Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alange. Delegación de Cultura y Deportes (Badajoz). (1566/2021)
Corrección de error en edicto publicado el 8 de abril de 2021 sobre la aprobación definitiva del Reglamento general de organización y funcionamiento de la Residencia de Personas Mayores y Centro de Día Ntra. Sra. La Virgen Milagrosa
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Ayuntamiento de Alange

Anuncio 1566/2021

4. No se debe utilizar las zonas comunes durante las horas de limpieza, con el fin de facilitar las tareas encomendadas a este
personal.
5. Cuando se ausente del centro deberá entregar las llaves en recepción para evitar que sean extraviadas en la calle.
6. Tanto los residentes como los trabajadores del centro merecen su respeto y consideración por lo que, cuando se dirija a
ellos, deberá hacerlo con amabilidad y educación.
7. Cuando exista algún problema con un compañero de habitación u otro residente deberá evitar los enfrentamientos y
ponerlo en conocimiento del responsable del centro.
8. Los elementos de aseo personal (máquinas de afeitar, jabón o espuma, colonias, pasta de dientes, cepillos, jabones, etc.)
serán de cuenta del residente.
9. Los servicios de peluquería, podología, rehabilitación, atenciones médicas periódicas se prestarán en la forma y tiempo
que la dirección del centro señale para cada una de estas actividades, y las cuantías serán las que se determinen.
10. Los residentes, o sus familiares, que cesen en esta condición deberán retirar del centro toda su ropa y enseres
personales y de cualquier tipo, en un plazo improrrogable de 7 días siguientes a la baja. En caso contrario, el centro dará el
uso que estime oportuno a dichas pertenencias.
11. Para los residentes con autonomía, tanto la salida como la comunicación con el exterior es libre. No obstante, el centro
no se hace responsable de los daños y/o perjuicios que reciba o provoque el residente a terceros o a sí mismo.
Para los residentes con dependencia, deberán contar para las salidas con la debida autorización expresa de la persona
responsable o guardador de hecho o de derecho, eximiendo al centro de cualquier responsabilidad. El centro pondrá a
disposición de los residentes un modelo de autorización para hacer efectiva dicha salida.
12. En lo no previsto en el presente Reglamento de Régimen Interno, se estará a lo dispuesto en los Decretos 78/1994, de 31
de mayo; 4/1996, de 23 de enero; 1/1997, de 9 de enero y demás normas concordantes dictadas por la Junta de
Extremadura, que sean de aplicación.
TÍTULO IV.- RÉGIMEN ECONÓMICO.
Artículo 24.- Precio público y condiciones económicas.
1. El precio público a abonar por los residentes del centro residencial y usuarios del centro de día de Alange será el que en
cada momento determine la correspondiente Ordenanza fiscal municipal y será expuesta en el tablón de anuncios del
centro para conocimiento general.
2. Cualquier variación que afecte a la declaración de ingresos del residente deberá ponerlo en conocimiento del
Ayuntamiento. Anualmente, todos los residentes y usuarios presentarán un justificante de los ingresos que perciben y lo
entregarán al Ayuntamiento, en base a los cuales se determinará su aportación para el año en curso. En los casos que
procedan, se aplicará sobre los precios establecidos los impuestos vigentes.
3. El servicio completo del centro de día constará de desayuno, comida, cena y lavandería. Las personas que hagan uso de
alguno de estos servicios por separado, abonarán la tarifa que contemple la correspondiente Ordenanza.
4. En el caso de que se modifique el estado físico o psíquico del residente y por razones de su catalogación, este llegara a
ocupar una plaza de persona dependiente, se le aplicarán las condiciones económicas establecidas para estos últimos.
Artículo 25.- La cuota.
1. La cuota mensual que el residente de la residencia de mayores satisface le da derecho a:
Alojamiento: Uso de la habitación asignada, las áreas y servicios comunes, estando incluido el mantenimiento y la
limpieza de las referidas zonas.
Pensión completa: Desayuno, refrigerio, almuerzo, merienda, cena y resopón.
La utilización de las dependencias del centro por el residente.
Servicio de lavandería y planchado de ropa.
Apoyo en el aseo personal y cuidado del aspecto físico.
Al material de aseo básico y general. Si el usuario necesita un material específico deberá aportarlo.
Al programa de animación sociocultural, de ocio y tiempo libre.
Fisioterapia y rehabilitación (sólo para usuarios en situación de dependencia).
2. La cuota mensual que el residente de centro de día satisface le da derecho a:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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