Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Cooperación Internacional al Desarrollo (Badajoz). (1105/2021)
Bases específicas de la convocatoria reguladora de subvenciones de la Diputación de Badajoz destinadas a ONGDs para la realización de proyectos de Cooperación Internacional al Desarrollo, ejercicio económico 2021
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Área de Cooperación Internacional al Desarrollo

Anuncio 1105/2021

fondos ha sido financiada esta.
Relación clasificada de los gastos financiados con la subvención de
Diputación de Badajoz, con indicación de número de factura, acreedor,
importe, fecha de emisión, fecha de pago y en su caso, importe parcial
imputado a la subvención de Diputación de Badajoz.
Relación clasificada de los gastos financiados con fondos propios u otras
subvenciones o recursos, con indicación de número de factura, acreedor,
importe, fecha de emisión, fecha de pago y en su caso, importe parcial
imputado indicando la entidad financiadora.
Los ingresos o subvenciones que hayan financiado el proyecto o la
actividad subvencionada, con acreditación de los importes e indicación de
los CIF.
B) Facturas o documentos admitidos en tráfico mercantil que cumplan los
requisitos necesarios que establece el RD 1619/2012 o la legislación aplicable,
demostrativos de los gastos realizados y financiados con aportación de
Diputación. Dichas facturas/documentos serán presentados en formato digital
(escaneados o electrónicos), y no requerirán compulsa ni estampillado. La no
presentación de facturas/documentos originales o compulsadas, no exime en
ningún caso al beneficiario, de su obligación de custodia y puesta a disposición
de las mismas si le son requeridas por la Administración. En cualquier caso, la
remisión a través de la sede electrónica por el representante de la entidad,
donde quede constancia de su firma, presupondrá la originalidad de los
documentos presentados.
C) En lo referente a gastos de personal, se justificarán mediante las nóminas
correspondientes y con arreglo a la legislación laboral del país que corresponda,
o con las minutas o facturas de honorarios profesionales (emitidas con todos los
requisitos legales).
D) En el caso que, por especiales dificultades (acreditables) del país de ejecución
del proyecto, no se puedan presentar las facturas originales, será suficiente la
presentación de copias compulsadas junto con la declaración jurada del
responsable de la organización de que esas facturas no serán utilizadas para
justificar otras subvenciones y que las mismas están a disposición de la
Diputación provincial para que puedan ser vistas sobre terreno y estampilladas.
E) En el caso de gastos realizados en monedas diferentes al euro, en la cuenta
justificativa deberá aparecer el valor de la moneda local y su contravalor en
euros. Los beneficiarios, a fin de simplificar las justificaciones, podrán justificar el
cambio de moneda de euros a la moneda local en una sola operación cambiaria
por el monto total de la subvención concedida, pudiendo así justificar un único
cambio oficial de monedas. Esto deberá acreditarse mediante la presentación de
un documento bancario que especifique el tipo de cambio vigente en el día del
traspaso al socio local. Los documentos justificativos de los gastos deberán
adjuntar la correspondiente traducción, en su caso.
F) Para los proyectos donde se subvencione la adquisición o arrendamiento de
terrenos e inmuebles, se deberá aportar: a) Documento justificativo acreditativo
de la compra o arrendamiento en el que conste el precio y la forma de pago. b)
Documentación probatoria, de acuerdo a la legislación del país correspondiente,
donde se especifique el régimen de propiedad y la titularidad del inmueble, en el
supuesto de adquisición, y c) Compromiso de afectación del inmueble al
proyecto por un periodo de tiempo no inferior a 25 años, en el supuesto de
adquisición.
G) Para aquellos proyectos donde se subvencionen Infraestructuras,
contratación y/o reforma de inmuebles: Se podrá imputar con cargo a esta
partida los gastos correspondientes a la mano de obra, dirección de obra,
material de construcción, licencias de obras y tasas etc.,
H) En cuanto a la justificación del pago efectivo de los gastos, se realizará
mediante cualquier documento con validez jurídica en el ámbito mercantil, como
copias de transferencias bancarias, o cheques con extracto bancario justificativo
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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