Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Ribera del Fresno. Gestión Tributaria (Mérida). Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (1010/2021)
Bases para la provisión de dos plazas de Auxiliar Administrativo, mediante el sistema de oposición
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Ribera del Fresno
Anuncio 1010/2021
El sistema de provisión de la plaza convocada será por oposición, según se indica en la base primera de esta
convocatoria.
La oposición constará de los siguientes ejercicios, todos ellos obligatorios y eliminatorios:
Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito en un tiempo máximo de una hora, a un cuestionario de 50
preguntas, con tres opciones de respuesta, siendo únicamente una de ellas correcta, relacionadas con el temario
anexo.
Los cuestionarios que se propongan contendrán 5 preguntas adicionales tipo test, las cuales sustituirán por
su orden correlativamente a aquellas preguntas que, en su caso, sean objeto de anulación con posterioridad
al inicio de los ejercicios.
La calificación del primer ejercicio se realizará de manera objetiva, en función del número de aciertos
obtenidos, errores y omisiones. Dos preguntas contestadas incorrectamente restarán una pregunta
contestada correctamente. Las preguntas en blanco ni puntúan ni penalizan. Este ejercicio se calificará de 0 a
10 puntos, siendo necesario para pasar al segundo ejercicio obtener al menos un 5 en el primero.
Segundo ejercicio: De carácter práctico. Consistirá en la resolución de un supuesto práctico relacionado con los
temas del programa anexo y con las tareas propias de la plaza, a determinar por el Tribunal Calificador y en el tiempo
máximo que dicho Tribunal estime necesario.
La calificación del segundo ejercicio será valorada por la puntuación otorgada por cada uno de los miembros
del Tribunal con derecho a voto calculándose posteriormente la media aritmética. En el supuesto de que
alguna de las puntuaciones otorgadas difiera en más de dos puntos por exceso o por defecto de la media,
serán eliminadas estas y se volverá a calcular la media con las puntuaciones no eliminadas.
Este ejercicio también se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario para superarlo el obtener un mínimo de
5 puntos.
Entre la finalización de una prueba y el comienzo de la siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de 48
horas y un máximo de 45 días naturales.
El resultado final de la oposición vendrá determinado por la suma de las puntuaciones de cada uno de los
ejercicios.
Será seleccionado el aspirante que haya obtenido la mayor puntuación sin que pueda superar el proceso
selectivo un número superior de aspirantes al de las plazas objeto de esta convocatoria.
El programa de la convocatoria está recogido en el anexo II de las presentes bases, sin perjuicio de las
posibles modificaciones que se pudieran producir en mismo. No obstante, en la totalidad del proceso
selectivo, deberá exigirse por el Tribunal y el aspirante deberá ajustarse a la normativa vigente el día de la
publicación de la resolución por la que se aprueba la relación definitiva de admitidos y excluidos, en la que se
fija la fecha de celebración del primer ejercicio.
Los aspirantes serán convocados para los ejercicios en llamamiento único y deberán de ir provistos del DNI La
no presentación al ejercicio en el momento de ser llamados, comporta que decae automáticamente en su
derecho a participar en el mismo y, en consecuencia, quedará excluido del proceso selectivo.
Si fuese necesario, el orden de actuación de los aspirantes se realizará por orden alfabético resultante del
sorteo público que se haga anterior a la prueba que lo precise.
El Tribunal, salvo razones que justifiquen lo contrario, adoptará las medidas oportunas para que los ejercicios
sean corregidos sin conocer la identidad del aspirante.
De cada sesión que celebre el Tribunal, el Secretario levantará acta donde se harán constar las calificaciones
de los ejercicios de los aspirantes y las incidencias y votaciones que se produzcan.
Las actas, numeradas y rubricadas, constituirán el expediente de las pruebas selectivas. Juntamente con el
acta se unirá al expediente las hojas de examen o ejercicios realizados por los opositores.
Si durante el transcurso del procedimiento selectivo llegara a conocimiento del Tribunal o del órgano
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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El sistema de provisión de la plaza convocada será por oposición, según se indica en la base primera de esta
convocatoria.
La oposición constará de los siguientes ejercicios, todos ellos obligatorios y eliminatorios:
Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito en un tiempo máximo de una hora, a un cuestionario de 50
preguntas, con tres opciones de respuesta, siendo únicamente una de ellas correcta, relacionadas con el temario
anexo.
Los cuestionarios que se propongan contendrán 5 preguntas adicionales tipo test, las cuales sustituirán por
su orden correlativamente a aquellas preguntas que, en su caso, sean objeto de anulación con posterioridad
al inicio de los ejercicios.
La calificación del primer ejercicio se realizará de manera objetiva, en función del número de aciertos
obtenidos, errores y omisiones. Dos preguntas contestadas incorrectamente restarán una pregunta
contestada correctamente. Las preguntas en blanco ni puntúan ni penalizan. Este ejercicio se calificará de 0 a
10 puntos, siendo necesario para pasar al segundo ejercicio obtener al menos un 5 en el primero.
Segundo ejercicio: De carácter práctico. Consistirá en la resolución de un supuesto práctico relacionado con los
temas del programa anexo y con las tareas propias de la plaza, a determinar por el Tribunal Calificador y en el tiempo
máximo que dicho Tribunal estime necesario.
La calificación del segundo ejercicio será valorada por la puntuación otorgada por cada uno de los miembros
del Tribunal con derecho a voto calculándose posteriormente la media aritmética. En el supuesto de que
alguna de las puntuaciones otorgadas difiera en más de dos puntos por exceso o por defecto de la media,
serán eliminadas estas y se volverá a calcular la media con las puntuaciones no eliminadas.
Este ejercicio también se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario para superarlo el obtener un mínimo de
5 puntos.
Entre la finalización de una prueba y el comienzo de la siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de 48
horas y un máximo de 45 días naturales.
El resultado final de la oposición vendrá determinado por la suma de las puntuaciones de cada uno de los
ejercicios.
Será seleccionado el aspirante que haya obtenido la mayor puntuación sin que pueda superar el proceso
selectivo un número superior de aspirantes al de las plazas objeto de esta convocatoria.
El programa de la convocatoria está recogido en el anexo II de las presentes bases, sin perjuicio de las
posibles modificaciones que se pudieran producir en mismo. No obstante, en la totalidad del proceso
selectivo, deberá exigirse por el Tribunal y el aspirante deberá ajustarse a la normativa vigente el día de la
publicación de la resolución por la que se aprueba la relación definitiva de admitidos y excluidos, en la que se
fija la fecha de celebración del primer ejercicio.
Los aspirantes serán convocados para los ejercicios en llamamiento único y deberán de ir provistos del DNI La
no presentación al ejercicio en el momento de ser llamados, comporta que decae automáticamente en su
derecho a participar en el mismo y, en consecuencia, quedará excluido del proceso selectivo.
Si fuese necesario, el orden de actuación de los aspirantes se realizará por orden alfabético resultante del
sorteo público que se haga anterior a la prueba que lo precise.
El Tribunal, salvo razones que justifiquen lo contrario, adoptará las medidas oportunas para que los ejercicios
sean corregidos sin conocer la identidad del aspirante.
De cada sesión que celebre el Tribunal, el Secretario levantará acta donde se harán constar las calificaciones
de los ejercicios de los aspirantes y las incidencias y votaciones que se produzcan.
Las actas, numeradas y rubricadas, constituirán el expediente de las pruebas selectivas. Juntamente con el
acta se unirá al expediente las hojas de examen o ejercicios realizados por los opositores.
Si durante el transcurso del procedimiento selectivo llegara a conocimiento del Tribunal o del órgano
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