Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alange. Delegación de Cultura y Deportes (Badajoz). (1566/2021)
Corrección de error en edicto publicado el 8 de abril de 2021 sobre la aprobación definitiva del Reglamento general de organización y funcionamiento de la Residencia de Personas Mayores y Centro de Día Ntra. Sra. La Virgen Milagrosa
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Ayuntamiento de Alange

Anuncio 1566/2021

2. Los desplazamientos a los centros sanitarios serán por cuenta del residente.
3. Bajo ningún concepto se alterarán las instrucciones dictadas por el médico en cuanto a alimentación, atención sanitaria,
tratamiento farmacéutico, etc.
4. Por higiene, se recuerda la necesidad de duchar como mínimo tres veces por semana.
5. Cuando la persona residente necesite ayuda relacionada con alguna de las actividades consideradas básicas de la vida
diaria (ABVD), la solicitará a la dirección del centro, al objeto de que pueda recibir dicha asistencia siguiendo los parámetros
y métodos prescritos. Se realizarán inspecciones médicas mensuales para velar por el óptimo estado higiénico y sanitario
del centro y de sus residentes.
6. Siempre que el estado físico de un residente así lo exija, recibirá visita médica en su habitación.
7. Si el residente necesitara trasladarse a un centro especializado u hospital, lo hará por cuenta suya y con la ayuda de sus
familiares. En caso de no tenerla y considerarse urgente su traslado, lo podrá acompañar un trabajador del centro, siendo
todos los gastos originados por cuenta del residente o familiares.
8. Los familiares serán quienes se hagan cargo del residente si es hospitalizado.
9. El centro está dotado de un botiquín de urgencias que será utilizado por los residentes por causas justificadas.
Artículo 21.- Lavandería.
1. El servicio de lavandería se ofrecerá para todos los usuarios de la residencia de mayores y centro de día.
2. La ropa del residente será marcada como un número antes de entrar en el centro. Este servicio no se hace responsable
del extravío de las prendas que no estén marcadas. En caso de deterioro o pérdida se le repondrá en las condiciones más
parecidas a la deteriorada o extraviada.
3. Se establece como medidas de higiene el cambio de ropa diaria.
4. Cuando el personal del centro observe mala imagen en el/la residente o esté mal vestido o aseado, con ropa sucia o el
mal estado o aseado, con ropa sucio o el mal estado, se le indicará para que lo corrija.
5. La ropa para lavar se depositará en las zonas previamente indicadas al efecto.
Artículo 22.- Visitas.
1. Se atenderán principalmente en las zonas comunes del centro. Tan solo se podrán atender en las habitaciones cuando no
se moleste o no se interfiera su uso por la otra persona ocupante, o por razones de enfermedad o imposibilidad física del
residente y siempre con autorización expresa para ello, permaneciendo en ellas el tiempo estrictamente necesario.
2. Los visitantes respetarán las instalaciones del centro, teniendo especial cuidado si vienen acompañados por menores,
haciéndose responsables los familiares de los posibles desperfectos que pudieran ocasionar.
3. Cuando el residente o acompañante esté en zonas comunes, comedor, salas de estar, jardines, etc., deberá hacerlo en
ropa de calle.
4. Cada residente podrá invitar a comer a un máximo de dos comensales por día, siempre que no se altere el
funcionamiento del centro, cuatro veces al mes, abonando el precio establecido para personas no pensionistas. En este
caso, será requisito indispensable comunicarlo con 24 horas de antelación. El pago de las invitaciones se efectuará en el
momento de encargar las comidas, no procediendo su devolución en caso de no presentarse los invitados.
5. En fechas señaladas los familiares podrán encargar menús especiales para comer en el centro con un residente,
abonando en el acto el precio convenido; esto dependerá siempre de que el funcionamiento del centro lo permita,
debiéndolo solicitar con la oportuna antelación.
Artículo 23.- Otras normas de obligado cumplimiento.
1. Cualquier objeto extraviado que se encuentre, deberá ser depositado de forma inmediata en recepción, donde se hará
entrega a su propietario.
2. Está totalmente prohibido entregar propinas al personal y a los trabajadores del centro.
3. Se debe cuidar de que en cada momento permanezcan encendidas las luces que son necesarias y colaborar en apagar las
que no lo sean.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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