3. Otras disposiciones. . (2025/151-19)
Resolución de 1 de agosto de 2025, de la Dirección General de Innovación y Formación del Profesorado, sobre medidas para el impulso de la Competencia Digital en los centros docentes sostenidos con fondos públicos en el Marco del Programa de Cooperación Territorial Código Escuela 4.0.
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Número 151 - Jueves, 7 de agosto de 2025
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1. Medidas de apoyo para el diseño e implementación del Proyecto STEAM 4.0.
Para facilitar el proceso de diseño e implementación del Proyecto STEAM 4.0 en los
centros educativos que impartan algunas de las enseñanzas correspondientes al segundo
ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria y/o Educación Secundaria Obligatoria,
desde la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional se pondrán en
marcha las siguientes actuaciones:
Actuación 1: Dotación de equipamiento.
El correcto desarrollo de las competencias digitales, en concreto del pensamiento
computacional, la programación, la robótica y el uso de la inteligencia artificial, necesita
que las administraciones educativas doten de un equipamiento específico a los centros
sostenidos con fondos públicos contemplados en esta actuación.
Este material debe permitir el trabajo y desarrollo con el alumnado de situaciones y
actividades de aprendizaje en torno a estas competencias digitales. Así, estas dotaciones
incluirán la adquisición de herramientas de software y hardware (robots didácticos, placas
programables, sensores y actuadores, etc.), siempre tratando de optimizar la relación
entre el nivel de impacto sobre el aula de los recursos empleados y el coste económico
asociado.
Esta dotación tendrá en cuenta las particularidades del alumnado y de la etapa
educativa a la que esté dirigida.
Actuación 2: Acompañamiento al profesorado.
La integración del pensamiento computacional, los lenguajes de programación y
la robótica educativa en las aulas con el alumnado, como elementos novedosos en los
currículos educativos, requieren de la disponibilidad de recursos didácticos y formativos y,
especialmente, de un adecuado acompañamiento del profesorado para una incorporación
significativa y eficaz de actividades de enseñanza y aprendizaje que ayuden al alumnado
a desarrollar sus habilidades en estas competencias.
Para ello, todos los centros sostenidos con fondos públicos que impartan algunas
de las enseñanzas correspondientes al segundo ciclo de Educación Infantil, Educación
Primaria y/o Educación Secundaria Obligatoria, así como su alumnado de manera
indirecta, recibirán el acompañamiento suficiente para el desarrollo del programa.
Este acompañamiento al profesorado se llevará a cabo a través de las siguientes
medidas:
1. Creación de una red de asesorías especializadas para dar soporte técnico y
pedagógico al profesorado.
La Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional nombrará una red de
docentes a través de una convocatoria pública para la provisión de puestos en comisión de
servicios para que constituyan una red de Asesorías Técnicas de Innovación (en adelante
ATI) cuya función principal será el acompañamiento y apoyo al profesorado durante todo
el proceso.
Los responsables de realizar el acompañamiento al profesorado deberán contar con
un perfil técnico-pedagógico que les permita asesorar a sus centros de referencia en la
aplicación en el aula del pensamiento computacional, los lenguajes de programación, la
robótica educativa y el buen uso de la inteligencia artificial.
Para ello, las ATI tendrán asignadas determinadas funciones que facilitarán:
- El diseño e implementación del Proyecto STEAM 4.0.
- La puesta en práctica y evaluación de situaciones de aprendizaje y actividades para
el aula que cumplan con el desarrollo de las capacidades del alumnado en programación,
robótica y pensamiento computacional observado en el currículo educativo para estas
etapas educativas.
- La creación de Recursos Educativos Abiertos.
- El soporte técnico y pedagógico sobre la dotación asignada a través de esta
actuación.
- El cumplimiento de las medidas de verificación y seguimiento establecidas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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