Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad de Aguas y Servicios de la Comarca de Llerena. Recursos Humanos (Badajoz). Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (1311/2021)
Bases que han de regir la convocatoria de una bolsa de trabajo de personal laboral temporal para el acceso a la categoría de Trabajador/a Social
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Mancomunidad de Aguas y Servicios de la Comarca de Llerena

Anuncio 1311/2021

integrante de la misma, quedando en situación de «ilocalizable».
Igualmente, y siempre que los medios técnicos lo permitan, se enviará al teléfono de la persona en situación de
«ilocalizable» un mensaje de texto informándole la imposibilidad de contacto y que ha pasado a esta situación Las personas
integrantes de la Bolsa que cambien el número de teléfono vendrán obligadas a comunicarlo a la Mancomunidad.
El aspirante dispondrá de 2 días naturales desde el llamamiento para presentar la documentación acreditativa del
mantenimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria, y documento de aceptación o rechazo de la oferta. En el
supuesto de no presentarla en el plazo indicado, se entenderá que rechaza la oferta.
7.3.- Rechazo de ofertas:
Las causas que justifican el rechazo de una oferta de contrato son las siguientes:
a) Por razón de enfermedad que le impida el desempeño del trabajo en el momento del llamamiento. Esta
situación se justificará mediante la aportación de la correspondiente baja médica o certificado médico oficial.
b) Por encontrarse disfrutando la licencia de maternidad, paternidad o adopción, durante el tiempo que
legalmente corresponda. Esta situación se justificará con fotocopia del Libro de Familia o en su defecto
informe médico de maternidad.
c) Por ser cuidadora/or principal de persona dependiente. Esta situación se justificará por medio de
documentación acreditativa de tal condición.
d) Por ejercer cargo público representativo que imposibilite la asistencia al trabajo debidamente acreditado.
La persona integrante de bolsa en la que se dé una causa justificada pasará a situación de "suspensa pendiente de justificar"
en tanto que presenta la documentación necesaria que se remitirá por escrito al Registro General de la Mancomunidad en el
plazo máximo de diez días hábiles a contar desde la fecha de la comunicación.
Si presenta la documentación en plazo pasará a la situación de "suspensa/o justificado", manteniéndose el puesto de la
relación de personas candidatas. Y, si no lo hiciera pasará a situación de rechazo sin justificación y se situará al final de la
lista de inscritos.
La persona en situación de "suspensa/o justificado", no será llamada a ocupar vacantes en tanto no comunique el cese de la
situación justificada.
La persona interesada deberá comunicar el cese del motivo que dio lugar a la situación de "suspensa/o justificada" y solicitar
su pase a la situación de "disponible" mediante escrito al efecto dirigido al Área responsable en materia de personal, que
deberá acompañar de la documentación acreditativa de la desaparición de la causa por la que se encontraba en la anterior
situación.
Las causas de exclusión definitiva (situación "excluida/o").
a) Simular o falsear cualquiera de las causas que justifican el rechazo de ofertas de trabajo.
b) No cumplir con los requisitos de aspirantes fijados en el punto 3 de estas bases.
c) Haber sufrido la separación o despido del servicio mediante expediente disciplinario, así como haber sido
inhabilitado/a judicialmente.
d) Toda renuncia voluntaria o ruptura de la relación laboral temporal con la Mancomunidad Integral de Aguas
y Servicios de la Comarca de Llerena.
e) Rechazar la plaza ofertada en dos ocasiones sin presentar causa que justifique el rechazo.
Quienes hayan sido contratados, una vez cesados volverán a ocupar el mismo lugar que tenían en la bolsa.
8. INCIDENCIAS.
Contra estas bases, su convocatoria y cuantos se deriven de las mismas y de la actuación del Tribunal, se podrán interponer
impugnaciones por las personas interesadas en los casos y en la forma establecidos por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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