Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Integral de Aguas y Servicios de la Comarca de Llerena. Secretaría General. Servicio de Planeamiento y Gestión (Badajoz). (1162/2021)
Convocatoria y bases para crear una bolsa de trabajo mediante el sistema de concurso-oposición de Dinamizador/a Deportivo/a
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Mancomunidad Integral de Aguas y Servicios de la Comarca de Llerena

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De igual modo no se valorarán certificaciones de carreras universitarias no acabadas y/o certificados de
asignaturas independientes. Tampoco se valorarán cursos con menos horas de las establecidas, ni
inacabados, ni aquellos en los que no consten las horas realizadas, ni módulos de cursos.
Se presentará copia compulsada de los documentos alegados.
8.- FUNCIONAMIENTO DE LA BOLSA DE TRABAJO.
Constituirán la bolsa de trabajo aquellas personas que hayan obtenido una nota mínima de 5 puntos en la prueba de
selección. La puntuación de cada persona será el resultado de sumar las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y
de concurso.
8.1.- Orden de la bolsa de trabajo:
El orden de prelación de las personas aspirantes en las bolsas de trabajo será el que resulte de la prueba selectiva, de forma
que se aplicarán sucesivamente los siguientes criterios:
1.º.- mayor puntuación en la prueba de selección.
2.º.- En caso de empate, se tendrá en cuenta la mayor nota obtenida en la fase de oposición.
3.º.- En caso de persistir el empate, se tendrá en cuenta la mayor puntuación obtenida en la fase de concurso
en el apartado de experiencia profesional.
8.2.- Procedimiento de llamamientos:
El Área competente en materia de personal de la Mancomunidad Integral de Aguas y Servicios de la Comarca de Llerena
realizará los llamamientos atendiendo al orden de prelación de la bolsa de trabajo, de acuerdo con el siguiente
procedimiento:
a. Los llamamientos seguirán el orden de la bolsa de trabajo.
b. Los llamamientos se efectuarán a través de llamada telefónica por el personal encargado de la gestión de
las bolsas de trabajo.
Se realizará un máximo de tres llamadas al número de teléfono facilitado por cada integrante de bolsa, con un intervalo
aproximado de dos horas entre cada una de ellas. Dicho proceso, se realizará durante dos días hábiles.
Siempre que los medios técnicos lo permitan, se enviará al teléfono de la persona un mensaje de texto informándole de que
se le han realizado tres llamadas y no ha sido posible localizarla.
De constar una dirección de correo electrónico, se remitirá la oferta, concediéndole un plazo de dos días hábiles desde el
envío del correo para ponerse en contacto con el personal que gestione las bolsas de trabajo.
Si no es posible contactar con la persona integrante de la bolsa, se seguirán ofertando las propuestas a la siguiente persona
integrante de la misma, quedando en situación de «ilocalizable».
Igualmente, y siempre que los medios técnicos lo permitan, se enviará al teléfono de la persona en situación de
«ilocalizable» un mensaje de texto informándole la imposibilidad de contacto y que ha pasado a esta situación Las personas
integrantes de la Bolsa que cambien el número de teléfono vendrán obligadas a comunicarlo a la Mancomunidad.
El aspirante dispondrá de dos días naturales desde el llamamiento para presentar la documentación acreditativa del
mantenimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria, y documento de aceptación o rechazo de la oferta. En el
supuesto de no presentarla en el plazo indicado, se entenderá que rechaza la oferta.
8.3.- Rechazo de ofertas:
Las causas que justifican el rechazo de una oferta de contrato son las siguientes:
a) Por razón de enfermedad que le impida el desempeño del trabajo en el momento del llamamiento. Esta
situación se justificará mediante la aportación de la correspondiente baja médica o certificado médico oficial.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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