Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villagarcía de la Torre. Recursos Humanos (Badajoz). (1638/2021)
Aprobación definitiva del Reglamento de régimen interno y de acceso a plazas del centro residencial para personas en situación de dependencia y autónomos (Residencia de Mayores) y Centro de Día
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Ayuntamiento de Villagarcía de la Torre

Anuncio 1638/2021

Los criterios a aplicar en las habitaciones son:
- Mobiliario:
a) Las habitaciones de las estancias residenciales disponen de un mobiliario adecuado que
garantiza la calidad y el bienestar de los residentes, de los objetos de uso personal y diario de
los residentes. Los residentes podrán solicitar la autorización a la dirección para distribuir los
existentes de distinta manera, siempre que se mantengan las mínimas condiciones de
seguridad e higiene y que no impidan el buen trabajo del personal del centro.
b) La colocación de elementos decorativos personales en paredes y armarios, que no
estuvieran catalogados, estarán permitidos siempre que sea solicitado expresamente a la
dirección del centro
- Dispositivos de música y televisores:
a) En caso de que los residentes deseen disponer en las habitaciones de dispositivos de música,
televisores, etc., han de solicitar autorización por escrito a la dirección del centro, quien en su
caso resolverá ateniendo a la incidencia o perturbación de los demás residentes, así como los
acondicionamientos técnicos existentes.
b) El uso y disfrute de estos dispositivos podrá ser removido por la dirección del centro por
ocasionar molestias a los demás residentes, especialmente en las horas de descanso.
- Ropa de cama y lencería:
El Centro cambiará cada cinco días como máximo la ropa de cama, sábanas, y las diversas toallas de baño y
mano para el uso personal de los residentes, estará permitido hacer uso en las habitaciones de todos
aquellos ajuares personales propios siempre que sean autorizados por la dirección del centro. El centro
renovará la ropa de lencería y toallas con la frecuencia necesaria para garantizar la higiene del residente. Los
coordinadores de cada área velarán por la buena praxis de higiene y reposición.
- Ropa y vestuario personal de los residentes.
Todas las prendas de los residentes deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) Los residentes y/o familiares evitarán traer aquellas prendas delicadas y que no resistan el
lavado a máquina con agua caliente así como no prendas de lavado a mano o limpieza en seco.
b) Se evitará la utilización de prendas ajustadas. Se recomienda la utilización de ropa amplia,
cómoda y elástica.
c) Se recomienda que la ropa venga marcada previamente al ingreso.
d) El Centro no se responsabiliza de los extravíos debido al incumplimiento del punto anterior,
el coordinador de cada área retirará la ropa y será guardada para su entrega al familiar y/o
responsable legal o solidario.
e) El residente o responsable legal o solidario serán los encargados de reponer las prendas de
forma periódica para asegurar que siempre se disponen de ropa en cantidad suficiente para
una buena condición de calidad, no obstante los coordinadores de área velarán para informar y
avisar a las familias de la reposición de prendas.
f) Es recomendable evitar traer joyas ni objetos de valor. El centro no se hace responsable de
aquellos bienes de valor no depositados en la Dirección bajo protocolo establecido.
g) Al ingreso se realizará un inventario exhaustivo protocolarizado de todas las prendas y
objetos que el residente aporta a su ingreso en el Centro. Cualquier cambio sobre dicho
inventario por parte de los familiares deberá ser comunicado al personal para su modificación
o rectificación. El centro no se responsabiliza y queda eximido de responsabilidad del extravío
de prendas u objetos no registrados en dicho inventario.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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