Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Presidencia y Relaciones Institucionales (Badajoz). (1568/2021)
Bases reguladoras para la convocatoria del Plan Cohesiona 2021 de obras y equipamientos, empleo y otros gastos corrientes de la Diputación Provincial de Badajoz
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Área de Presidencia y Relaciones Institucionales
Anuncio 1568/2021
2.2. Acta de recepción o de finalización de los trabajos, en caso de obras o relación de facturas
en caso de equipamiento.
2.3. Carta de pago del ingreso recibido individualizada por cada uno de los proyectos
concedidos. Solo se admitirá la acumulación de proyectos incluidos dentro de la misma línea de
actuación.
2.4. Fotografía del cartel informativo de la actuación en formato digital en su lugar de
colocación final, siguiendo la Imagen Corporativa del PLAN COHESION@.
2.5. Dossier fotográfico en formato digital (.jpg o .png o .tif) de la obra realizada (antes de la
obra, durante la ejecución de la obra y la obra finalizada totalmente), así como del
equipamiento o suministro adquirido. Este dossier, se remitirá preferentemente a través del
siguiente correo electrónico: planificacion@dip-badajoz.es. Para correos que superen los 10
Mb, deberán utilizar la plataforma https://mercurio.dip-badajoz.es. para lo que nos deberán
solicitar la contraseña al Servicio de Planificación y Seguimiento de Proyectos.
2.6.- Informe sobre el número de personas beneficiarias a las que alcanza la acción
subvencionada.
Ésta documentación se presentará dirigida al Área de Fomento, correspondiendo su gestión al Servicio de Planificación y
Seguimiento de Proyectos.
Queda autorizada expresamente la subcontratación de las actuaciones aprobadas, de acuerdo con al artículo 29 de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, quedando pues autorizada a que la ejecución total o parcial de la
actuación/es que constituye/n el objeto de la subvención sea realizada tanto con medios propios como con contratos con
terceros.
La presentación de estos documentos no exime a la entidad beneficiaria de las actuaciones de control financiero que por la
Intervención puedan realizarse para la comprobación de operaciones individualizadas y concretas, aspectos parciales,
comprobación material de inversiones y cualesquiera otra que resulte necesaria con arreglo a lo que dispone el artículo 220
del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Se podrán solicitar facturas originales o certificaciones de obra, así como los justificantes de pago, documentos contables, o
realización de comprobación material de las actuaciones. Para ello, la Intervención de la Diputación podrá optar por la
solicitud de la documentación que estime conveniente a las entidades beneficiarias, o el examen de la documentación en las
dependencias de la entidad local.
La Intervención, podrá elevar una planificación de control financiero al Presidente de la Entidad, basado en criterios de
auditoría.
El plazo de presentación de la justificación finalizará a los tres meses, contados a partir del día siguiente de la terminación
del periodo de ejecución y pago de las actuaciones (31 de enero de 2023).
Es obligatorio para recibir la subvención cumplir las normas de publicidad e información del PLAN COHESION@ desde el
inicio de las actuaciones hasta final del periodo de elegibilidad. La Diputación de Badajoz supervisará el cumplimiento de
estas medidas entre las Entidades Locales beneficiarias.
El modelo de remisión de la documentación para la justificación del objeto de la subvención conforme al modelo
normalizado (anexo 9 y 10) estarán disponibles en la sede electrónica de la Diputación de Badajoz, ubicada en la página
principal de la Diputación de Badajoz en la siguiente dirección: https://sede.dip-badajoz.es/index.php?id=entidades
Los anexos correspondientes estarán disponibles en el siguiente enlace web:
http://www.dip-badajoz.es/ciudadanos/atencion/index.php?seleccion=_doc http://fomento.dip-badajoz.es/formularios.php.
Excepcionalmente, los beneficiarios del Plan, podrán solicitar la prórroga de la justificación, según anexo 6.C, con los
siguientes requisitos:
A) La solicitud tendrá que tener registro antes de la finalización del plazo máximo establecido para la
presentación de la justificación.
B) Requerirá autorización expresa de la Diputación, cuyo trámite interno se ajustará al siguiente
procedimiento:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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2.2. Acta de recepción o de finalización de los trabajos, en caso de obras o relación de facturas
en caso de equipamiento.
2.3. Carta de pago del ingreso recibido individualizada por cada uno de los proyectos
concedidos. Solo se admitirá la acumulación de proyectos incluidos dentro de la misma línea de
actuación.
2.4. Fotografía del cartel informativo de la actuación en formato digital en su lugar de
colocación final, siguiendo la Imagen Corporativa del PLAN COHESION@.
2.5. Dossier fotográfico en formato digital (.jpg o .png o .tif) de la obra realizada (antes de la
obra, durante la ejecución de la obra y la obra finalizada totalmente), así como del
equipamiento o suministro adquirido. Este dossier, se remitirá preferentemente a través del
siguiente correo electrónico: planificacion@dip-badajoz.es. Para correos que superen los 10
Mb, deberán utilizar la plataforma https://mercurio.dip-badajoz.es. para lo que nos deberán
solicitar la contraseña al Servicio de Planificación y Seguimiento de Proyectos.
2.6.- Informe sobre el número de personas beneficiarias a las que alcanza la acción
subvencionada.
Ésta documentación se presentará dirigida al Área de Fomento, correspondiendo su gestión al Servicio de Planificación y
Seguimiento de Proyectos.
Queda autorizada expresamente la subcontratación de las actuaciones aprobadas, de acuerdo con al artículo 29 de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, quedando pues autorizada a que la ejecución total o parcial de la
actuación/es que constituye/n el objeto de la subvención sea realizada tanto con medios propios como con contratos con
terceros.
La presentación de estos documentos no exime a la entidad beneficiaria de las actuaciones de control financiero que por la
Intervención puedan realizarse para la comprobación de operaciones individualizadas y concretas, aspectos parciales,
comprobación material de inversiones y cualesquiera otra que resulte necesaria con arreglo a lo que dispone el artículo 220
del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Se podrán solicitar facturas originales o certificaciones de obra, así como los justificantes de pago, documentos contables, o
realización de comprobación material de las actuaciones. Para ello, la Intervención de la Diputación podrá optar por la
solicitud de la documentación que estime conveniente a las entidades beneficiarias, o el examen de la documentación en las
dependencias de la entidad local.
La Intervención, podrá elevar una planificación de control financiero al Presidente de la Entidad, basado en criterios de
auditoría.
El plazo de presentación de la justificación finalizará a los tres meses, contados a partir del día siguiente de la terminación
del periodo de ejecución y pago de las actuaciones (31 de enero de 2023).
Es obligatorio para recibir la subvención cumplir las normas de publicidad e información del PLAN COHESION@ desde el
inicio de las actuaciones hasta final del periodo de elegibilidad. La Diputación de Badajoz supervisará el cumplimiento de
estas medidas entre las Entidades Locales beneficiarias.
El modelo de remisión de la documentación para la justificación del objeto de la subvención conforme al modelo
normalizado (anexo 9 y 10) estarán disponibles en la sede electrónica de la Diputación de Badajoz, ubicada en la página
principal de la Diputación de Badajoz en la siguiente dirección: https://sede.dip-badajoz.es/index.php?id=entidades
Los anexos correspondientes estarán disponibles en el siguiente enlace web:
http://www.dip-badajoz.es/ciudadanos/atencion/index.php?seleccion=_doc http://fomento.dip-badajoz.es/formularios.php.
Excepcionalmente, los beneficiarios del Plan, podrán solicitar la prórroga de la justificación, según anexo 6.C, con los
siguientes requisitos:
A) La solicitud tendrá que tener registro antes de la finalización del plazo máximo establecido para la
presentación de la justificación.
B) Requerirá autorización expresa de la Diputación, cuyo trámite interno se ajustará al siguiente
procedimiento:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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