Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alange. Delegación de Cultura y Deportes (Badajoz). (1566/2021)
Corrección de error en edicto publicado el 8 de abril de 2021 sobre la aprobación definitiva del Reglamento general de organización y funcionamiento de la Residencia de Personas Mayores y Centro de Día Ntra. Sra. La Virgen Milagrosa
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Alange
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Artículo 16.- Deberes de los usuarios no residentes.
Son deberes de las personas que utilicen las instalaciones del centro residencial mixto todos los expresados en el artículo
anterior, excepto aquellos que sean inherentes exclusivamente a la condición de residente del centro.
TÍTULO III.- NORMAS GENERALES DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO.
Artículo 17.- Horario del Centro.
1. Su horario de funcionamiento es de 24 horas. Las puertas del centro permanecerán cerradas de 23:00 horas a 8:00 horas
de la mañana en invierno y de 24:00 horas a 8:00 horas durante el verano para salvaguardar el derecho al descanso de los
residentes. Si por cualquier causa el residente debiera regresar más tarde, deberá comunicarlo al personal auxiliar del
Centro.
2. Los usuarios del centro de día no podrán hacer uso de las instalaciones antes del horario de desayunos, y deberán
abandonarlas como máximo una hora después de la cena.
3. Todos los residentes tendrán derecho a recibir visitas dentro del horario establecido para ello, así como llamadas
telefónicas siempre que no interfieran en el buen funcionamiento del centro; en tal sentido, la Dirección del centro fijará
unos horarios de visitas y de recepción de llamadas telefónicas, que serán lo más amplio posibles. Se recibirá en las zonas
comunes y en las habitaciones, dependiendo del estado del usuario.
Artículo 18.- Servicios de comedor.
1. Los residentes están obligados a hacer las comidas en el comedor permitiéndose comer en las habitaciones solo en el
caso de convalecencia o prescripción médica.
2. No está permitido sacar utensilios del comedor ni introducir alimentos que no sean del Centro.
3. El menú es único para todos, salvo los regímenes alimenticios prescritos por el médico para aquellos que lo necesiten. En
el caso de que la masticación y la deglución estén comprometidas, se harán las preparaciones adecuadas
4. Las diferentes comidas del día se fijarán dentro de los siguientes márgenes horarios:
Desayuno, de 08:30 a 10:00 horas de la mañana.
Almuerzo, de 13:00 a 14:30 horas.
Merienda, de 17:00 a 17:30 horas.
Cena, en invierno de 19:30 a 21:00 horas y en verano de 20:30 a 22:00 horas.
Resopón, en su caso, a las 23:00 horas en invierno y a las 24:00 horas en verano.
Los horarios que se fijen dentro de dichos intervalos tendrán que ser cumplidos con la mayor rigurosidad, con el fin de no
entorpecer el funcionamiento del centro.
5. La ubicación en el comedor es normalmente fija para cada residente, aunque los usuarios podrán solicitar que se les
cambie, procediendo a atender a la petición si no se perjudica a terceros.
6. No está permitido sacar utensilios del comedor, tales como cubiertos, vasos, servilletas, etc. Ni entrar alimentos que no
sean propios del Centro.
7. No se podrán tener en el centro navajas, tijeras u otros objetos cortantes, salvo casos debidamente justificados y previa
autorización de los responsables del Centro.
8. Los residentes que no deseen hacer uso de uno de los servicios de comedor lo notificaran con al menos cuatro horas de
antelación.
9. Se deberán respetar el orden en el comedor, tratar al personal de servicio con el mayor respeto, mantener el decoro en la
mesa, evitando cualquier acto que pueda producir la repulsa de los demás.
10. No se permite la entrada de visitantes en el comedor durante las horas del servicio, salvo que vayan a utilizar el mismo.
Artículo 19.- Habitaciones.
1. El uso del espacio de la habitación común se repartirá equitativamente entre sus ocupantes, facilitando en todo lo posible
la colocación de prendas y utensilios. Deberá distribuirse el horario de forma que puedan disponer en igualdad de tiempo
los servicios y el baño común. Se mantendrá al máximo la debida limpieza y decoro en la habitación, respetando los objetos
y prendas de los compañeros, no utilizándolas sin su consentimiento. Desde las 23:00 y hasta las 8:00 horas de la mañana se
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Artículo 16.- Deberes de los usuarios no residentes.
Son deberes de las personas que utilicen las instalaciones del centro residencial mixto todos los expresados en el artículo
anterior, excepto aquellos que sean inherentes exclusivamente a la condición de residente del centro.
TÍTULO III.- NORMAS GENERALES DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO.
Artículo 17.- Horario del Centro.
1. Su horario de funcionamiento es de 24 horas. Las puertas del centro permanecerán cerradas de 23:00 horas a 8:00 horas
de la mañana en invierno y de 24:00 horas a 8:00 horas durante el verano para salvaguardar el derecho al descanso de los
residentes. Si por cualquier causa el residente debiera regresar más tarde, deberá comunicarlo al personal auxiliar del
Centro.
2. Los usuarios del centro de día no podrán hacer uso de las instalaciones antes del horario de desayunos, y deberán
abandonarlas como máximo una hora después de la cena.
3. Todos los residentes tendrán derecho a recibir visitas dentro del horario establecido para ello, así como llamadas
telefónicas siempre que no interfieran en el buen funcionamiento del centro; en tal sentido, la Dirección del centro fijará
unos horarios de visitas y de recepción de llamadas telefónicas, que serán lo más amplio posibles. Se recibirá en las zonas
comunes y en las habitaciones, dependiendo del estado del usuario.
Artículo 18.- Servicios de comedor.
1. Los residentes están obligados a hacer las comidas en el comedor permitiéndose comer en las habitaciones solo en el
caso de convalecencia o prescripción médica.
2. No está permitido sacar utensilios del comedor ni introducir alimentos que no sean del Centro.
3. El menú es único para todos, salvo los regímenes alimenticios prescritos por el médico para aquellos que lo necesiten. En
el caso de que la masticación y la deglución estén comprometidas, se harán las preparaciones adecuadas
4. Las diferentes comidas del día se fijarán dentro de los siguientes márgenes horarios:
Desayuno, de 08:30 a 10:00 horas de la mañana.
Almuerzo, de 13:00 a 14:30 horas.
Merienda, de 17:00 a 17:30 horas.
Cena, en invierno de 19:30 a 21:00 horas y en verano de 20:30 a 22:00 horas.
Resopón, en su caso, a las 23:00 horas en invierno y a las 24:00 horas en verano.
Los horarios que se fijen dentro de dichos intervalos tendrán que ser cumplidos con la mayor rigurosidad, con el fin de no
entorpecer el funcionamiento del centro.
5. La ubicación en el comedor es normalmente fija para cada residente, aunque los usuarios podrán solicitar que se les
cambie, procediendo a atender a la petición si no se perjudica a terceros.
6. No está permitido sacar utensilios del comedor, tales como cubiertos, vasos, servilletas, etc. Ni entrar alimentos que no
sean propios del Centro.
7. No se podrán tener en el centro navajas, tijeras u otros objetos cortantes, salvo casos debidamente justificados y previa
autorización de los responsables del Centro.
8. Los residentes que no deseen hacer uso de uno de los servicios de comedor lo notificaran con al menos cuatro horas de
antelación.
9. Se deberán respetar el orden en el comedor, tratar al personal de servicio con el mayor respeto, mantener el decoro en la
mesa, evitando cualquier acto que pueda producir la repulsa de los demás.
10. No se permite la entrada de visitantes en el comedor durante las horas del servicio, salvo que vayan a utilizar el mismo.
Artículo 19.- Habitaciones.
1. El uso del espacio de la habitación común se repartirá equitativamente entre sus ocupantes, facilitando en todo lo posible
la colocación de prendas y utensilios. Deberá distribuirse el horario de forma que puedan disponer en igualdad de tiempo
los servicios y el baño común. Se mantendrá al máximo la debida limpieza y decoro en la habitación, respetando los objetos
y prendas de los compañeros, no utilizándolas sin su consentimiento. Desde las 23:00 y hasta las 8:00 horas de la mañana se
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