Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad de Aguas y Servicios de la Comarca de Llerena. Recursos Humanos (Badajoz). Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (1311/2021)
Bases que han de regir la convocatoria de una bolsa de trabajo de personal laboral temporal para el acceso a la categoría de Trabajador/a Social
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Mancomunidad de Aguas y Servicios de la Comarca de Llerena

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c) Servicios efectivos prestados como Trabajador/a Social para empresas privadas: 0,05 puntos por cada 30
días de servicios. A estos efectos se despreciarán las fracciones. La puntuación máxima a obtener en este
apartado será de 1 punto como máximo.
d) Por cursos de formación directamente relacionados con el puesto de trabajo a desempeñar, convocados o
realizados en colaboración con organismos públicos o sindicatos o asociaciones sindicales, hasta un máximo
2,5 puntos:
Cursos de 40 a 100 horas 0,5 puntos por cada curso.
Cursos de más de 100 horas 1 puntos por cada curso.

Los cursos a valorar deberán ser debidamente acreditados mediante el correspondiente certificado. No se tendrán en
cuenta aquellos en los que no conste el número de horas.
7. FINALIZACIÓN DE PROCESO Y FUNCIONAMIENTO DE LA BOLSA DE TRABAJO.
Concluido el proceso de selección el Sr. Presidente dictará resolución por la que se constituirá la bolsa de trabajo y
dispondrá su publicación, junto con la relación ordenada de aspirantes seleccionados y la calificación obtenida por cada uno,
en el tablón de anuncios y en la página web de la Mancomunidad Integral de Aguas y Servicios de la Comarca de Llerena.
El mero hecho de formar parte de la bolsa de trabajo no generará ningún derecho de contratación laboral por parte de la
Mancomunidad Integral de Aguas y Servicios de la Comarca de Llerena en favor de los aspirantes seleccionados.
Constituirán la bolsa de trabajo aquellas personas que hayan obtenido una nota mínima de 5 puntos en la prueba de
selección. La puntuación de cada persona será el resultado de sumar las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y
de concurso.
7.1. Orden de la bolsa de trabajo:
El orden de prelación de las personas aspirantes en las bolsas de trabajo será el que resulte de la prueba selectiva, de forma
que se aplicarán sucesivamente los siguientes criterios:
1.º.- Mayor puntuación en la prueba de selección.
2.º.- En caso de empate, se tendrá en cuenta la mayor nota obtenida en la fase de oposición.
3.º.- En caso de persistir el empate, se tendrá en cuenta la mayor puntuación obtenida en la fase de concurso
en el apartado de experiencia profesional.
7.2.- Procedimiento de llamamientos:
El Área competente en materia de personal de la Mancomunidad Integral de Aguas y Servicios de la Comarca de Llerena
realizará los llamamientos atendiendo al orden de prelación de la bolsa de trabajo, de acuerdo con el siguiente
procedimiento:
a. Los llamamientos seguirán el orden de la bolsa de trabajo.
b. Los llamamientos se efectuarán a través de llamada telefónica por el personal encargado de la gestión de
las bolsas de trabajo.
Se realizará un máximo de tres llamadas al número de teléfono facilitado por cada integrante de bolsa, con un intervalo
aproximado de dos horas entre cada una de ellas. Dicho proceso, se realizará durante dos días hábiles.
Siempre que los medios técnicos lo permitan, se enviará al teléfono de la persona un mensaje de texto informándole de que
se le han realizado tres llamadas y no ha sido posible localizarla.
De constar una dirección de correo electrónico, se remitirá la oferta, concediéndole un plazo de dos días hábiles desde el
envío del correo para ponerse en contacto con el personal que gestione las bolsas de trabajo.
Si no es posible contactar con la persona integrante de la bolsa, se seguirán ofertando las propuestas a la siguiente persona
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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