5. Anuncios. . (2025/130-40)
Anuncio de 1 de julio de 2025, de la Agencia Digital de Andalucía, para la formalización de un convenio de colaboración con la Agencia Digital de Andalucía, para la puesta en marcha de un laboratorio de Ciberseguridad en Málaga en el marco del programa Retech y del Plan de recuperación, Transformación y Resiliencia-Next Generation EU.
16 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 130 - Miércoles, 9 de julio de 2025
página 9731/8

8. JUSTIFICACIÓN
La justificación de las actuaciones se desarrollará en los términos que se concreten
en el Convenio de colaboración, e incluirá, al menos, los siguientes mecanismos:
a) Justificación mensual: mediante la presentación de un informe de seguimiento que
permita evaluar el desarrollo del proyecto y el cumplimiento de los hitos establecidos.
b) Justificación anual: Mediante la entrega de una memoria de actuación que detalle
las actividades realizadas durante el ejercicio, así como los resultados obtenidos en
relación con los compromisos asumidos.
c) Justificación final de cada fase: al término de la fase 1 y de la fase 2, la entidad
colaboradora deberá pre-sentar una memoria económico-financiera que recoja todos los
gastos ejecutados y actividades realizadas. Esta memoria irá acompañada de:
- Una auditoría externa independiente de las cuentas justificativas, que garantice la
veracidad, trazabilidad y conformidad de los gastos con la normativa aplicable.
- Cualquier otra documentación adicional que pudiera requerirse para la correcta
justificación de los fondos europeos, en cumplimiento de los principios de gestión,
auditoría, control y transparencia del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
La entidad colaboradora mantendrá la custodia de los justificantes de gastos y pagos
realizados y se compromete a ponerlos a disposición de la Comisión y de los órganos
de control y auditoría competentes durante el periodo legal regulado en las normas
nacionales y comunitarias.
La Comisión verificará que los gastos realizados en ejecución del convenio resulten
de acuerdo con las normas y criterios previstos y acordados, pudiendo solicitar el
reintegro a la entidad colaboradora de aquellas cantidades que no se hayan ejecutado
conforme a las mismas, sobre cualquier pago anticipado.
Asimismo, se comprometen a facilitar, en cualquier momento, el acceso a dicha
documentación por parte de:
- La Agencia Digital de Andalucía.
- El Instituto Nacional de Ciberseguridad (INCIBE), en su función de coordinación
técnica.
- La Intervención General de la Junta de Andalucía.
- La Cámara de Cuentas de Andalucía.
- El Tribunal de Cuentas de España.
- El Tribunal de Cuentas de la Unión Europea.
- La Comisión Europea.
- La Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF).
- La Fiscalía Europea.
- Cualquier otra autoridad, entidad u órgano nacional o europea habilitada.
La verificación de la elegibilidad de los gastos corresponderá a ADA, que podrá
rechazar aquellos que no se ajusten a los criterios establecidos, requiriendo el reintegro
total o parcial de los importes anticipados indebidamente aplicados o no justificados.
En todas las actuaciones de comunicación, difusión, formación, documentación
técnica o publicaciones científicas realizadas en el marco del proyecto, será obligatorio
incluir la referencia a la financiación europea y nacional, concretamente:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00323330

Además de las obligaciones relacionadas en este apartado, las partes deberán
cumplir las obligaciones, europeas y nacionales, relativas a la financiación del
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de la Unión Europea, y especialmente
la Orden HPF/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de
gestión del PRTR, la Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la que se establece
el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las Entidades del Sector
Público Estatal, Autonómico y Local para el seguimiento del cumplimiento de hitos y
objetivos, y la Orden HFP/55/2023, de 24 de enero, relativa a la análisis sistemático del
riesgo de conflicto de interés en los procedimientos que ejecutan el PRTR.