Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Cooperación Internacional al Desarrollo (Badajoz). (1554/2021)
Bases específicas de la convocatoria reguladora de subvenciones de la Diputación de Badajoz destinadas al apoyo a comunidades extremeñas en el exterior y sus federaciones para la realización de actividades durante el año 2021
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Área de Cooperación Internacional al Desarrollo

Anuncio 1554/2021

Se deberá presentar una memoria final firmada por el representante legal de la entidad en la que se
haga referencia a la actividad realizada y al resultado obtenido.
Copia de todo el material documental (gráfico, digital o audiovisual) a que ha dado lugar la actividad,
destacando dónde se ha hecho constar la colaboración de Diputación y su imagen corporativa según
establece el apartado d de la base 10 de la convocatoria.
Anexo V de indicadores de resultado y actividad establecido en la base 12 de la convocatoria.
D. Justificación Económica.
D.1.- Importe a justificar.
El importe a justificar es aquel que resulte de la cantidad subvencionada por Diputación, No
obstante, según lo establecido en el artículo 30 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General
de Subvenciones, cuando la actividad haya sido confinanciadas, además de con la subvención
de Diputación, con fondos propios u otras subvenciones o recursos, deberá acreditarse en la
justificación el importe, procedencia y aplicación de tales fondos a la actividad subvencionada.
De no justificarse así, se incurrirá en causa de reintegro y se procederá a incoar por la
Diputación Provincial expediente de reintegro de subvención a efectos de exigir la subvención
en el porcentaje correspondiente al importe no justificado.
D.2.- Documentación a aportar:
Deberán presentar el anexo IV de la cuenta Justificativa debidamente cumplimentado
que contendrá:
Datos de la entidad que justifica.
Datos del proyecto/actividad subvencionada que se justifica.
Clasificación de los gastos por tipología y forma de pago de estos.
Relación clasificada con número de orden, de todos los gastos de la actividad
subvencionada financiados con la subvención de Diputación, incluyendo
descripción del gasto, acreedor, el número de factura, la fecha de emisión, fecha
de pago, importe de la factura e importe parcial o total imputado a la subvención
de Diputación.
Relación clasificada con número de orden, de todos los gastos de la actividad
subvencionada financiados con fondos propios de la entidad solicitante u otras
subvenciones o recursos, incluyendo descripción del gasto, acreedor, el número
de factura, la fecha de emisión, fecha de pago, importe de la factura e importe
parcial o total financiado con fondos propios u otra subvenciones o recursos, así
como la entidad financiadora.
Los ingresos o subvenciones que hayan financiado el proyecto o la actividad con
acreditación del importe y su procedencia.
Que se haga constar:
La exactitud y veracidad de los datos reseñados en este documento así
como que la actividad subvencionada ha sido realizada en su totalidad,
habiéndose cumplido las condiciones impuestas y conseguido los
objetivos previstos en el acto de concesión de la subvención.
Que el importe de la subvención concedida, por sí sola o en concurrencia
con otras subvenciones concedidas por agentes financiadores, no excede
del importe total de la actividad o proyecto subvencionado.
Que los justificantes presentados, y relacionados, corresponden a gastos
efectuados como consecuencia directa de la actividad objeto de
subvención y estrictamente necesarios, que se corresponden fielmente
con documentos originales que se encuentran a disposición de la
Diputación, y que el importe imputado a esta subvención no ha servido
para justificar otras subvenciones distintas.
Al anexo de cuenta justificativa se adjuntaran de manera ordenada y
referidos con los números de orden que aparezcan en aquella.
Facturas o documentos admitidos en tráfico mercantil que cumplan los
requisitos necesarios que establece el RD 1619/2012, o la legislación
aplicable, demostrativos de los gastos realizados y financiados con la
aportación de la documentación. Dichas facturas/documentos serán
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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