Autoridades y personal. . (2025/134-25)
Resolución de 10 de julio de 2025, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se convoca proceso selectivo de acceso libre para ingreso en el Cuerpo Superior Facultativo de la Administración General de la Junta de Andalucía, especialidad Gestión en Prevención de Riesgos Laborales.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 134 - Martes, 15 de julio de 2025
página 9988/16

Octava. Presentación de documentación y solicitud de destinos.
1. La Dirección General competente en materia de función pública realizará, mediante
publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, y a título informativo en la Sede
Electrónica general de la Administración de la Junta de Andalucía
(https://juntadeandalucia.es/servicios/sede.html), la oferta de vacantes a las personas
que hayan superado el proceso selectivo, debiendo ofertarse al menos el mismo número
de plazas que personas seleccionadas, efectuando para ello previamente los ajustes en
la plantilla presupuestaria que resultaren necesarios de conformidad con lo dispuesto en
la Ley del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía
1.1. Las personas aspirantes con discapacidad que necesiten adaptaciones que
hayan de ser tenidas en cuenta por la Dirección General de Recursos Humanos y Función
Pública para realizar la oferta de vacantes, deberán comunicarlo en el plazo de quince
días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la relación definitiva
de personas aprobadas, mediante escrito dirigido a esta, el cual será presentado de
forma electrónica a través del Registro Electrónico Único de la Junta de Andalucía.
1.2. A tales efectos, la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública les
podrá requerir la información que estime necesaria en orden a la adaptación solicitada,
así como el dictamen del órgano competente sobre la procedencia de la adaptación y
de la compatibilidad con el desempeño de las funciones y tareas del puesto concreto a
ocupar. El dictamen será expedido por los órganos técnicos de la Administración laboral,
sanitaria o asistencial correspondiente de la comunidad autónoma de Andalucía.
La consejería, el organismo o entidad a la que esté adscrito el puesto de trabajo
será la encargada de la valoración, la realización y la financiación de las adaptaciones
necesarias para la incorporación de la persona con discapacidad.
1.3. Si resultara necesario, la Dirección General de Recursos Humanos y Función
Pública podrá realizar una oferta de vacantes diferenciada para el turno de personas con
discapacidad. En este supuesto, las personas seleccionadas con discapacidad podrán
optar por elegir destino, según el orden establecido en el proceso selectivo, bien de entre
las plazas ofertadas en el turno libre, o de entre las vacantes ofertadas para el turno de
personas con discapacidad.
2. Las personas seleccionadas dispondrán de un plazo diez días hábiles, a contar
desde el día siguiente a la publicación de la oferta de vacantes, para presentar la petición
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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8. La comisión de selección no podrá declarar que ha superado el proceso selectivo
un número superior de personas aspirantes al de plazas convocadas, ello sin perjuicio de
lo dispuesto en el apartado 7 de la base octava.
9. En el supuesto de que alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso
selectivo a causa de parto o embarazo de alto riesgo, debidamente acreditado, su
situación quedará condicionada a la superación de las pruebas que hayan quedado
aplazadas. La realización de las pruebas no podrá demorarse más de 45 días hábiles
desde el llamamiento previsto en la presente base de manera que no se menoscabe el
derecho del resto de las personas aspirantes a una resolución del proceso ajustada a
tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por la comisión de selección, debiendo
realizarse las pruebas, en todo caso, antes de la publicación de la lista de personas
aspirantes que hayan superado el proceso selectivo.
10. En los supuestos previstos en el apartado anterior, las pruebas se aplazarán
por una sola vez y quedarán decaídas en sus derechos quienes no comparezcan,
considerándose que no han completado la oposición. Las personas aspirantes que
soliciten acogerse a estos supuestos deberán dirigir solicitud electrónica a la persona
titular de la Dirección del Instituto Andaluz de Administración Pública, y acompañar a
dicha solicitud la documentación acreditativa de la imposibilidad de acudir al llamamiento
y celebración de las pruebas de las que consta la oposición.