Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Cooperación Internacional al Desarrollo (Badajoz). (1105/2021)
Bases específicas de la convocatoria reguladora de subvenciones de la Diputación de Badajoz destinadas a ONGDs para la realización de proyectos de Cooperación Internacional al Desarrollo, ejercicio económico 2021
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Área de Cooperación Internacional al Desarrollo
Anuncio 1105/2021
No obstante lo anterior, y de conformidad con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, por la
que se regula el Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las solicitudes podrán presentarse
en cualesquiera de los lugares y por los medios establecidos en dicho precepto. Igualmente se podrá hacer uso, para la
presentación de las solicitudes y de la documentación requerida, de la aplicación informática que interactúen con el Sistema
de Interconexión de Registro (SIR). A dichos efectos, los anexos a esta convocatoria se podrán descargar en la siguiente
dirección.
http://www.dip-badajoz.es/diputacion/subvenciones/index.php
http://www.dip-badajoz.es/ciudadanos/atencion/index.php?seleccion=_doc
En cualquier caso, la presentación de la solicitud para participar en la convocatoria supone la aceptación de la subvención
por parte del solicitante de la misma, así como de las obligaciones que de ella se derivan, en caso de concederse la
subvención solicitada.
La presentación de la solicitud conllevará la autorización del solicitante para que el órgano gestor obtenga de forma directa
la acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias con la administración estatal, provincial y con la Seguridad
Social. No obstante, el solicitante podrá denegar expresamente el consentimiento, debiendo aportar entonces las
certificaciones acreditativas correspondientes.
La Administración obtendrá de oficio el certificado de inscripción en el Registro de Organizaciones No Gubernamentales
para el Desarrollo de la Junta de Extremadura o del Registro de Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo adscrito
a la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo.
Se deberá presentar la siguiente documentación:
1. Solicitud, que se ajustará al formato que figura en el anexo I, firmada por el representante legal de la
entidad.
2. Declaración responsable (según anexo II) sobre otras ayudas solicitadas y/o concedidas, así como cumplir
con los requisitos para obtener la condición de beneficiario previstos en el artículo 13 de la Ley 38/2003,
General de Subvenciones, de 17 de noviembre.
3. Declaración de haber aportado en convocatorias anteriores los documentos a que se refiere el anexo III, en
caso de no hacer entrega del anexo III, se deberá aportar:
a) Copia del CIF de la entidad, b) Copia de los estatutos de la entidad en los que se señale claramente
tener entre sus fines la realización de proyectos de acción social, según los criterios y objetivos del Plan
Estratégico de Subvenciones de esta Corporación, c) Documento que acredite la representación legal
del firmante de la solicitud.
4. Formulario de identificación del proyecto (anexo IV), incluidos objetivos, resultados, actividades,
cronograma, presupuesto total del proyecto diferenciando ingresos y gastos y desglosando, en su caso, las
distintas aportaciones tanto de fondos propios como de subvenciones, transferencias o aportaciones de otros
entes públicos o privados para el proyecto objeto de esta solicitud.
5. Documento acreditativo o certificado de tener sede o delegación en la provincia de Badajoz.
6. Terceros. Para aquellas asociaciones que no estén inscritas en el Registro de Terceros de la Diputación o
que, estando inscritas, hayan modificado los datos incluidos en el mencionado Registro, deberán presentar
modelo de alta a terceros y modelo de certificación bancaria necesariamente a través de la sede electrónica
en la siguiente dirección electrónica:
https://eadministracion.dip-badajoz.es/portal/contenedor.do?det_cod=158&ent_id=10&idioma=
1
7. Certificados acreditativos del cumplimiento de las obligaciones de naturaleza tributaria con la Hacienda
estatal, Provincial y con la Seguridad Social, solo en el caso que el interesado deniegue expresamente su
consentimiento para que el órgano gestor recabe los mismos.
Únicamente será subvencionable un único proyecto por ONG, el cual deberá ser ejecutado en el ejercicio
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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No obstante lo anterior, y de conformidad con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, por la
que se regula el Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las solicitudes podrán presentarse
en cualesquiera de los lugares y por los medios establecidos en dicho precepto. Igualmente se podrá hacer uso, para la
presentación de las solicitudes y de la documentación requerida, de la aplicación informática que interactúen con el Sistema
de Interconexión de Registro (SIR). A dichos efectos, los anexos a esta convocatoria se podrán descargar en la siguiente
dirección.
http://www.dip-badajoz.es/diputacion/subvenciones/index.php
http://www.dip-badajoz.es/ciudadanos/atencion/index.php?seleccion=_doc
En cualquier caso, la presentación de la solicitud para participar en la convocatoria supone la aceptación de la subvención
por parte del solicitante de la misma, así como de las obligaciones que de ella se derivan, en caso de concederse la
subvención solicitada.
La presentación de la solicitud conllevará la autorización del solicitante para que el órgano gestor obtenga de forma directa
la acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias con la administración estatal, provincial y con la Seguridad
Social. No obstante, el solicitante podrá denegar expresamente el consentimiento, debiendo aportar entonces las
certificaciones acreditativas correspondientes.
La Administración obtendrá de oficio el certificado de inscripción en el Registro de Organizaciones No Gubernamentales
para el Desarrollo de la Junta de Extremadura o del Registro de Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo adscrito
a la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo.
Se deberá presentar la siguiente documentación:
1. Solicitud, que se ajustará al formato que figura en el anexo I, firmada por el representante legal de la
entidad.
2. Declaración responsable (según anexo II) sobre otras ayudas solicitadas y/o concedidas, así como cumplir
con los requisitos para obtener la condición de beneficiario previstos en el artículo 13 de la Ley 38/2003,
General de Subvenciones, de 17 de noviembre.
3. Declaración de haber aportado en convocatorias anteriores los documentos a que se refiere el anexo III, en
caso de no hacer entrega del anexo III, se deberá aportar:
a) Copia del CIF de la entidad, b) Copia de los estatutos de la entidad en los que se señale claramente
tener entre sus fines la realización de proyectos de acción social, según los criterios y objetivos del Plan
Estratégico de Subvenciones de esta Corporación, c) Documento que acredite la representación legal
del firmante de la solicitud.
4. Formulario de identificación del proyecto (anexo IV), incluidos objetivos, resultados, actividades,
cronograma, presupuesto total del proyecto diferenciando ingresos y gastos y desglosando, en su caso, las
distintas aportaciones tanto de fondos propios como de subvenciones, transferencias o aportaciones de otros
entes públicos o privados para el proyecto objeto de esta solicitud.
5. Documento acreditativo o certificado de tener sede o delegación en la provincia de Badajoz.
6. Terceros. Para aquellas asociaciones que no estén inscritas en el Registro de Terceros de la Diputación o
que, estando inscritas, hayan modificado los datos incluidos en el mencionado Registro, deberán presentar
modelo de alta a terceros y modelo de certificación bancaria necesariamente a través de la sede electrónica
en la siguiente dirección electrónica:
https://eadministracion.dip-badajoz.es/portal/contenedor.do?det_cod=158&ent_id=10&idioma=
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7. Certificados acreditativos del cumplimiento de las obligaciones de naturaleza tributaria con la Hacienda
estatal, Provincial y con la Seguridad Social, solo en el caso que el interesado deniegue expresamente su
consentimiento para que el órgano gestor recabe los mismos.
Únicamente será subvencionable un único proyecto por ONG, el cual deberá ser ejecutado en el ejercicio
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
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