5. Anuncios. . (2025/130-40)
Anuncio de 1 de julio de 2025, de la Agencia Digital de Andalucía, para la formalización de un convenio de colaboración con la Agencia Digital de Andalucía, para la puesta en marcha de un laboratorio de Ciberseguridad en Málaga en el marco del programa Retech y del Plan de recuperación, Transformación y Resiliencia-Next Generation EU.
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Número 130 - Miércoles, 9 de julio de 2025
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• Evaluación de sistemas microinformáticos
• Formación en ciberseguridad relacionada con las pruebas y resultados del laboratorio.
En las metodologías de trabajo de los servicios se contemplarán las directrices y
recomendaciones derivadas de otras actuaciones del Proyecto Red Argos, en particular,
las de elaboración de guías de ciberseguridad sobre la aplicación de tecnologías de IoT e
Inteligencia artificial en los ámbitos de la salud y las Smart Cities.
Finalmente, ambas entidades llevarán a cabo actividades conjuntas en materia de:
1. Identificación de potenciales entidades usuarias del laboratorio y comunicación y
promoción de las actividades de éste.
2. Comunicación y difusión del proyecto.
3. Establecimiento de condiciones y normas aplicables al desarrollo del programa.
4. Diseño de pruebas y casos de uso.
5. Y otras actuaciones objeto de implementación en el laboratorio susceptibles de
aplicación en el ámbito de la ciberseguridad.
La financiación contemplada en el marco de esta Invitación Pública será canalizada
mediante convenio de colaboración suscrito entre la Agencia Digital de Andalucía (ADA) y
la entidad seleccionada. Los importes financiables se destinarán exclusivamente a cubrir
actuaciones directamente vinculadas al objeto del convenio, y los costes elegibles serán
aquellos que cumplan con lo establecido en la normativa nacional y europea aplicable,
en especial la relacionada con el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
(PRTR), el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR) y la Orden HFP/1030/2021,
de 29 de septiembre.
4.2. Condiciones de la prestación de los servicios de ciberseguridad.
Durante la vigencia del convenio a celebrar se establecerán dos fases:
La «fase 1», que durará desde la firma del convenio hasta final de mayo de 2026.
Esta fase podrá prorrogarse si las condiciones del PRTR lo permiten.
La «fase 2», que se iniciará a la finalización de la fase 1 y se prolongará hasta la
finalización del convenio.
Una vez se encuentre completamente operativo el laboratorio de ciberseguridad (se
estima aproximadamente 6 meses tras el inicio del Convenio), la entidad colaboradora
se encargará de la prestación de servicios avanzados de ciberseguridad asociados
al mismo, entre los que se incluyen: auditorías de certificación, auditorías técnicas y
servicios de formación y concienciación en el ámbito de la ciberseguridad, entre otros.
Estos servicios están orientados principalmente a incorporar nuevos recursos para las
empresas y entidades públicas con sede social en Andalucía o fuera de la Comunidad
Autónoma, siempre que las actividades a realizar en el laboratorio repercutan en centros
de trabajo radicados en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía que
permitan una mejora de sus capacidades en el ámbito de la ciberseguridad, incrementar la
adopción global de medidas de ciberseguridad e impulsar la inversión en ciberseguridad
y desarrollo de conocimientos en este ámbito en la Comunidad.
Dentro de este ámbito, la entidad colaboradora se comprometerá a:
• Planificar y prestar servicios de ciberseguridad a empresas y entidades públicas
que cumplan los requisitos del párrafo anterior.
• Promocionar los servicios de ciberseguridad entre las administraciones públicas y
empresas que cumplan los requisitos del párrafo anterior.
• Aportar hasta un máximo del 25% del importe del convenio de sus fondos propios
para seguir prestando los servicios una vez finalizada la fase 1.
• La prestación de estos servicios se realizará conforme a la programación, demanda
y requisitos de acceso que en cada caso establezca la Agencia Digital de Andalucía y,
en su caso, a las normas y directrices que se determine en la Comisión de Seguimiento.
El valor unitario y las jornadas necesarias para la ejecución de cada servicio se
fijarán en base a criterios de referencia técnica y económica, a la aplicación de las guías
CCN-CERT IC-01/19 «ENS: Criterios Generales de Auditoría y Certificación» y CCN-CERT
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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