Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Cooperación Internacional al Desarrollo (Badajoz). (1554/2021)
Bases específicas de la convocatoria reguladora de subvenciones de la Diputación de Badajoz destinadas al apoyo a comunidades extremeñas en el exterior y sus federaciones para la realización de actividades durante el año 2021
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Área de Cooperación Internacional al Desarrollo
Anuncio 1554/2021
extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.
La solicitud, acompañadas del resto de la documentación, se dirigirán al Ilmo. Sr. Presidente de la Excma. Diputación de
Badajoz.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, las solicitudes se tramitarán a través de medios electrónicos mediante la
presentación de modelos normalizados, e irán acompañadas de la documentación requerida en las presentes bases. La
presentación de solicitudes a través del registro electrónico podrá realizarse durante las veinticuatro horas de todos los días
del plazo establecido.
Las solicitudes se tramitarán por vía electrónica mediante su presentación a través del Registro Electrónico ubicado en la
página principal de Diputación de Badajoz, en la dirección electrónica que a continuación se describe, así como cualquier
otro medio electrónico habilitado.
https://sede.dip-badajoz.es/index.php?id=ciudadanos
Las solicitudes electrónicas mencionadas en el apartado anterior deberán contener la firma electrónica requerida por el
Reglamento de Registro Electrónico de la Diputación de Badajoz publicado en el Boletín Oficial de la Provincia número 181,
de 19 de septiembre de 2008 y todos los demás requisitos establecidos en el artículo 66 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Los interesados aportarán al expediente los documentos adicionales que sean necesarios conforme a los modelos
normalizados, que debidamente firmados por el órgano competente se digitalizarán e incorporarán junto con la solicitud
electrónica.
La Diputación Provincial de Badajoz podrá en cualquier momento requerir al interesado la exhibición del documento o de la
información original o solicitar del correspondiente archivo, el cotejo del contenido con las copias aportadas. La aportación
de tales copias implica la autorización a la Administración para que acceda y trate la información personal contenida en tales
documentos.
No obstante lo anterior, y de conformidad con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, por la
que se regula el Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las solicitudes podrán presentarse
en cualesquiera de los lugares y por los medios establecidos en dicho precepto. Igualmente se podrá hacer uso, para la
presentación de las solicitudes y de la documentación requerida, de aquellas aplicaciones informáticas que interactúen con
el Sistema de Interconexión de Registros (SIR). A dichos efectos, los anexos a esta convocatoria se podrán descargar en la
siguiente dirección web:
http://www.dip-badajoz.es/diputacion/subvenciones/index.php
http://www.dip-badajoz.es/ciudadanos/atencion/index.php?seleccion=_doc
La presentación de la solicitud para participar en la convocatoria supone la aceptación de la subvención por parte del
solicitante de la misma, así como de las obligaciones que de ella se derivan, en caso de concederse.
La administración provincial obtendrá de oficio el certificado de inscripción en el Registro de Oficial de las Comunidades
Extremeñas en el Exterior de la Junta de Extremadura.
2. Cada comunidad o federación solo podrá presentar una única solicitud y una única actividad. En el caso que presenten
varias solicitudes, se tramitará la primera registrada y se denegarán las siguientes.
Se deberá presentar la siguiente documentación:
Solicitud que se ajustará al formato que figura en el anexo I, firmada por el representante legal de la entidad.
Declaración responsable (según anexo II) sobre ayudas solicitadas o concedidas, así como de cumplir con los
requisitos para obtener la condición de beneficiario previstos en el artículo 13 de Ley 38/2003, General de
Subvenciones, de 17 de noviembre.
Formulario de identificación de la actividad según anexo III, incluidos objetivos, actividades, cronograma,
presupuesto total del proyecto diferenciando ingresos y gastos y desglosando, en su caso, las distintas aportaciones
tanto de fondos propios como de subvenciones, transferencias o aportaciones de otros entes públicos o privados
para la actividad objeto de esta solicitud, deberá ser firmada por el representante de la entidad.
Certificación de estar inscritas en el Registro de Asociaciones del territorio donde se encuentren asentadas y fecha de
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.
La solicitud, acompañadas del resto de la documentación, se dirigirán al Ilmo. Sr. Presidente de la Excma. Diputación de
Badajoz.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, las solicitudes se tramitarán a través de medios electrónicos mediante la
presentación de modelos normalizados, e irán acompañadas de la documentación requerida en las presentes bases. La
presentación de solicitudes a través del registro electrónico podrá realizarse durante las veinticuatro horas de todos los días
del plazo establecido.
Las solicitudes se tramitarán por vía electrónica mediante su presentación a través del Registro Electrónico ubicado en la
página principal de Diputación de Badajoz, en la dirección electrónica que a continuación se describe, así como cualquier
otro medio electrónico habilitado.
https://sede.dip-badajoz.es/index.php?id=ciudadanos
Las solicitudes electrónicas mencionadas en el apartado anterior deberán contener la firma electrónica requerida por el
Reglamento de Registro Electrónico de la Diputación de Badajoz publicado en el Boletín Oficial de la Provincia número 181,
de 19 de septiembre de 2008 y todos los demás requisitos establecidos en el artículo 66 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Los interesados aportarán al expediente los documentos adicionales que sean necesarios conforme a los modelos
normalizados, que debidamente firmados por el órgano competente se digitalizarán e incorporarán junto con la solicitud
electrónica.
La Diputación Provincial de Badajoz podrá en cualquier momento requerir al interesado la exhibición del documento o de la
información original o solicitar del correspondiente archivo, el cotejo del contenido con las copias aportadas. La aportación
de tales copias implica la autorización a la Administración para que acceda y trate la información personal contenida en tales
documentos.
No obstante lo anterior, y de conformidad con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, por la
que se regula el Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las solicitudes podrán presentarse
en cualesquiera de los lugares y por los medios establecidos en dicho precepto. Igualmente se podrá hacer uso, para la
presentación de las solicitudes y de la documentación requerida, de aquellas aplicaciones informáticas que interactúen con
el Sistema de Interconexión de Registros (SIR). A dichos efectos, los anexos a esta convocatoria se podrán descargar en la
siguiente dirección web:
http://www.dip-badajoz.es/diputacion/subvenciones/index.php
http://www.dip-badajoz.es/ciudadanos/atencion/index.php?seleccion=_doc
La presentación de la solicitud para participar en la convocatoria supone la aceptación de la subvención por parte del
solicitante de la misma, así como de las obligaciones que de ella se derivan, en caso de concederse.
La administración provincial obtendrá de oficio el certificado de inscripción en el Registro de Oficial de las Comunidades
Extremeñas en el Exterior de la Junta de Extremadura.
2. Cada comunidad o federación solo podrá presentar una única solicitud y una única actividad. En el caso que presenten
varias solicitudes, se tramitará la primera registrada y se denegarán las siguientes.
Se deberá presentar la siguiente documentación:
Solicitud que se ajustará al formato que figura en el anexo I, firmada por el representante legal de la entidad.
Declaración responsable (según anexo II) sobre ayudas solicitadas o concedidas, así como de cumplir con los
requisitos para obtener la condición de beneficiario previstos en el artículo 13 de Ley 38/2003, General de
Subvenciones, de 17 de noviembre.
Formulario de identificación de la actividad según anexo III, incluidos objetivos, actividades, cronograma,
presupuesto total del proyecto diferenciando ingresos y gastos y desglosando, en su caso, las distintas aportaciones
tanto de fondos propios como de subvenciones, transferencias o aportaciones de otros entes públicos o privados
para la actividad objeto de esta solicitud, deberá ser firmada por el representante de la entidad.
Certificación de estar inscritas en el Registro de Asociaciones del territorio donde se encuentren asentadas y fecha de
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