones objetos punzantes (tijeras, navajas, agujas, etc.) para
la seguridad del residente y del resto de residentes.
e) No está permitido tener bebidas alcohólicas dentro de las instalaciones del centro.
f) El centro utilizará elementos de sujeción terapéutica homologados para tal fin en aquellos
residentes que por conducta violenta, agitación no controlable, amenaza para su integridad
física o situación de riesgo sea necesario dicha sujeción tanto en cama como en silla, previa
prescripción facultativa y del consentimiento informado y firmado por el familiar y/o
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